Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2014 (27/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Sabado 27 de diciembre de 2014

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CONSIDERANDO: Que, es conveniente a los intereses del Peru la aprobacion del "Tratado entre la Republica del Peru y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de Condenados y Cooperacion en la Ejecucion de Sentencias Penales", suscrito el 05 de octubre de 2013 en Bangkok, Reino de Tailandia; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 56º y 102º inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru; y, el primer parrafo del articulo 2 de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobacion legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Remitase al Congreso de la Republica la documentacion relativa al "Tratado entre la Republica del Peru y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de Condenados y Cooperacion en la Ejecucion de Sentencias Penales", suscrito el 05 de octubre de 2013 en Bangkok, Reino de Tailandia. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la senora Presidenta del Consejo de Ministros y el senor Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores

solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emision de la resolucion suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Union Internacional para la Ciencia ­ ICSU; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se aprobo el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el ano fiscal 2014; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2014-RE se modifico el referido Anexo B: Cuotas Internacionales ­ Ano Fiscal 2014, en lo que respecta al pliego presupuestal 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del articulo 67 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se MORDAZA con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector publico, previa aprobacion de la resolucion suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del articulo 67 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en el Decreto Supremo Nº 0622014-RE, que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales ­ Ano Fiscal 2014, de la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizacion Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica a efectuar el pago de la siguiente cuota:
PLIEGO PRESUPUESTARIO 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC MONEDA MONTO PERSONA JURIDICA Union Internacional para la Ciencia ­ ICSU

1182524-14

EUROS

10 664,00

Disponen publicar resumen de los parrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolucion 2183 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, sobre la situacion en Bosnia y Herzegovina
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0971/RE-2014
MORDAZA, 23 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el MORDAZA del Capitulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; Que, el 11 de noviembre de 2014, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobo la Resolucion 2183 (2014), sobre la situacion en Bosnia y Herzegovina; siendo esta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo senalado en la Carta de la Organizacion; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones, un resumen de los parrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolucion 2183 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, sobre la situacion en Bosnia y Herzegovina, aprobada el 11 de noviembre de 2014. El texto completo de dicha resolucion se encuentra publicado en el MORDAZA de Internet de la Organizacion de las Naciones Unidas (www.un.org). Articulo 2.- Sin caracter restrictivo, entiendase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la Resolucion 2183 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes:

Articulo 2.- Afectacion presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolucion se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica. Articulo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4.- Refrendo La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores

1182523-13

Remiten al Congreso de la Republica la documentacion relativa al "Tratado entre la Republica del Peru y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de Condenados y Cooperacion en la Ejecucion de Sentencias Penales"
RESOLUCION SUPREMA Nº 219-2014-RE MORDAZA, 26 de diciembre de 2014

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