Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2013 (31/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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procedera a publicar en el Diario Oficial El Peruano el texto integro de los Estatutos, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de octubre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1008078-3

El Peruano Jueves 31 de octubre de 2013

en el Ambito de la Defensa" fue suscrito el 12 de MORDAZA de 2011, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y aprobado por Resolucion Legislativa N° 30093 del 13 de octubre de 2013; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 56° y 118° inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1°.- Ratificase el "Acuerdo entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay sobre Cooperacion en el Ambito de la Defensa", suscrito el 12 de MORDAZA de 2011, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y aprobado por Resolucion Legislativa N° 30093 del 13 de octubre de 2013. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro del Acuerdo, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de octubre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1008078-5

Ratifican el "Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social", aprobado por Resolucion Legislativa Nº 30091
DECRETO SUPREMO Nº 056-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social" fue suscrito el 10 de noviembre de 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, y aprobado por Resolucion Legislativa N° 30091 del 01 de octubre de 2013, con declaraciones interpretativas a los articulos 6 y 22; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 56° y 118° inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social", suscrito el 10 de noviembre de 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, y aprobado por Resolucion Legislativa N° 30091 del 01 de octubre de 2013, con declaraciones interpretativas a los articulos 6 y 22. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro del Convenio, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de octubre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1008078-4

Ratifican el "Memorandum de Entendimiento entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Italiana para la Cooperacion en el MORDAZA de la Seguridad y Defensa y de los Materiales para la Defensa", aprobado por Resolucion Legislativa N° 30094
DECRETO SUPREMO Nº 058-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Memorandum de Entendimiento entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Italiana para la Cooperacion en el MORDAZA de la Seguridad y Defensa y de los Materiales para la Defensa" fue suscrito el 17 de marzo de 2010, y aprobado por Resolucion Legislativa N° 30094 del 13 de octubre de 2013; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 56° y 118° inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1°.- Ratificase el "Memorandum de Entendimiento entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Italiana para la Cooperacion en el MORDAZA de la Seguridad y Defensa y de los Materiales para la Defensa", suscrito el 17 de marzo de 2010, y aprobado por Resolucion Legislativa N° 30094 del 13 de octubre de 2013. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro del Memorandum de Entendimiento, asi como la fecha de entrada en vigencia.

Ratifican el "Acuerdo entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay sobre Cooperacion en el Ambito de la Defensa", aprobado por Resolucion Legislativa N° 30093
DECRETO SUPREMO Nº 057-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay sobre Cooperacion

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