Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2014 (24/12/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 114

540972
Que, de acuerdo al Informe Nº 001-2014-MDRCECPM-MDR, elaborado por la Comision de Concurso Publico de Meritos, se tiene como ganador del Concurso Publico de Merito para la eleccion del Ejecutor Coactivo al Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PISFIL; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con lo previsto en el articulo 7º numeral 7.1 del TUO de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva y en uso de las facultades conferidas por la Ley 27972- Ley Organica de Municipalidades: SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el resultado final que obra en el Informe Nº 001- 2014-MDR-CECPM-MDR, expedido por la Comision encargada de dirigir el MORDAZA de seleccion del Concurso Publico de Meritos, para la designacion de dos (02) Ejecutores Coactivos y un (01) Auxiliar Coactivo; Articulo Segundo.- DESIGNAR al Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PISFIL como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, quien asumira sus funciones a partir del 11 de diciembre del 2014. Articulo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolucion a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas y al interesado. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 1181607-1

El Peruano Miercoles 24 de diciembre de 2014

vencimientos y distribucion domiciliaria del impuesto predial y arbitrios municipales para ejercicio 2014, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves del Acuerdo de Concejo Nº 408-MML; Que, la setima disposicion final de la ordenanza Nº 1533-MML, senala que las ordenanzas distritales que aprueben los derechos de emision mecanizados deberan ser ratificadas anualmente por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, sin perjuicio de lo anterior, el acuerdo de concejo ratificatorio tendra una vigencia de dos (2) anos, en la medida que mantenga invariable las acciones que originaron la ratificacion; Que, a traves del informe Nº 105-2014-GRAT/MDSM, la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, precisa que de la proyeccion de los costos por derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto y vencimiento de pago del impuesto predial para el ejercicio 2015, no se reportan variaciones respecto de los aprobados para el ejercicio 2014 mediante ordenanza Nº 258-MDSM, recomendando por lo tanto la prorroga de la vigencia de esta ultima; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del articulo 9º y articulo 40º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL 2015, LA VIGENCIA DE LOS MONTOS POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL TRIBUTO, VENCIMIENTOS Y DISTRIBUCION DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES FIJADOS POR LA ORDENANZA Nº 258-MDSM Articulo 1º.- PRORROGAR para el ano 2015, la vigencia de los montos por derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, vencimientos y distribucion domiciliaria del impuesto predial y arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines y serenazgo, fijados por la ordenanza Nº 258-MDSM, ratificada por el acuerdo de concejo Nº 408-MML. Articulo 2º.- FIJAR en S/. 5.60 (cinco con 60/100 nuevos soles) el monto por concepto de derecho de emision mecanizada de la hoja de liquidacion del impuesto predial y la suma de S/.1.60 (uno con 60/100 nuevos soles) por cada predio adicional (PU), el cual se pagara conjuntamente con la primera cuota del pago fraccionado; asi como en S/. 2.50 (dos con 50/100 nuevos soles) el monto por concepto de derecho de emision mecanizada por cada hoja de liquidacion de los arbitrios municipales, tal como lo establece la ordenanza Nº 258-MDSM, ratificada por el acuerdo de concejo Nº 408-MML. Articulo 3º.- FIJAR el monto minimo del impuesto predial para el ano fiscal correspondiente al ano 2015 en 0.6% de la UIT vigente, de conformidad con el articulo 13º del Texto unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF. Articulo 4º.- ESTABLECER como fecha de vencimiento del pago del impuesto predial del ejercicio 2015, en las siguientes fechas: a) Al contado hasta el ultimo dia habil de febrero de 2015. b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, segun sigue: 1ra. Cuota: hasta el 27 de febrero de 2015. 2da. Cuota: hasta el 29 de MORDAZA de 2015. 3ra. Cuota: hasta el 31 de agosto de 2015. 4ta. Cuota: hasta el 30 de noviembre de 2015. Articulo 5º.- ESTABLECER como fecha de vencimiento mensual del pago de los arbitrios municipales para el ejercicio 2015, el ultimo dia habil de cada uno de los meses del ano 2015. Articulo 6º.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y la Subgerencia de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones, el cabal cumplimiento de la presente ordenanza.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan para el ano 2015 la vigencia de montos por derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, vencimientos y distribucion domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales fijados por la Ordenanza Nº 258-MDSM
ORDENANZA Nº 275-MDSM San MORDAZA, 6 de noviembre de 2014 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece en su articulo 194º que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 1332013-EF, establece que los gobiernos locales mediante ordenanza, pueden crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley y supedita, la puesta en vigencia de la MORDAZA, a su ratificacion por la municipalidad provincial de la circunscripcion; Que, mediante ordenanza Nº 258-MDSM, se fijan los montos por derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.