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El Peruano Sábado 19 de octubre de 2013 505203 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1002189-3 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la Municipalidad Provincial de Cotabambas, con la participación de la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 302-2013-EF/52 Lima, 18 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 235-2013-EF, se aprobó la operación de endeudamiento interno entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, hasta por la suma de S/. 47 380 341,60 (CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 60/100 NUEVOS SOLES), destinada a fi nanciar catorce (14) Proyectos de Inversión Pública, cuya unidad ejecutora es la Municipalidad Provincial de Cotabambas, con excepción de los proyectos “Ampliación del Servicio de Educación Secundaria en la localidad de Challhuahuacho, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas – Apurímac”,”Ampliación del Servicio de Educación Primaria en la I.E. N 50633 de la localidad de Challhuahuacho, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas – Apurímac”, ”Ampliación y Mejoramiento de los Servicios de Educación Inicial de la I.E. N 786, Primaria de la I.E. N 51074 y Secundaria de la I.E. José Antonio Encinas en la Comunidad de Ccasa, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas – Apurímac”, “Instalación del Sistema de Riego Presurizado en la Comunidad Campesina de Patario, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas – Apurímac” e “Instalación del Sistema de Riego Presurizado en los Anexos de Auquillo, Sacanco, Anta Anta, Moccopata y Maccapata de la Comunidad Campesina de Anta Anta, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas – Apurímac”, que serán desarrollados por la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho, en calidad de Unidad Implementadora; Que, el numeral 5.1 del Artículo 5 del Decreto Supremo N° 235-2013-EF dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará a la Municipalidad Provincial de Cotabambas Ios recursos derivados de la aludida operación de endeudamiento interno mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial; Que, conforme al numeral 5.2 del acotado Artículo 5, el aludido Convenio de Traspaso de Recursos, adicionalmente, establecerá los términos y condiciones referidos a la atención del servicio de la deuda derivada de la citada operación de endeudamiento interno; Que, de otro lado, el artículo 7 del Decreto Supremo antes mencionado establece que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos, que ocasione la referida operación de endeudamiento interno y de administración de deuda, serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública; Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, modifi cado por la Cuarta Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2013, señala que el reembolso a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a compromisos de deuda generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, es efectuado a través de un fi deicomiso; estableciendo en dicha norma que cuando el otorgamiento de los recursos previstos para efectuar el aludido reembolso se realice mediante Asignaciones Financieras, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está facultada a deducir los montos necesarios para atender las referidas obligaciones y transferirlo directamente a las cuentas previstas para el pago del servicio de deuda; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF y su modifi catoria, y el Decreto Supremo N° 235-2013-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Municipalidad Provincial de Cotabambas, con la participación de la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho en su calidad de Unidad Implementadora, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos y lo referido a la atención del servicio de la deuda derivada de la operación de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo N° 235-2013-EF. El mecanismo de reembolso a cargo de la Municipalidad Provincial de Cotabambas y la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la citada operación de endeudamiento interno y de administración de deuda, será mediante asignaciones fi nancieras a que se refi ere la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF y su modifi catoria. Artículo 2.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo precedente de esta resolución ministerial, así como toda documentación necesaria para su implementación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1002188-1 Aprueban la emisión de Letras del Tesoro Público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 070-2013-EF/52.01 Lima, 17 de octubre del 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 68° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF, modifi cado por la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año 2013, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está autorizada a efectuar la emisión y colocación de Letras del Tesoro Público; Que, asimismo, el Artículo 70° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563 y su modifi catoria establece que las emisiones de Letras del Tesoro Público se aprueban por resolución directoral de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público;