Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 130

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de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que seran de aplicacion por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion N° 015-2009-SUNASSGRT se iniciaron los procedimientos de aprobacion de la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion y de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L.; Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1, se ha cumplido con: i) publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolucion que aprueba la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion, asi como los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; ii) realizar la audiencia publica correspondiente el 11 de MORDAZA de 2014, y iii) elaborar la propuesta final de formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion que seran aplicadas por EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. en el quinquenio regulatorio 2015­2020 y de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluacion de los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasion de la audiencia publica); Que, sobre la base del estudio tarifario, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion, asi como los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. y disponer la constitucion del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, se ha previsto en la formula tarifaria, recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma; Segun lo dispuesto por el articulo 20 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Regulacion Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesion del 9 de diciembre de 2014; HA RESUELTO: Articulo 1°.- Aprobar las metas de gestion que debera cumplir EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. en el quinquenio regulatorio 2015-2020, asi como los mecanismos de evaluacion de su cumplimiento, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 1 de la presente resolucion. Articulo 2°.- Aprobar la formula tarifaria que aplicara EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. durante el quinquenio regulatorio 2015-2020, asi como sus condiciones de aplicacion, de acuerdo con lo especificado en el Anexo Nº 2 de la presente resolucion. Articulo 3°.- Aprobar la estructura tarifaria correspondiente al quinquenio regulatorio 2015-2020 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L., conforme al detalle contenido en el Anexo Nº 3 de la presente resolucion. Articulo 4°.- Disponer la creacion de un fondo para financiar las inversiones a ejecutarse con recursos internamente generados por EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L., el cual solo podra ser utilizado para tal fin. Si se comprobara un uso distinto, la SUNASS comunicara este hecho al titular de las participaciones representativas del capital social y a la Contraloria General de la Republica. En el Anexo N° 4 de la presente resolucion se establecen los porcentajes que mensualmente y en cada uno de los anos del quinquenio regulatorio debera destinar EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. al referido fondo. Dichos porcentajes se calcularan sobre la base de los ingresos totales facturados por los servicios de agua potable y alcantarillado de la referida empresa, incluido el

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promocion Municipal. Articulo 5°.- Aprobar los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 5 de la presente resolucion. Articulo 6°.- A partir del MORDAZA ano del quinquenio regulatorio 2015-2020, EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. debera reservar mensualmente, para la gestion del riesgo de desastres, el 1.6% de sus ingresos totales facturados por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promocion Municipal. Para tal efecto, EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. debera abrir una cuenta en el sistema bancario para el deposito de los recursos provenientes de esta reserva, los cuales deberan destinarse exclusivamente a los fines del presente articulo. Si se comprobara un uso distinto, la SUNASS comunicara este hecho al titular de las participaciones representativas del capital social y a la Contraloria General de la Republica. Articulo 7°.- El inicio del ano regulatorio y la aplicacion de la estructura tarifaria aprobada se consideraran a partir del inicio del primer ciclo de facturacion posterior a la entrada en vigencia de la presente resolucion. Articulo 8°.- La presente resolucion, su exposicion de motivos y los anexos Nos. 2, 3 y 5 deberan publicarse en el diario oficial El Peruano. Los Anexos Nos. 1, 4 y el estudio tarifario final se publicaran en la pagina web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Articulo 9°.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOMIY MORDAZA Presidente Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS I. SUSTENTO TECNICO DE LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE GESTION Y COSTOS MAXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. El estudio tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria contiene el analisis tecnico con la propuesta de la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion aplicables a EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. para el quinquenio regulatorio 20152020. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotacion e inversion eficientes de la empresa, que figuran en el citado estudio tarifario, el cual comprende basicamente los aspectos contemplados en el Anexo Nº 2 del Reglamento General de Tarifas 1. Asimismo, se ha evaluado la propuesta final de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que seran aplicados por EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. Dicha evaluacion ha sido elaborada sobre la base de la cantidad y rendimientos de los recursos identificados por la EPS, asi como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el MORDAZA local y los costos de personal incurridos por la empresa.

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Aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. Aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 0092007-SUNASS-CD.

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