Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2014 (09/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Miercoles 9 de MORDAZA de 2014

520611
Monto S/. 8 326,00 nuevos soles Documento Voucher - Banco de Comercio de fecha 9.11.2012 (fojas 131) Voucher - Banco de Comercio de fecha 8.11.2012 (fojas 130) Voucher - Banco de Comercio de fecha 9.11.2012 (fojas 131)
22. Al respecto, y de la lectura del acta de la sesion extraordinaria realizada el 7 de noviembre de 2013 (fojas 218 a 260), se advierte que los miembros del concejo distrital no evaluaron ni analizaron ni mucho menos emitieron opinion con relacion a si las devoluciones efectuadas por el MORDAZA municipal cumplian con las condiciones expresadas en la Resolucion Nº 671-2012-JNE, del 24 de MORDAZA de 2012, en cuanto a la oportunidad en la devolucion de los montos cobrados. Asi tambien, no se ha precisado si el MORDAZA, luego de la expedicion y publicacion de la Resolucion Nº 671-2012-JNE, en el Diario Oficial El Peruano, continuo percibiendo beneficios via convenio colectivo. 23. En esa linea de analisis, cabe concluir que de lo descrito en los considerandos precedentes, se advierte una deficiencia que vicia la tramitacion de la presente solicitud, por cuanto el concejo municipal no ha realizado una exhaustiva valoracion de los hechos, al omitir evaluar si la presunta conducta infractora que se le atribuye al MORDAZA distrital MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zurek MORDAZA MORDAZA constituye o no causal de vacancia, a la luz del criterio jurisprudencial (Resolucion Nº 671-2012-JNE, del 24 de MORDAZA de 2012), establecido por el MORDAZA Nacional de Elecciones. 24. Siendo esto asi, y estando a que el articulo 23 de la LOM, establece que la solicitud de vacancia es resuelta en sede administrativa a traves de una sesion extraordinaria del concejo municipal, resulta necesario que se declare la nulidad del Acuerdo de Concejo Nº 0992013, y consecuentemente se devuelvan los autos a dicha instancia administrativa para que se pronuncien sobre si los cobros realizados i) se han regularizado de inmediato, ii) se ha devuelto el integro del monto dinerario, y iii) si esta devolucion esta debidamente acreditada. 25. Asi, con relacion al primer punto debe determinarse si la regularizacion de los montos indebidamente cobrados han sido hechos de inmediato, y de igual modo, con respecto al MORDAZA punto, debe valorarse el integro de la devolucion del monto dinerario y, finalmente, en torno al tercer punto, debe verificarse exhaustivamente si dicha devolucion esta debidamente acreditada, MORDAZA aun si para sostener la devolucion de los montos dinerarios se ha tenido unicamente a la vista el informe de la subgerencia de Recursos Humanos, a traves del cual se comunica que la autoridad municipal procedio a devolver los montos cobrados, de manera indebida, a traves de dos depositos bancarios realizados los dias 8 y 9 de noviembre de 2012; sin embargo, no existe mayor documentacion que acredite ello, por lo cual deberan incorporarse al presente tramite i) la MORDAZA certificada de las planillas de remuneraciones de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA correspondiente a los anos 2011 a 2013, ii) la boleta de pago del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zurek MORDAZA MORDAZA, desde el mes de enero del 2011 hasta el mes de diciembre de 2013, y iii) debe informar si dichos pagos se han realizado a traves de transferencia bancaria y/o interbancaria, o si se emitieron cheques bancarios correspondientes, debiendo, en cualquiera de los casos, acreditarse fehacientemente. 26. Todos los documentos senalados en el considerando precedente deben ser incorporados al procedimiento de vacancia, a efectos de que los miembros del concejo distrital emitan opinion y pronunciamiento sobre ellos, luego de lo cual deberan emitir su correspondiente MORDAZA, ya sea a favor o en contra de la solicitud de vacancia. 27. En consecuencia, en cuanto a este extremo se refiere, mi MORDAZA es por que se declare la nulidad de lo actuado, a efectos de determinar si lo devuelto por el MORDAZA municipal se realizo de manera integra y oportuna. c) Respecto de los cobros de bonificaciones y otros beneficios en virtud de laudos arbitrales 28. En este extremo, se advierte que el recurrente imputa al MORDAZA municipal, haberse beneficiado con el cobro de diversos beneficios provenientes de la suscripcion de laudos arbitrales y los cuales estaban relacionados con el pliego de peticiones del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Distrital de La Molina. 29. Al respecto, y de la revision de autos, se advierte, de fojas 60 a 86, el laudo arbitral, de fecha 13 de MORDAZA de 2012, y el laudo arbitral, del 18 de marzo de 2013 (fojas 19 a 57), los cuales tuvieron como objetivo principal solucionar los pliegos de peticiones de los anos 2012 y 2013, presentado por el Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Distrital de La Molina. Posteriormente, y en merito de los acuerdos arribados, el MORDAZA municipal dispuso mediante las Resoluciones de Alcaldia Nº 293-2013, del 10 de agosto de 2012 (fojas 58 a 59) y la Nº 107-2013, del 20 de marzo de 2013 (fojas

Concepto Aguinaldo por MORDAZA Patrias

Dia del trabajador municipal Aguinaldo por MORDAZA Navidenas Total

S/. 250,00 nuevos soles S/. 8 326,00 nuevos soles S/. 18 653,00 nuevos soles
Ano 2012

Concepto Bonificacion por escolaridad

Monto S/. 1 750,00 nuevos soles

Documento Voucher - Banco de Comercio de fecha 8.11.2012 (fojas 130) Voucher - Banco de Comercio de fecha 9.11.2012 (fojas 131)

Aguinaldo por MORDAZA Patrias Total

S/. 8 326,00 nuevos soles S/. 10 076,50 nuevos soles

18. Asi, se tiene que el MORDAZA municipal procedio, en el presente expediente, a devolver los montos que han sido cuestionados por el recurrente; sin embargo, y siguiendo mi posicion expresada ya en los votos emitidos en los Expedientes Nº J-2013-1313 y J-2013-1315, corresponde establecer, de acuerdo a la jurisprudencia emitida por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones a traves de la Resolucion Nº 671-2012-JNE, del 24 de MORDAZA de 2012, y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de agosto de 2012, si la autoridad cuestionada procedio a regularizar de inmediato dicha situacion y si cumplio con devolver, de manera oportuna, el integro de lo cobrado. 19. En ese sentido, y teniendo en cuenta lo informado por la subgerencia de Recursos Humanos, se tiene que lo devuelto por conceptos de bonificacion por escolaridad, aguinaldo por MORDAZA Patrias, Dia del trabajador municipal y aguinaldo por MORDAZA navidenas, correspondiente a los anos 2011 y 2012 (toda vez que en el ano 2013 no percibio ninguno de estos conceptos), se efectivizo en una primera oportunidad el 8 de noviembre de 2012 y posteriormente el dia 9 de noviembre del mismo ano, tal como se acredita con las copias de los vouchers de los depositos bancarios y que obran a fojas 130 a 131. 20. De lo MORDAZA expuesto se advierte que, la devolucion total realizada por la autoridad cuestionada se produjo aproximadamente a los dos meses y medio de que se publico la resolucion emitida por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones y a traves de la cual se sento jurisprudencia en relacion con la devolucion de los cobros provenientes de pactos colectivos. Asi tambien, se tiene que la devolucion realizada se produjo mucho MORDAZA de la MORDAZA de la solicitud de vacancia, la cual, como ya hemos senalado, data del 24 de noviembre de 2013. 21. Ahora bien, teniendo en cuenta esta informacion que obran en el presente expediente, se debe determinar si la devolucion efectuada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zurek MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA se realizo de manera oportuna; sin embargo, previo a dicho pronunciamiento y siendo el caso que es el concejo distrital el que, en primera instancia, evalua y analiza si se ha incurrido en la causal de vacancia alegada, se debe verificar si los miembros del concejo distrital analizaron, evaluaron y emitieron opinion sobre este elemento transcendente en la configuracion de la causal de vacancia sobre restricciones en la contratacion y relacionada con el cobro de beneficios derivados de convenios colectivos.

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