Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (09/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

El Peruano Miércoles 9 de abril de 2014 520617 Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.-Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1071056-1 Cancelan inscripción de empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1950-2014 Lima, 1 de abril de 2014 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Fernando Peñaloza Chinchayán, representante legal de la empresa REASINTER, INTERMEDIARIO DE REASEGURO, S.A. DE C.V, para que se cancele la inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Sección I: De los Corredores de Reaseguros B: Extranjeros, y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 3248-2012 del 01 de junio de 2012, esta Superintendencia autorizó la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección I: De los Corredores de Reaseguros B: Extranjeros a la empresa Reasinter, Intermediario de Reaseguros, S.A. de C.V., bajo matrícula N° C.RE - 0056. Que, en asamblea ordinaria de accionistas de fecha 30 de enero de 2014 de la citada empresa corredora de reaseguros extranjera, se acordó cancelar su inscripción en el Registro de intermediarios y Auxiliares de Seguros, así como aceptar la renuncia del representante legal, señor Fernando Peñaloza Chinchayán; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modifi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Cancelar la inscripción de la empresa REASINTER, INTERMEDIARIO DE REASEGURO, S.A. DE C.V. con matrícula Nº CR - 0056 en el Registro de Intermediario y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones - Sección I: De los Corredores de Reaseguros B: Extranjeros, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presentación Resolución. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1071033-1 Aprueban modificación del Estatuto Social de la empresa Risk Solution Corredores de Reaseguros S.A., variando su denominación social a Gallagher Jao Corredores de Reaseguros S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 1963-2014 Lima, 1 de abril de 2014 EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTROS (e) VISTA: La solicitud presentada por la empresa RISK SOLUTION CORREDORES DE REASEGUROS S.A., con Registro Nº C.RE-060, representada por el señor Eugenio Moquillaza Torres, para que se le autorice la modifi cación parcial de su Estatuto Social; CONSIDERANDO: Que, en Junta General de Accionistas del 26 de febrero de 2014, se aprobó la Fusión por Absorción de Risk Solution Corredores de Reaseguros S.A. (empresa absorbente) con Risk Solution S.A. (empresa absorbida), cuyo procedimiento se encuentra descrito en el Proyecto de Fusión aprobado por el Directorio de las citadas empresas con fecha 26 de febrero de 2014; Que, como consecuencia de la reorganización societaria, se acordó modificar el Artículo Primero del Estatuto Social de la empresa absorbente, relativo al cambio de su denominación social de Risk Solution Corredores de Reaseguros S.A. por la de Gallagher JAO Corredores de Reaseguros S.A.; así como, la modificación del Artículo Quinto del Estatuto Social como consecuencia del aumento del capital social de S/. 225,730.00 (Doscientos Veinticinco Mil Setescientos Treinta y 00/100 Nuevos Soles) a la suma de S/. 1’386,002.00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Seis Mil dos y 00/100 Nuevos Soles); Que, asimismo, en Junta General de Accionistas del 27 de febrero de 2014 de la citada empresa corredora de reaseguros, se aprobó la modifi cación del Artículo Cuadragésimo Sétimo del Estatuto Social, relativo al número de directores; Que, la empresa solicitante ha cumplido con lo establecido en el artículo 14º del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado mediante Resolución S.B.S. Nº 1797-2011 y con los requisitos exigidos por el Procedimiento 151 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011 y modifi catorias; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaría General de la Superintendencia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, sus modifi catorias y en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar en los términos propuestos, la modifi cación del Artículo Primero del Estatuto Social de la empresa RISK SOLUTION CORREDORES DE REASEGUROS S.A. según el cual varía su denominación social a GALLAGHER JAO CORREDORES DE REASEGUROS S.A. Artículo Segundo.- Aprobar en los términos propuestos la modificación del Artículo Quinto del Estatuto Social de la citada empresa, relativo al aumento del Capital Social de S/. 225,730.00 (Doscientos Veinticinco Mil Setecientos Treinta y 00/100 Nuevos Soles) a la suma de S/. 1’386,002.00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Seis Mil dos y 00/100 Nuevos Soles), así como la modificación del artículo Cuadragésimo Sétimo; quedando los documentos pertinentes archivados en este Organismo; y, devuélvase la Minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en el Registro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL RODDY PASTOR MEJÍA Jefe del Departamento de Registros (e) 1071467-1