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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (18/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Lunes 18 de agosto de 2014 530300 PROYECTO MONTO FTE.FTO MINISTERIO - Instalación de Defensa Ribereña en el Río Conde- bamba – Sector Chingol, distrito de Cachachi, Caja- bamba. - Instalación de Defensa Ribereña en el Río Caja- marquino – Sector El Olivo y Machilcucho, distrito de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca. - Instalación de Defensa Ri- bereña en el Río Chiminero – Sector Chimín, distrito de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca. - S/. 1, 986.896.00 - S/. 2, 790.931.00 - S/. 2, 044,259.00 Recursos Ordi- narios Ministerio de Agricultura y Riego. Que, mediante Informe Legal Nº 040-2014-GR.CAJ/ DRAJ, de fecha 17 de junio del año 2014, formulado por el Director Regional de Asesoría Jurídica, Abg. Glen Joe Serrano Medina, emite opinión legal favorable a fi n que se continúe con el procedimiento de Transferencia Financiera a favor del Programa Sub Sectorial de Irrigaciones - Ministerio de Agricultura y Riego, para la ejecución de los Proyectos de inversión Pública: “Instalación de Defensa Ribereña en el Río Condebamba – Sector Chingol, Distrito de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca”, “Instalación de Defensa Ribereña en el Río Cajamarquino – Sector El Olivo y Machilcucho, Distrito de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca”, e “Instalación de Defensa Ribereña en el Río Chiminero – Sector Chimín, Distrito de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca”; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes N° 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 005- 2014-GRCAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca (e) Dr. César Augusto Aliaga Díaz, de acuerdo a la normatividad legal vigente, apruebe mediante Resolución Ejecutiva Regional la Transferencia Financiera por el monto de S/. 6, 822,086.00 (seis millones, ochocientos veintidós mil, ochenta y seis con 00/100 nuevos soles), a favor del Ministerio de Agricultura y Riego; siempre y cuando se cumpla con suscribir el convenio respectivo, entre el Gobierno Regional Cajamarca y Ministerio de Agricultura y Riego, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 30114, para la ejecución de los siguientes proyectos: PROYECTO MONTO FTE.FTO MINISTERIO - Instalación de Defensa Ribereña en el Río Conde- bamba – Sector Chingol, distrito de Cachachi, Cajabamba. - Instalación de Defensa Ribereña en el Río Caja- marquino – Sector El Olivo y Machilcucho, distrito de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca. - Instalación de Defensa Ribereña en el Río Chimine- ro – Sector Chimín, distrito de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca. - S/. 1, 986.896.00 - S/. 2, 790.931.00 - S/. 2, 044,259.00 Recursos Ordinarios Ministerio de Agricultura y Riego. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, realice el seguimiento de la ejecución de los Proyectos de inversión Pública: “Instalación de Defensa Ribereña en el Río Condebamba – Sector Chingol, Distrito de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca”, “Instalación de Defensa Ribereña en el Río Cajamarquino – Sector El Olivo y Machilcucho, Distrito de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca”, e “Instalación de Defensa Ribereña en el Río Chiminero – Sector Chimín, Distrito de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca”, a fi n de que se cumpla lo estipulado en el Convenio suscrito con el Ministerio de Agricultura y Riego, de acuerdo a lo establecido en el primer artículo. Tercero.- DISPONER que la Dirección Regional de Administración, realice los trámites correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a ley. Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JUAN BARREDA SOTO Consejero Delegado Presidente del Consejo Regional 1124061-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Ordenanza que desafecta bien de uso público en el distrito de San Borja ORDENANZA N° 1804 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA: POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 5 de agosto de 2014 el Dictamen Nº 41-2014-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 70-2014-MML- CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PÚBLICO EN EL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Único.- Desafectar el Uso de Suelo de un área de 2,566.34 m2, ubicado entre las cuadras 4 y 5 impar con frente al Jr. Paseo del Bosque (Urb. Chacarilla del Estanque VI Etapa) distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, promovido por la Municipalidad Distrital de San Borja, conforme se indica en el Plano adjunto al Informe N° 012-2014-MML-GDU-SPHU-DD, de la División de Desafectaciones de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la MML. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 5 de agosto de 2014 SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 1124530-1