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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (06/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Viernes 6 de setiembre de 2013 502395 internacionales especializadas en materia tributaria y fi nanciera, lo que facilitará conocer las herramientas técnicas destinadas a contribuir con uno de los desafíos más importantes que enfrentan en la actualidad las administraciones tributarias, como es la prevención y control de la evasión tributaria y temas relacionados con la integración y cooperación regional; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la asistencia de sus trabajadores en eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N.° 10- 2013-SUNAT/200000 del 2 de setiembre de 2013, resulta necesario autorizar la participación del trabajador Enrique Vejarano Velasquez, Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos, para asistir a la Conferencia Técnica CIAT sobre “Prevención y Control de la Evasión Tributaria” y al Seminario sobre “Integración y Cooperación Regionales en la Administración Tributaria”, los cuales se realizarán en la ciudad de Nairobi, República de Kenia; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Enrique Vejarano Velasquez del 08 al 15 de setiembre de 2013; Que es conveniente precisar que los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) y alojamiento por un día serán fi nanciados por los organizadores, debiendo asumir la SUNAT con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de viáticos por los días 10, 11 y 12 de setiembre de 2013; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002- PCM y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Enrique Vejarano Velasquez, Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos, del 08 al 15 de setiembre de 2013, para participar en la Conferencia Técnica CIAT sobre “Prevención y Control de la Evasión Tributaria” a llevarse a cabo del 09 al 12 de setiembre de 2013 y al Seminario sobre “Integración y Cooperación Regionales en la Administración Tributaria”, a realizarse el 13 de setiembre de 2013, eventos a llevarse a cabo en la ciudad de Nairobi, República de Kenia; Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Enrique Vejarano Velasquez Viáticos $ 1 440,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 984622-1 Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT para participar en evento a realizarse en Ecuador RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 274-2013/SUNAT Lima, 05 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante Ofi cio OF.RE (ORE – Tumbes) N° Mult/002/ 2013 de fecha 21 de agosto de 2013, la Dirección Regional de la Ofi cina Desconcentrada en Tumbes del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, cursa invitación al Intendente de Aduana de Tumbes para participar en la X Reunión del Comité Binacional de Frontera Tumbes – El Oro, que se llevará a cabo en la ciudad de Machala, Provincia de El Oro, República del Ecuador el 6 de setiembre de 2013; Que el mencionado Comité de Frontera constituye un mecanismo de coordinación binacional que tiene por objeto impulsar y supervisar la aplicación de los acuerdos peruano – ecuatoriano; para tal efecto, propone procedimientos y soluciones ágiles y oportunas a los problemas de tránsito de personas, bienes y medios de transporte por los pasos de frontera, puertos y aeropuertos habilitados, en un marco destinado a promover la cooperación, integración y el desarrollo de la región fronteriza; Que la participación de la SUNAT a través de funcionarios de la Intendencia de Aduana de Tumbes, contribuirá a incrementar con su aporte técnico la cooperación en asuntos relacionados con la facilitación del comercio fronterizo y la cooperación y asistencia mutua en materia aduanera; Que la intervención de la SUNAT se enmarca dentro del objetivo estratégico establecido por el gobierno de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económico y comercial, así como procurar la facilitación del comercio con países respecto de los cuales el Perú ha suscrito acuerdos internacionales; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores en eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N.° 002-2013- SUNAT/3J0000 del 26 de agosto de 2013, resulta necesario autorizar la participación de los trabajadores Jaime Rafael Flores Del Solar, Intendente de la Aduana de Tumbes y Jorge Luis Posso Olivares, Jefe (e) de la Ofi cina de Ofi ciales de la referida Intendencia, para que participen en las Mesas sobre Asuntos Aduaneros y Comercio Fronterizo el 6 de setiembre de 2013, en el marco de la X Reunión del Comité Binacional de Frontera Tumbes – El Oro; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú;