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El Peruano Jueves 3 de abril de 2014 520232 Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia total para las unidades ejecutoras por la suma de CIENTO QUINCE MILLONES QUINIENTOS UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 115’501,959.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de marzo 2014, detallados en los Anexos 01 y 02 respectivamente y que forman parte integrante de la presente Resolución. ANEXO 01: Total S/. 115’000,000.00 Pago Preliquidado S/. 41’516,275.00 00-Recursos Ordinarios { Pago Capitado S/. 69’650,583.00 Prestaciones No Tarifadas S/. 2’033,935.00 Reconsideraciones S/. 1’799,207.00 ANEXO 02: Total S/. 501,959.00 Prestaciones Tarifadas S/. 496,351.00 09-Recursos Directamente { Recaudados Prestaciones No Tarifadas S/. 5,608.00 TOTAL GENERAL S/. 115’501,959.00 Artículo 2°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, mediante Resolución Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolución Ministerial, respetando los montos de los programas presupuestarios estratégicos, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional o Resolución Ministerial deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la página web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Con relación a los programas no estratégicos deberá considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud en su Región, la programación de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente. Artículo 3°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; así como publicar en el portal institucional, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolución y su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese; JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud (e) 1069922-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Designan Directora de Comunicaciones e Imagen País de PROMPERÚ RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 03-2014-PROMPERÚ/PCD Lima, 2 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 02-2014-PROMPERU/PCD, de fecha 17 de enero de 2014, se encargó al señor Rafael Tapia Medina las funciones de la Dirección de Comunicaciones e Imagen País de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; Que, es conveniente designar al titular de la Dirección de Comunicaciones e Imagen País; De conformidad con lo dispuesto en el literal i) del artículo 10° de la Ley N° 30075 - Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, modifi cada por la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar, a partir de la fecha de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, a la señora Milagritos Patricia Ormeño Aspauzo, en el cargo de Directora de Comunicaciones e Imagen País, cuyas funciones están previstas en los artículos 60º y 61° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, aprobado por Decreto Supremo N° 013- 2013-MINCETUR. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 02-2014-PROMPERÚ/ PCD, dando las gracias al señor Rafael Tapia Medina por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE - ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo Presidenta del Consejo Directivo 1069804-1 CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Oficializan Acuerdo Nº 269-2014- CONEAU, mediante el cual se ratificó el Acuerdo Nº 239-2013-CONEAU a través del cual se aprobó la autorización y registro de la Agencia Evaluadora de la Calidad Educativa SAC como Entidad Evaluadora con fines de Acreditación RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 026-2014-COSUSINEACE/P Lima, 26 de marzo de 2014 VISTOS: Los Ofi cios Nº 087-2014-MINEDU/COSUSINEACE- CONEAU y Nº 207-2014-MINEDU/COSUSINEACE- CONEAU, remitidos por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE) tiene por fi nalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y