Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2013 (25/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Articulo 5º.- El titular esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, este podra autorizarse hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias de la banda y localidad correspondiente. En caso de disminucion de potencia y/o modificacion de ubicacion de estudios, no obstante no requerirse de aprobacion previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Articulo 6°.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7°.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como los senalados en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion podra solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º. Sin embargo, dicha solicitud tambien se entendera presentada si a la fecha del termino de la vigencia de la autorizacion el titular se encuentra operando y al dia en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovacion se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- El titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38º del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1004478-1

El Peruano Viernes 25 de octubre de 2013

DENNY'S E.I.R.L., sobre renovacion de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Talara, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 5222002-MTC/15.03 del 23 de MORDAZA de 2002, se otorgo a MORDAZA MORDAZA PAZ MORDAZA MORDAZA autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, con vencimiento de plazo de vigencia al 31 de MORDAZA de 2012; Que, con Resolucion Viceministerial N° 1372012-MTC/03 del 23 de MORDAZA de 2012, se aprueba la transferencia de la autorizacion que fue otorgada a la senora MORDAZA PAZ MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial N° 522-2002-MTC/15.03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Talara, departamento de MORDAZA, a favor de la empresa RADIO FM STEREO DENNY´S E.I.R.L.; Que, mediante Escrito de Registro N° 2012-031492, del 31 de MORDAZA de 2012, la empresa RADIO FM STEREO DENNY´S E.I.R.L. solicito la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 522-2002MTC/15.03; Que, el articulo 15º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, Ley N° 28278, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; Que, mediante Informe Nº 1624-2013-MTC/29.02 del 21 de MORDAZA de 2013, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 08 de MORDAZA de 2013, a la estacion de radiodifusion autorizada a la empresa RADIO FM STEREO DENNY´S E.I.R.L., verificando que la estacion se encuentra prestando el servicio conforme a las caracteristicas tecnicas aprobadas en su autorizacion, con equipos homologados y cumpliendo con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion, concluyendo que el resultado de la inspeccion tecnica es favorable; Que, mediante Informe Nº 2447-2013MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que corresponde renovar la autorizacion de titularidad de la empresa RADIO FM STEREO DENNY´S E.I.R.L., al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos y las condiciones previstas para tal efecto en la MORDAZA, y verificarse que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de la autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 522-2002-MTC/15.03, a

Renuevan autorizacion a Radio FM Stereo Denny's E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en la localidad de Talara, departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 532-2013-MTC/03 MORDAZA, 18 de octubre del 2013 VISTO, el escrito de registro Nº 2012-031492, presentado por la empresa RADIO FM STEREO

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