Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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Indicador de desempeno. Definicion

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

Porcentaje de usuarios que refiere estar satisfecho por la atencion recibida en el servicio de emergencia, sobre el total de personas evaluadas. Justificacion El derecho a la atencion de salud garantizado constitucionalmente debe implicar tambien un nivel minimo de calidad de dicha atencion. Esta calidad depende poco de la suficiencia de recursos, y descansa esencialmente en la atencion de las necesidades sanitarias y no sanitarias de los usuarios de los servicios. El introducir un estimulo externo es un mecanismo de politica eficaz para mejorar la calidad percibida.

2. Aspectos metodologicos Calculo del logro Numerador Numero de personas atendidas en emergencia que indican estar satisfechos por la atencion recibida. Denominador x100 Numero de personas atendidas en emergencia que se han entrevistado Frecuencia de medicion Anual. Fuente de datos ENSUSALUD-Encuesta realizada por la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD). Valor basal No aplica. Aplicabilidad Solo en Hospitales de Emergencia: Hospital de Emergencia MORDAZA MORDAZA y Hospital de Emergencias Pediatricas. Este indicador estara reemplazando al indicador de Proporcion de Satisfaccion con la atencion recibida en consulta externa. Articulo 7.- Publicacion Publiquese el presente Decreto Supremo en el MORDAZA institucional del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), asi como en el del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1183681-3 Numero de personas atendidas en emergencia que se han entrevistado. Logro esperado 85% Umbral 75%

Numero de personas atendidas en emergencia que indican estar satisfechos por la atencion recibida

CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se expidio la Resolucion Ministerial Nº 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano Fiscal 2014 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el articulo 69 del citado Texto Unico Ordenado establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, el literal a) numeral 42.1 del articulo 42 del citado Texto Unico Ordenado establece que las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolucion del Titular de la Entidad cuando provenga de las MORDAZA distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Credito que se produzcan durante el ano fiscal; Que, el literal ii del numeral 19.2 del articulo 19 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria", aprobada por Resolucion Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporacion de mayores fondos publicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1

Aceptan donaciones a favor del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 998-2014/MINSA MORDAZA, 26 de diciembre del 2014 Visto, el Expediente Nº 14-128380-001, que contiene el Informe Nº 350-2014-OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

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