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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (27/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Sábado 27 de diciembre de 2014 541447 solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Unión Internacional para la Ciencia – ICSU; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2014; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2014-RE se modifi có el referido Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014, en lo que respecta al pliego presupuestal 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en el Decreto Supremo Nº 062- 2014-RE, que modifi ca el Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014, de la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica a efectuar el pago de la siguiente cuota: PLIEGO PRESUPUESTARIO MONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC EUROS 10 664,00 Unión Internacional para la Ciencia – ICSU Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1182523-13 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Tratado entre la República del Perú y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de Condenados y Cooperación en la Ejecución de Sentencias Penales” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 219-2014-RE Lima, 26 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del “Tratado entre la República del Perú y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de Condenados y Cooperación en la Ejecución de Sentencias Penales”, suscrito el 05 de octubre de 2013 en Bangkok, Reino de Tailandia; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú; y, el primer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Remítase al Congreso de la República la documentación relativa al “Tratado entre la República del Perú y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de Condenados y Cooperación en la Ejecución de Sentencias Penales”, suscrito el 05 de octubre de 2013 en Bangkok, Reino de Tailandia. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la señora Presidenta del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1182524-14 Disponen publicar resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2183 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, sobre la situación en Bosnia y Herzegovina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0971/RE-2014 Lima, 23 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; Que, el 11 de noviembre de 2014, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 2183 (2014), sobre la situación en Bosnia y Herzegovina; siendo esta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo señalado en la Carta de la Organización; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones, un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2183 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, sobre la situación en Bosnia y Herzegovina, aprobada el 11 de noviembre de 2014. El texto completo de dicha resolución se encuentra publicado en el portal de Internet de la Organización de las Naciones Unidas (www.un.org). Artículo 2.- Sin carácter restrictivo, entiéndase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la Resolución 2183 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes: