TEXTO PAGINA: 37
El Peruano Sábado 26 de octubre de 2013 505827 la fecha en que la presente resolución sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto del Proyecto de Reglamento referido en el Artículo Primero. Los comentarios serán presentados por escrito, en la ofi cina principal del OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San Borja, Lima). En el caso de remisión de comentarios vía fax al número: (511) 475-1816, o mediante correo electrónico a la dirección: sid@osiptel.gob.pe, se deberá obtener una constancia de acuse de recibo emitida por el OSIPTEL. Los comentarios deberán enviarse de acuerdo al formato establecido en el anexo adjunto a la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo ANEXO Formato para la presentación de comentarios al Proyecto de Resolución que aprueba el Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija Artículo del Proyecto Comentario Xº Yº Zº .......... Comentarios Generales Otros Comentarios 1004449-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban costos máximos de unidades de medida de las actividades requeridas para establecer precios de los servicios colaterales “Factibilidad de Servicio para Nuevas Habilitaciones Urbanas y Redes” y “Cierre y Reapertura de Desagüe”, que aplicará EPS Grau S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 036-2013-SUNASS-CD Lima, 18 de octubre de 2013 VISTOS: Las Resoluciones de Gerencia de Regulación Tarifaria Nºs. 001-2013-SUNASS-GRT1 y 003-2013-SUNASS-GRT2; el Informe Nº 040-2013-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria, mediante el cual se presentó el estudio fi nal de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales “Factibilidad de Servicio para Nuevas Habilitaciones Urbanas y Redes” y “Cierre y Reapertura de Desagüe” que serán de aplicación por EPS GRAU S.A., así como la evaluación de los comentarios realizados al proyecto de resolución de Consejo Directivo publicado el 27 de abril de 2013, en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 001-2013-SUNASS-GRT se inició el procedimiento para la determinación del precio del servicio colateral Factibilidad de Servicio para Nuevas Habilitaciones Urbanas y Redes de EPS GRAU S.A.; Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 003-2013-SUNASS-GRT se inició el procedimiento para la determinación del precio del servicio colateral Cierre y Reapertura de Desagüe de EPS GRAU S.A.; Que, mediante Informe Nº 019-2013-SUNASS-110 la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó su evaluación sobre la propuesta para la determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por EPS GRAU S.A.; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2013-SUNASS-CD, se dispone (i) Publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web de la SUNASS, el proyecto de resolución que aprueba la determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales “Factibilidad de Servicio para Nuevas Habilitaciones Urbanas y Redes” y “Cierre y Reapertura de Desagüe” que EPS GRAU S.A. presta a sus usuarios, así como la relación de informes que sustentaron el proyecto de resolución y (ii) Convocar a audiencia pública a fi n que la SUNASS exponga la evaluación técnica que sustenta el mencionado proyecto de resolución; Que, el 14 de junio de 2013 se realizó la audiencia pública en la cual la SUNASS sustentó la propuesta de costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales “Factibilidad de Servicio para Nuevas Habilitaciones Urbanas y Redes” y “Cierre y Reapertura de Desagüe” de la EPS; Que, mediante Informe Nº 040-2013-SUNASS-110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó su estudio fi nal así como la evaluación técnica de los comentarios recibidos con ocasión de la audiencia pública; por lo que corresponde aprobar los costos máximos de los referidos servicios; Estando a lo acordado en la sesión del 12 de setiembre, el Consejo Directivo; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales “Factibilidad de Servicio para Nuevas Habilitaciones Urbanas y Redes” y “Cierre y Reapertura de Desagüe” que aplicará EPS GRAU S.A., los cuales se encuentran consignados en el Anexo Nº 1 de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo Nº 1 en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Artículo 3º.- Disponer la publicación del Informe Nº 040-2013-SUNASS-110 y su anexo en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Artículo 4º.- Disponer la aplicación de lo establecido en el artículo primero de la presente resolución a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente del Consejo Directivo Anexo Nº 1 Costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales para la EPS GRAU S.A. LISTA DE COSTOS UNITARIOS APROBADOS PARA EPS GRAU S.A. SERVICIOS COLATERALES ADICIONALES A LOS APROBADOS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 002-2012-SUNASS-CD Especifi cación Costo (s/.) Unidad 1 FACTIBILIDAD DE SERVICIOS 1.10 Factibilidad de Servicios para Nuevas Habilitaciones para Agua Potable 111.54 S/. / Ha. 1.20 Factibilidad de Servicios para Nuevas Habilitaciones para Desagüe 111.54 S/. / Ha.