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El Peruano Sábado 27 de diciembre de 2014 541440 – Cuba, por tres periodos de permanencia (primer ciclo de evaluación y tratamiento de 91 días, segundo ciclo de tratamiento por 84 días y tercer ciclo de tratamiento por 84 días), por un total de doscientos cincuenta y nueve (259) días, en compañía de un familiar; Que, mediante Ofi cio N° 5009-2014-DIRECFIN- PNP/DIVPRE del 30 de octubre de 2014, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, informó que la División de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, emitió la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000004530 del 30 de octubre de 2014, conforme a la cual se abonará a la Alférez de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Jessica Mercedes FLORES CORRALES, el concepto de compensación extraordinaria por tratamiento altamente especializado ascendente a la suma de cuarenta y cinco mil seiscientos cuarenta y dos con 88/100 Dólares Americanos (US$ 45,642.88) al cambio (S/. 133,049.00), la misma que ha sido registrada en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2009-IN del 11 de marzo de 2009, se hace extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004, el Decreto Supremo N° 028-2006-DE-SG del 13 de diciembre de 2006, el Decreto Supremo N° 004-2009-DE/SG del 3 de febrero de 2009, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo N° 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos de compensación extraordinaria por servicios en el extranjero en misión diplomática, comisión especial en el exterior, misión de estudios, comisión de servicios y tratamiento médico altamente especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, que precisa en la Única Disposición Complementaria Final, que son de aplicación al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú; De conformidad con la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú, Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Decreto Supremo Nº 010-2013-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Resolución Ministerial N° 024-2009-IN/PNP del 16 de enero de 2009. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero de la Alférez de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Jessica Mercedes FLORES CORRALES, en compañía de un familiar, para recibir tratamiento médico de rehabilitación física integral en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN) de La Habana - Cuba, por un periodo de doscientos cincuenta y nueve (259) días, a partir de la fecha de expedición de la presente resolución. Artículo 2º.- La Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, efectuará los pagos que correspondan a la Alférez de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Jessica Mercedes FLORES CORRALES, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria US$ Monto x 259 días = US$ 45,642.88 T/C Total S/. 133,049.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial autorizado deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1182524-13 Conforman Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa, como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplificación administrativa del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1296-2014-IN/DGPP Lima, 26 de diciembre de 2014 VISTO, el Informe Técnico N° 000126-2014/IN/DGPP/ DMDI de la Dirección de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, dicho proceso de modernización tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, con la fi nalidad de orientar a las entidades en el desarrollo de procesos de reingeniería o simplifi cación administrativa, mediante Resolución Ministerial N° 048- 2013-PCM se aprobó el Plan Nacional de Simplifi cación Administrativa 2013-2016, que tiene por objetivo general mejorar la calidad, la efi ciencia y la oportunidad de los procedimientos y servicios administrativos que la ciudadanía realiza ante la administración pública; Que, con Decreto Supremo N° 007-2011-PCM se aprobó la Metodología de Simplifi cación Administrativa, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la Administración Pública, la cual tiene por objetivo general brindar las pautas a las entidades públicas para la eliminación y simplifi cación de procedimientos administrativos utilizando un modelo estandarizado bajo un enfoque integral; Que, en dicha Metodología se establece que a efectos de desarrollar el proceso de simplifi cación administrativa se deberán conformar los siguientes equipos: Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa y Equipo de Mejora Continua; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, como principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública del Estado; Que, la acotada Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública establece como uno de sus pilares centrales a la simplifi cación administrativa, la cual tiene por objetivo la eliminación de obstáculos o costos innecesarios para la sociedad que generan el inadecuado funcionamiento de la Administración Pública; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0430-2011- IN/0301 se conformó el Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua del Ministerio del Interior; Que, posteriormente a la conformación de dichos equipos, mediante Decreto Legislativo N° 1135 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, que determina el ámbito de competencia del Ministerio y regula su estructura orgánica básica, naturaleza jurídica y funciones;