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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (09/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 67

El Peruano Sábado 9 de agosto de 2014 529689 efectos de proceder con la elaboración del Convenio de Transferencia Financiera de acuerdo al siguiente detalle: PROYECTO MONTO FTE.FTO MUNICIPALIDAD Construcción defensa ribereña margen izquierda del río Mashcón, tramo entre el puente Chinchimachay y puente El Molino – Centro Poblado de Huambocancha Baja. S/. 1500,000.00 Decursos Determinados Municipalidad Provincial de Cajamarca. Que, mediante Informe Legal Nº 029-2014-GR.CAJ/ DRAJ de fecha 20 de mayo del año 2013, formulado por el Director Regional de Asesoría Jurídica Abg. Glen Joe Serrano Medina, emite opinión legal favorable a fi n que la Presidencia Regional eleve al Consejo Regional y mediante acuerdo regional se apruebe la Transferencia Financiera a la Municipalidad Provincial de Cajamarca para la ejecución del Proyecto Construcción defensa ribereña margen izquierda del río Mashcón, tramo entre el puente Chinchimachay y puente El Molino – Centro Poblado de Huambocancha Baja; Que mediante Ofi cio Nº 132-2014-GR.CAJ/P de fecha 19 de mayo de 2014, el Presidente Regional del Gobierno Regional Cajamarca Prof. Gregorio Santos Guerrero, hace llegar al Consejero Delegado Prof. Juan Barreda Soto, la documentación e información sobre la Transferencia Financiera a la Municipalidad Provincial de Cajamarca para la ejecución del Proyecto Construcción defensa ribereña margen izquierda del río Mashcón, tramo entre el puente Chinchimachay y puente El Molino – Centro Poblado de Huambocancha Baja; documentos a los que se adjunta el Informe Técnico correspondiente. En tal sentido solicitó ponerlos a consideración del Consejo Regional, para su correspondiente aprobación; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 005-2014-GR.CAJ- CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca Encargado Dr. César Augusto Aliaga Díaz, de acuerdo a la normatividad legal vigente, apruebe mediante Resolución Ejecutiva Regional la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, siempre y cuando esta entidad cumpla con los compromisos asumidos en convenios suscritos con el Gobierno Regional Cajamarca: PROYECTO MONTO FTE.FTO MUNICIPALIDAD Construcción defensa ribereña margen izquierda del río Mashcón, tramo entre el puente Chinchimachay y puente El Molino – Centro Poblado de Huambocancha Baja. S/. 1500,000.00 Decursos Determinados Municipalidad Provincial de Cajamarca. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Infraestructura, realice el seguimiento de la ejecución del Proyecto Construcción defensa ribereña margen izquierda del río Mashcón, tramo entre el puente Chinchimachay y puente El Molino – Centro Poblado de Huambocancha Baja; a fi n de que este se cumpla de acuerdo a lo establecido en el Convenio suscrito con la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Tercero.- DISPONER que la Dirección Regional de Administración realice los trámites correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a ley. Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JUAN BARREDA SOTO Consejero Delegado Presidente del Consejo Regional 1120532-2 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las Direcciones Sub Regionales de Salud “Piura - Sechura” y “Morropón - Huancabamba” ORDENANZA REGIONAL N° 293-2014/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establecen, respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM que aprobó los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, en su artículo 10° señala que el ROF es un documento de gestión que recoge la estructura orgánica, las funciones generales y específi cas de la entidad y cada uno de sus órganos, así como las relaciones de coordinación y control de sus organismos y unidades orgánicas; Que, con Ordenanza Regional N° 271-2013/GRP-CR del 10 de agosto de 2013 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Salud Piura - DIRESA Piura, en el cual se establecen como órganos desconcentrados tres (03) Direcciones Sub Regionales de Salud: Piura – Sechura, Morropón – Huancabamba, y Luciano Castillo Colonna - Sullana; Que, mediante Ofi cio N° 840-2014/GRP-DRSP-OEPE del 18 de marzo de 2014 (HRyC N° 11530), la Dirección Regional de Salud alcanza la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones ROF de las Direcciones Sub Regionales de Salud “Piura – Sechura” y “Morropón – Huancabamba”, solicitando su aprobación para continuar con las modifi catorias de los demás documentos de gestión; Que, vistas las opiniones favorables de la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional - Informe N° 049-2014/GRP-410300 del 02 de abril de 2014, Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica - Informe N° 1026-2014/ GRP-460000 del 14 de abril de 2014; e Informe N° 036- 2014/GRP-200010-ACCR del 27 de junio de 2014 del Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria N° 07-2014, de fecha 21 de julio de 2014, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE LAS DIRECCIONES SUB REGIONALES DE SALUD “PIURA – SECHURA” Y “MORROPÓN – HUANCABAMBA” Artículo Primero.- Aprobar, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Sub