Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

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ejecucion de la Obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Cochabamba - Chota, adjuntando los expedientes correspondientes; Que, la Direccion Nacional de Construccion mediante el Oficio N° 22-2014/VIVIENDA-VMCS-DNC remite a la Unidad Gerencial de Estudios, los Informes Tecnicos de Tasacion correspondientes a cincuenta y cuatro (54) predios afectados por la ejecucion de la Obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Cochabamba - Chota; Que, mediante Memorandum N° 4629-2014MTC/20.6 la Unidad Gerencial de Estudios eleva el Informe N° 173-2014-HJCA del Jefe de Proyectos Pacri - UGE de PROVIAS NACIONAL en el cual manifiesta que once (11) Informes Tecnicos de Tasacion de los predios afectados por la Obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Cochabamba ­ Chota, se encuentran expeditos para su aprobacion; Que, asimismo, el Jefe de Proyectos Pacri - UGE de PROVIAS NACIONAL en el Informe N° 173-2014-HJCA indica que la aprobacion de las tasaciones, MORDAZA citadas, se ampara en la Ley N° 27628, modificada por la Ley N° 30025, y en el articulo 27° de la Ley N° 30230 que modifica la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30025; por lo que corresponde que se apruebe las tasaciones incluyendo un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio, conforme se detalla en el cuadro que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolucion; Que, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal mediante el Informe N° 697-2014-MTC/20.3, encuentra procedente la aprobacion de las tasaciones remitidas por la Unidad Gerencial de Estudios, teniendo en cuenta la Ley N° 27628 modificada por la Ley N° 30025, y el articulo 27° de la Ley N° 30230; Que, en tal sentido, al MORDAZA de la Ley N° 27628 y sus modificatorias resulta procedente aprobar las tasaciones elaboradas por la Direccion Nacional de Construccion de los once (11) predios afectados por la Obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Cochabamba - Chota; De conformidad con las Leyes N°s. 29370, 27628, 30025 y 30230 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el valor total de las tasaciones correspondientes a once (11) predios afectados por la ejecucion de la Obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Cochabamba - Chota; conforme al cuadro que como anexo, forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO ONCE INMUEBLES AFECTADOS POR LA OBRA: REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CHONGOYAPE - COCHABAMBA - MORDAZA, TRAMO: COCHABAMBA - CHOTA
VALOR DE TASACION (S/.) 20 892,80 55 001,09 33 633,22 24 959,37 197 270,59 10 % ADICIONAL (S/.) 2 089,28 5 500,11 3 363,32 2 495,94 19 727,06 VALOR TOTAL DE TASACION (S/.) 22 982,08 60 501,20 36 996,54 27 455,31 216 997,65

Aprueban valor total de tasaciones correspondientes a predios afectados por la ejecucion de la Obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Cochabamba Chota
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 883-2014 MTC/02 MORDAZA, 26 de diciembre de 2014 VISTA: La Nota de Elevacion N° 296-2014-MTC/20 de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL sobre la aprobacion del valor total de la tasacion de los predios afectados por la ejecucion de la Obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Cochabamba - Chota; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecucion de obras publicas viales, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, los articulos 2°, 3° y 4° de la Ley N° 27628 son modificados por la tercera disposicion complementaria modificatoria de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura; Que, segun el articulo 2° de la Ley N° 27628, el valor de la tasacion sera fijado por la Direccion Nacional de Construccion, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b) una indemnizacion por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el dano emergente y lucro cesante; que el monto de la indemnizacion debera considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que debera incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiacion. Asimismo, establece que el valor total de la tasacion es aprobado por resolucion ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasacion debera de tener una antiguedad no mayor a dos anos al momento de su aprobacion, y segun el articulo 3°, la aprobacion del valor total de la tasacion se hace considerando el monto fijado por la Direccion Nacional de Construccion y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder; Que, el articulo 27° de la Ley N° 30230 modifica la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30025 estableciendo, entre otros aspectos, que tratandose de los procedimientos de adquisicion de inmuebles por trato directo iniciados al MORDAZA de la Ley N° 27628, MORDAZA de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la MORDAZA disposicion complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley N° 27628; Que, mediante Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional N° 37-2009-MTC/20 suscrito entre PROVIAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a traves de la Direccion Nacional de Construccion, acordaron que este ultimo efectue la valuacion comercial de los predios afectados por la ejecucion de obras publicas realizadas por PROVIAS NACIONAL; Que, dentro de los alcances del citado Convenio, la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL mediante el Oficio N° 2473-2012-MTC/20.6 remite a la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, 54 expedientes individuales correspondientes a bienes afectados por la

ITEM

CODIGO CHO-NVA-001/CHONTA-001 CHO-NVA-002/CHONTA-002 CHO-NVA-006/CHONTA-006 CHO-NVA-014/CHONTA-014 CHO-NVA-015/CHONTA-015

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