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El Peruano Miércoles 9 de abril de 2014 520626 conyugal conformada por Rodolfo José Botteri Falcón y Guillermina Carolina Paseta Garrido; Felipe Eduardo Echevarria Beteta; María Teresa Constanza Garrido Lecca Raschio de Paseta y Luis Guillermo Garrido Raschio. Artículo Segundo.- APROBAR los planos PU-001-2014- SGPUC-GDU-MSS, PP-002-2014-SGPUC-GDU-MSS, PTL- 003-2014-SGPUC-GDU-MSS y PA-004-2014-SGPUC-GDU- MSS, que forman parte del expediente técnico. Artículo Tercero.- APROBAR consecuentemente el Cuadro General de Distribución de Áreas de la zona señalada en el artículo primero, contenidos en el plano PTL- 003-2014-SGPUC-GDU-MSS, según el siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS MANZANA VI LOTE 9 EX - PARCELACIÓN SEMIRÚSTICA SANTA TERESA DESCRIPCIÓN ÁREA TOTAL (M2) % ÁREA BRUTA 2,584.63 100.00 ÁREA ÚTIL 2,539.61 98.26 ÁREA DE CIRCULACIÓN Y VÍAS 45.02 1.74 Artículo Cuarto.- DISPONER la Inscripción Registral del cambio de rustico a urbano del predio ubicado en Manzana VI Lote 9 Ex Parcelación Semirústica Santa Teresa (denominado Terreno frente al jirón Batallón Tarma Número 145-143 Urbanización Lotización Semirústica Santa Teresa, Santiago de Surco), al haberse declarado la Habilitación Urbana de Ofi cio, de acuerdo a los planos PU-001-2014-SGPUC-GDU-MSS, PP-002-2014-SGPUC- GDU-MSS, PTL-003-2014-SGPUC-GDU-MSS y PA-004- 2014-SGPUC-GDU-MSS, que forman parte de la presente Resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, precisando que los referidos planos serán publicados en la página web institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco: www.munisurco.gob.pe. Las áreas de vías de acuerdo al artículo Nº 56, de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, son bienes de uso y dominio público. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima copias de la Resolución Municipal y de los planos que la sustentan. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1071543-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUCANAS PUQUIO Aprueban la creación de la Municipalidad del Centro Poblado de San Isidro de Totora de la jurisdicción del distrito de San Pedro de Palco, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2013-CM/MPLP EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUCANAS – PUQUIO POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUCANAS – PUQUIO VISTO: La Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 23 de diciembre del 2013, el Ofi cio Nº 004-2013- CGCP, Resolución de Alcaldía Nº 086-2013-MDSPP/A, de fecha 18 de octubre de 2013; CONSIDERANDO: Que, conforme lo determina el Art. II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 086-2014- MDSPP/A, LA Municipalidad Distrital de San Pedro de Palco, previa evaluación de la documentación correspondiente, acuerda crear la Municipalidad del Centro Poblado de San Isidro de Totora; Que, es necesario establecer puntualmente que el trámite seguido por los peticionantes, referido a la creación de la Municipalidad del Centro Poblado de San Isidro de Totora, fue recurriendo a lo normado por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, consecuentemente se ha limitado a cumplir los requisitos señalados en la acotada norma municipal, conforme aparece de la documentación que se adjunta y cumplido con los mismos en su integridad; Que, existen motivos justifi cados, con la necesidad de contar con servicios básicos públicos, Registros Civiles y otros, adicionando al hecho de que la Municipalidad del Centro Poblado de San Isidro de Totora, se encuentra dentro de la jurisdicción del Distrito de San Pedro de Palco, Provincia de Lucanas, Departamento de Ayacucho, al cual políticamente pertenece; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el Art. II del Título Preliminar, Art. 9º, Inc. 8), Art. 40º, 133º y Décima Segunda Disposición Completaría de la Ley Nº 27972 y Ley Nº 28454, EL Concejo Municipal con el voto unánime de sus miembros, acordó con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SAN ISIDRO DE TOTORA, JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE SAN PEDRO DE PALCO. Artículo 1º.- APROBAR la creación de la Municipalidad del CENTRO POBLADO DE SAN ISIDRO DE TOTORA de la jurisdicción del distrito de San Pedro de Palco, Provincia de Lucanas, Departamento de Ayacucho, para la delegación de funciones y competencias. Artículo 2º.- APROBAR la delimitación territorial, conforme a los planos correspondiente. Artículo 3º.- DETERMINAR que el Régimen de Organización interior, se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y que los recursos que se le asignarán, serán determinados según presupuesto, tanto de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Palco, como de la Municipalidad Provincial de Lucanas – Puquio, que las atribuciones administrativas, económicas y tributarias, se sujetará a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo 4º.- DETERMINAR que a partir de la aprobación de la creación de la Municipalidad del Centro Poblado de San Isidro de Totora, esta Municipalidad Regula a las normas vigente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del palacio municipal de Puquio, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil trece. WILBER A. VELARDE ROJAS Alcalde 1071044-1