Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2014 (13/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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ml, tramo 47-48 con 9,92 ml, tramo 48-49 con 6,02 ml, tramo 49-50 con 6,40 ml, tramo 50-51 con 7,50 ml, tramo 51-52 con 6,52 ml, tramo 52-53 con 7,96 ml, tramo 53-54 con 8,48 ml, tramo 54-55 con 6,87 ml, tramo 55-56 con 8,98 ml, tramo 56-57 con 5,76 ml, tramo 57-58 con 7,73 ml, tramo 58-59 con 8,33 ml, tramo 59-60 con 6,27 ml, tramo 60-61 con 6,52 ml, tramo 61-62 con 7,15 ml, tramo 62-63 con 6,36 ml, tramo 63-64 con 8,31, tramo 64-65 con 11,76 ml, tramo 65-66 con 6,85 ml, tramo 66-67 con 9,59, tramo 67-68 con 8,36 ml, tramo 68-69 con 7,58 ml, tramo 69-70 con 15.99 ml, tramo 70-71 con 7,66 ml, tramo 71-72 con 13,77 ml, tramo 72-73 con 1,38 ml y tramo 73-74 con 1,42 ml; haciendo una longitud total de 638,14 ml. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA, del terreno descrito en el articulo primero de la presente resolucion en el Registro de Predios de Chiclayo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Regional Oficina Regional de Administracion 1073265-1

El Peruano MORDAZA 13 de MORDAZA de 2014

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Constituyen el Gobierno Distrital de Salud del MORDAZA
ORDENANZA Nº 380-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO EL CONCEJO DISTRITAL DEL MORDAZA VISTO, en Sesion Ordinaria de fecha 3 de MORDAZA de 2014; Dictamen Nº 010-2014-CAL/MDR de fecha 2 de MORDAZA de 2014 de la Comision de Asuntos Legales, Informe Nº 234-2014-GAJ-MDR de fecha 2 de MORDAZA de 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica, Memorandum Nº 0602014-GDH-MDR de fecha 2 de MORDAZA de 2014 de la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe Nº 094-2014-SGS-GDHMDR de fecha 2 de MORDAZA de 2014 de la Subgerencia de Sanidad sobre el proyecto de Ordenanza de Constitucion del Gobierno Distrital de Salud del MORDAZA (GODISA DEL RIMAC); y, CONSIDERANDO Que, el articulo 7º del capitulo II de la Constitucion Politica del Peru, establece que "todos tienen derecho a la proteccion de su salud, del medio familiar y la comunidad asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental, tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad". Que, los numerales I y IV del titulo preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, la salud publica es responsabilidad primaria del estado y la responsabilidad en materia de salud individual es compartida por el individuo, la sociedad y el estado; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion se tiene que la participacion de los Gobiernos Locales resultan necesarias, pues tienen la responsabilidad

de mejorar las condiciones de MORDAZA de sus ciudadanos, siendo la Municipalidad del MORDAZA un ente promotor de la salud, viene conformando espacios de concertacion para la promocion y prevencion de la salud, siendo uno de sus objetivos establecer pautas para llegar a ser un modelo de distrito saludable, para ello se debe articular con las diversas entidades publicas y privadas, nacionales e internacionales; Que, la Municipalidad Distrital del MORDAZA tiene competencia para coordinar, concertar e intervenir sobre los determinantes sociales de riesgo para la salud de la poblacion del distrito del Rimac. Que, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 4.4 del articulo 80º de la Ley Organica de MunicipalidadesLey Nº 27972, se como funcion especifica compartida de las municipalidades distritales, el "Gestionar la atencion primaria de salud, asi como construir y equipar postas medicas, botiquines y puestos de salud en los lugares que los necesiten, en coordinacion con las municipalidades provinciales, centros poblados, organismos regionales y nacionales pertinentes" y de acuerdo con el numeral 4.5 del mismo articulo , se establece "realizar campanas locales sobre medicina preventiva, primeros auxilios , educacion sanitaria , profilaxis". Por lo expuesto y existiendo poblacion vulnerable en temas de salud en el Distrito del MORDAZA, se tiene la necesidad distrital de crear un Organismo que se encargue de ejecutar el plan distrital de salud del distrito del MORDAZA, por lo que es necesario la constitucion del Gobierno Distrital de Salud del MORDAZA (GODISA DEL RIMAC) encargado de la conduccion y rectoria tanto de las politicas publicas saludables como del sistema prestacional (Redes Integradas de Salud) en el MORDAZA de la reforma en salud; Que mediante Ley Nº 30073 se delego en el poder ejecutivo, la facultad de Legislar en materia de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Salud emitiendose diversos Decretos Legislativos, entre ellos, el Decreto Legislativo Nº 1166, que aprueba la conformacion y funcionamiento de las redes integradas de atencion primaria de salud; Ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de sus regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE CONSTITUYE EL GOBIERNO DISTRITAL DE SALUD DEL MORDAZA Articulo Primero.- Constituir en el MORDAZA de la reforma de salud el Gobierno Distrital de Salud del MORDAZA (GODISA DEL RIMAC) para contribuir al fortalecimiento del desarrollo del capital social en los ciudadanos del distrito, para hacer del MORDAZA una comunidad saludable, MORDAZA, afectiva y emprendedora. Articulo Segundo.- El Gobierno Distrital de Salud del MORDAZA (GODISA DEL RIMAC) articula a la Municipalidad Distrital del MORDAZA como instancia de Gobierno Local y a la Direccion de Salud ­DISA V ­LIMA NORTE como organo desconcentrado del Ministerio de Salud. Articulo Tercero.- Disponer que el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, presida el Gobierno Distrital de Salud del MORDAZA (GODISA DEL RIMAC)y la secretaria tecnica, sea asumida por el Director de la Direccion de Salud MORDAZA V-LIMA NORTE; quienes convocaran a otras instituciones vinculadas al MORDAZA de la salud con la finalidad de garantizar la integridad de las acciones sanitarias. Articulo Cuarto.- Exhortar a la Secretaria Tecnica del Gobierno Distrital de Salud del MORDAZA (GODISA RIMAC) en coordinacion con las instituciones vinculadas al MORDAZA de la SALUD y con la participacion de la ciudadania organizada, elaboren la propuesta de reglamento del Gobierno Distrital de Salud del MORDAZA (GODISA DEL RIMAC). Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital del MORDAZA disponga las medidas Tecnico-Administrativas orientadas a la implementacion de la presente ordenanza y a los organos competentes su correspondiente difusion y a la secretaria general su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

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