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El Peruano Miércoles 24 de diciembre de 2014 540971 de temporada, tales como venta de helados, chupetes, gaseosas, productos navideños y de fi n de año. i) Proceder al decomiso y/o retiro de los módulos del espacio público que incumplan lo dispuesto en los dispositivos emanados en la presente norma. Artículo Sexto.- La Gerencia de Fiscalización y Control conforme a sus atribuciones y competencias efectuará las medidas de paralización inmediata de las obras que se encuentren ejecutándose en el Damero de Gamarra, de acuerdo a lo establecido en los artículos precedentes. Artículo Sétimo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal y a las Gerencias de Servicios a la Ciudad, de Desarrollo Urbano, de Desarrollo Social, Fiscalización y Control, de Desarrollo Económico y de Seguridad Ciudadana, así como a las subgerencias a su cargo, en lo que corresponda a sus competencias y atribuciones. Regístrese, publíquese, cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 1180616-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Modifican la Ordenanza Nº 219-2012- MDPH, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 281-2014-MDPH Punta Hermosa, 13 de Noviembre de 2014 EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO: El Pedido en moción del día, por el cual la Regidora Norma Pérez Reyes de Flores, solicita la modificación del Artículo 13º de la Ordenanza Nº 219-2012-MDPH que Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, en el sentido de que uno de los requisitos para ejercer la función de Gerente Municipal, debe ser una persona profesional que tenga conocimientos en gestión municipal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, establece que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia lo cual es ratifi cado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 219-2012-MDPH se aprobó la Nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa; Que, la presente Ordenanza tiene por objetivo establecer la Modifi cación Normativa de la Ordenanza Nº 219-2012-MDPH publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el (07.07.12) que aprueba la nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones –ROF de la Municipalidad de Punta Hermosa; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido por el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE AGREGA UN PÁRRAFO EN EL ARTÍCULO 13º DE LA ORDENANZA Nº 219- 2012-MDPH QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Artículo 1º.- AGREGAR un párrafo en el Artículo 13º de la Ordenanza Nº 219-2012-MDPH de fecha (26.06.12) publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el (07.07.12), siendo el texto el siguiente: “La administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente Municipal, quien debe ser una persona profesional, con conocimientos en administración municipal, siendo su condición la de Funcionario de Confi anza CAS, designado por el Alcalde”. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de Punta Hermosa la publicación de la presente Ordenanza en el diario ofi cial “El Peruano” y en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional de esta municipalidad. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás áreas en cuanto a su competencia, el Cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 1180767-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 804-2014/MDR Rímac, 11 de diciembre de 2014 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC VISTO; El Informe Nº 001-2014-CECPM/MDR de fecha 10 de diciembre del 2014, elaborado por la Comisión de Concurso Público de Méritos encargada de dirigir el proceso de selección del Concurso Público de Méritos para la designación de dos (02) Ejecutores Coactivos; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordado con el Art. II del Título Preliminar de la Ley 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 086-MDR de fecha 15 de noviembre de 2014, el Concejo Municipal aprobó el Concurso Público de Méritos para cubrir dos (02) plazas vacantes de Ejecutor Coactivo así como de un (1) Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rímac así como las Bases del Concurso Público, facultándosele al Alcalde a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación del presente Acuerdo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 751-2012- MDR, de fecha 20 de noviembre del 2014, se designó a la Comisión Especial con la fi nalidad de que lleve a cabo el Concurso Público de Merito para la designación de dos (02) Ejecutores Coactivos y un (01) Auxiliar Coactivo; Que, después de publicada la convocatoria en el Diario Ofi cial El Peruano se procedió a llevar a cabo dicho proceso, conforme da cuenta la Comisión Especial en el informe de vistos y cuadros que sustentan la evaluación curricular, prueba escrita, entrevista personal y consolidados de puntajes, constituyéndose este último como Cuadro de Méritos y resultado fi nal del Concurso;