Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2014 (27/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Sabado 27 de diciembre de 2014

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DEL PERU, la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI, que se aprueba en articulo 1°. Articulo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas

Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2003-EM, de fecha 20 de MORDAZA de 2003, se aprobo la modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI, a fin que SAPET DEVELOPMENT PERU INC., SUCURSAL DEL PERU, se acogiera a los alcances del Decreto Supremo N° 021-2001-EM; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2006-EM, de fecha 05 de enero de 2006, se aprobo la modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI, a fin de sustituir al garante corporativo CHINA PETROLEUM TECHNOLOGY AND DEVELOPMENT CORPORATION por CHINA NATIONAL OIL AND GAS EXPLORATION AND DEVELOPMENT CORPORATION; Que, mediante Acuerdo de Directorio N° 091-2013, de fecha 28 de agosto de 2013, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo la extension del plazo de los Contratos de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Lotes IV, III, VII/VI, II y XV, hasta el MORDAZA de treinta (30) anos, mediante una modificacion contractual, previo acuerdo con el Contratista respectivo; Que, mediante Acuerdo de Directorio N° 101-2013, de fecha 30 de setiembre de 2013, el Directorio de PERUPETRO S.A. establecio condiciones para la prorroga de la vigencia de los Contratos de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Lotes IV, III, VII/VI, II y XV, aprobada por Acuerdo de Directorio N° 091-2013; Que, mediante Acuerdo de Directorio N° 114-2013, de fecha 25 de noviembre de 2013, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo el programa de trabajo adicional y el esquema de regalia para la extension del plazo de vigencia de los Contratos de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Lotes II, VII/VI y XV; Que, mediante Acuerdo de Directorio N° 115-2013, de fecha 25 de noviembre de 2013, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo los aspectos a ser contemplados en los proyectos de modificacion de los Contratos de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Lotes II, III, IV, VII/VI y XV; Que, mediante Acuerdo de Directorio N° 123-2013, de fecha 13 de diciembre de 2013, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo la modificacion del Acuerdo de Directorio N° 114-2013; Que, mediante Carta N° GGRL-CONT-GFCN-0022014, de fecha 20 de enero de 2014, PERUPETRO S.A., de conformidad con lo dispuesto en los precitados Acuerdos de Directorio, comunico a SAPET DEVELOPMENT PERU INC., SUCURSAL DEL PERU, las condiciones para la extension del plazo para la explotacion de hidrocarburos del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI, hasta treinta (30) anos, conforme a lo establecido en el literal b) del articulo 22° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, otorgando a SAPET DEVELOPMENT PERU INC., SUCURSAL DEL PERU un plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario para aceptar las condiciones propuestas; Que, mediante Carta N° SL-C-RRPP-007-2014, de fecha 20 de febrero de 2014, SAPET DEVELOPMENT PERU INC., SUCURSAL DEL PERU, comunico a PERUPETRO S.A, la aceptacion de las condiciones propuestas por PERUPETRO S.A. para la extension del plazo del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Directorio N° 041-2014, de fecha 02 de MORDAZA de 2014, aprobo el Proyecto de Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del Articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1°.- De la aprobacion de la modificacion del contrato Aprobar la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2000-EM y sucesivamente modificado por los Decretos Supremos N° 016-2003-EM; y, N° 003-2006-EM, a fin de extender el plazo para la explotacion de hidrocarburos hasta treinta (30) anos. Articulo 2°.- De la Autorizacion para suscribir la modificacion Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con la empresa SAPET DEVELOPMENT PERU INC., SUCURSAL

1182524-7

INTERIOR
Autorizan viaje de personal policial a MORDAZA para recibir tratamiento medico de rehabilitacion fisica integral
RESOLUCION SUPREMA N° 248-2014-IN
MORDAZA, 26 de diciembre de 2014 VISTO, el Oficio N° 548-2014-IN-SALUDPOL-GGDIVLOG.DTE del 15 de agosto de 2014, de la Jefatura de Transferencias y Evacuaciones del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policia Nacional del Peru ­ SALUDPOL; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo senalado en el Acta de Junta Medica Intersanidades Nº 001-14-dnc del 7 de MORDAZA de 2014, se recomendo que la MORDAZA MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debe ser evacuada con acompanante familiar a un centro altamente especializado en el extranjero para concluir tratamiento de rehabilitacion; Que, mediante Devolucion Nº 465-2014-IN-SALUDPOLSD del 16 de MORDAZA de 2014, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policia Nacional del Peru SALUDPOL por disposicion de la Presidencia del Directorio del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policia Nacional del Peru - SALUDPOL, informo la aprobacion del financiamiento de los gastos del tratamiento medico especializado en el extranjero a favor de la MORDAZA MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los cuales ascienden a la suma de setenta y cinco mil ochocientos ochenta y siete con 00/100 Dolares Americanos (US$ 75,887.00); que se realizara en el Centro Internacional de Restauracion Neurologica (CIREN) de La Habana - MORDAZA a traves de la Empresa Servicios Medicos Internacionales S.A.C., por tres periodos de permanencia (primer ciclo de evaluacion y tratamiento de 91 dias, MORDAZA ciclo de tratamiento por 84 dias y tercer ciclo de tratamiento por 84 dias), por un total de doscientos cincuenta y nueve (259) dias, asi como los pasajes aereos de ida y vuelta (Lima - La Habana - Lima) e impuestos aereos del titular y el acompanante, por el importe de siete mil seiscientos ochenta y tres con 00/100 Dolares Americanos (US$ 7,683.00), cuyo costo total del tratamiento y los pasajes ascienden a la suma de ochenta y tres mil quinientos setenta con 00/100 Dolares Americanos (US$ 83,570.00); Que, mediante el Oficio N° 548-2014-IN-SALUDPOLGG-DIVLOG.DTE del 15 de agosto de 2014, la Jefatura de Transferencias y Evacuaciones del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policia Nacional del Peru ­ SALUDPOL, solicito la expedicion de la resolucion suprema que autorice el viaje al extranjero de la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para concluir tratamiento quirurgico, terapia fisica y rehabilitacion en el Centro Internacional de Restauracion Neurologica (CIREN) de La Habana

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