Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2014 (14/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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CARGO Regidor 7 Regidor 8 Regidor 9 APELLIDOS Y NOMBRES Joyo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Glede DNI 48027311 45732409 48716321 SEXO EDAD M M F F F 26 25 23 23 24 Miembro CNCC y PO*

El Peruano Jueves 14 de agosto de 2014

Regidor 10 MORDAZA MORDAZA, Katy 46608311 MORDAZA Regidor 11 MORDAZA MORDAZA, Lady MORDAZA 46298274

* CNCCyPO: Comunidades Nativas, Campesinas y Pueblos Originarios. Solamente en provincias establecidas por el JNE. En el acta se consigna tambien que la sesion culmino a las 17:20 horas, y esta firmada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jakelyn MORDAZA MORDAZA Osnayo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidente y vocales del Tribunal Regional Electoral. La MORDAZA solicitud de inscripcion de lista Posteriormente, el mismo 7 de MORDAZA de 2014, a las 23:50 horas, el personero legal de la organizacion politica Partido Aprista Peruano presento ante el JEE una MORDAZA solicitud de inscripcion de lista para el Concejo Provincial de Huamanga, con codigo de solicitud del sistema PECAOE N° L0721445316 (fojas 127 y 128). A esta MORDAZA solicitud de inscripcion de lista acompano un acta de eleccion interna, identica en su contenido a la presentada con su primera solicitud, salvo en la conformacion de la lista de candidatos. En este MORDAZA ejemplar, la lista de candidatos tiene la siguiente conformacion
LISTAS DE CANDIDATOS CARGO MORDAZA Regidor 1 Regidor 2 Regidor 3 Regidor 4 Regidor 5 Regidor 6 Regidor 7 Regidor 8 Regidor 9 Regidor 10 Regidor 11 APELLIDOS Y NOMBRES DNI Miembro SEXO EDAD CNCC y PO* M M F M F M M M F F F F 55 62 29 53 23 41 26 25 23 23 24 19 X X

- La organizacion politica ha presentado dos solicitudes de inscripcion de lista de candidatos, por lo que podria entenderse que la MORDAZA de la MORDAZA implica el desistimiento de la primera. - Del analisis de las actas electorales presentadas con las solicitudes de inscripcion de lista de candidatos, se tiene que MORDAZA datan del 18 de MORDAZA de 2014, con hora de inicio 08:00 horas, en el MORDAZA Mascaras N° 378, y suscrita por los mismos miembros del comite electoral: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jakelyn MORDAZA MORDAZA Osnayo y MORDAZA MORDAZA Peralta; sin embargo, el acta de democracia interna adjuntada a la primera solicitud difiere de la presentada con la MORDAZA solicitud en cuanto al orden de los candidatos, ademas de haberse cambiado de candidatos y haberse agregado otro. - Se puede concluir que existen discrepancias y dudas sobre la realizacion del MORDAZA de democracia interna. El recurso de apelacion El 18 de MORDAZA de 2014, el personero legal de la organizacion politica Partido Aprista Peruano interpuso recurso de apelacion contra la Resolucion N° 0001-2014-JEE-HUAMANGA/JNE (fojas 105 a 107). En lo sustancial, alego lo siguiente: - En virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por Resolucion N° 271-2014-JNE (en adelante el Reglamento de inscripcion), debe entenderse que la primera solicitud de inscripcion con codigo del sistema PECAOE N° L0614494856, ha sido sustituido por cuanto se verificaron errores materiales en su ingreso, por lo que el JEE debio calificar unicamente la MORDAZA solicitud, con codigo del sistema PECAOE N° L0721445316. - El MORDAZA de democracia interna se ha llevado a cabo respetando las normas internas del partido, tal como lo prueban la nota periodistica de fojas 114 y el informe remitido a la presidenta del tribunal electoral del partido politico (fojas 113). CUESTION EN DISCUSION Determinar si el JEE realizo una correcta calificacion respecto del cumplimiento de las normas sobre democracia interna en la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos. CONSIDERANDOS Sobre el cumplimiento de las normas que regulan el MORDAZA de democracia interna 1. El articulo 19 de la Ley N° 28094, Ley de Partidos Politicos (en adelante LPP), establece que la eleccion de autoridades y candidatos de los partidos politicos y movimientos de alcance regional o departamental debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en la presente ley, el estatuto y el reglamento electoral de la agrupacion politica. 2. De acuerdo con lo establecido en el articulo 22 de la LPP, en concordancia con el articulo 25 del Reglamento de inscripcion, en el caso de los partidos politicos y movimientos regionales, es necesario que, al momento de solicitar la inscripcion de sus listas de candidatos, presenten el acta original, o MORDAZA certificada firmada por el personero legal, que contenga la eleccion interna de los candidatos presentados. 3. A la luz de la normativa expuesta, resulta MORDAZA que es el acta de eleccion interna el documento que resultara determinante, a fin de verificar si la organizacion politica ha cumplido o no con las disposiciones de democracia interna. 4. Por ello, es necesario verificar que el acta de eleccion interna cumpla con unas minimas exigencias y obligaciones formales, establecidas en el articulo 25, numeral 25.2, del Reglamento de inscripcion, siendo estos requisitos los siguientes: a. Lugar y fecha de suscripcion del acta, precisando lugar y fecha de realizacion del acto de eleccion interna. b. Distrito electoral (distrito, provincia y departamento o region). c. Nombre completo y numero del DNI de los candidatos elegidos. d. Modalidad empleada para la eleccion de cada candidato, conforme al articulo 24 de la LPP, aun cuando se MORDAZA presentado para dicha eleccion formula y lista unica de candidatos.

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA 28208585 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA 28260117

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA 42710894 28307125

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA 46757253 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tono 20045886 Fredy Joyo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Glede MORDAZA MORDAZA, Katy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lady MORDAZA 48027311 45732409 48716321 46608311 46298274

Reymundez MORDAZA, 70212550 Elica

* CNCCyPO: Comunidades Nativas, Campesinas y Pueblos Originarios. Solamente en provincias establecidas por el JNE. La decision del MORDAZA Electoral Especial de Huamanga Mediante Resolucion N° 0001-2014-JEE-HUAMANGA/ JNE, de fecha 10 de MORDAZA de 2014 (fojas 121 a 123), el JEE declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos del mencionado partido politico, sustentado su decision en los siguientes fundamentos:

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