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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (31/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 130

El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543624 de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 015-2009-SUNASS- GRT se iniciaron los procedimientos de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L.; Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1, se ha cumplido con: i) publicar en el diario ofi cial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; ii) realizar la audiencia pública correspondiente el 11 de julio de 2014, y iii) elaborar la propuesta fi nal de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. en el quinquenio regulatorio 2015–2020 y de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública); Que, sobre la base del estudio tarifario, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. y disponer la constitución del fondo para fi nanciar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, se ha previsto en la fórmula tarifaria, recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma; Según lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 9 de diciembre de 2014; HA RESUELTO: Artículo 1°.- Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. en el quinquenio regulatorio 2015-2020, así como los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 1 de la presente resolución. Artículo 2°.- Aprobar la fórmula tarifaria que aplicará EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. durante el quinquenio regulatorio 2015-2020, así como sus condiciones de aplicación, de acuerdo con lo especifi cado en el Anexo Nº 2 de la presente resolución. Artículo 3°.- Aprobar la estructura tarifaria correspondiente al quinquenio regulatorio 2015-2020 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L., conforme al detalle contenido en el Anexo Nº 3 de la presente resolución. Artículo 4°.- Disponer la creación de un fondo para fi nanciar las inversiones a ejecutarse con recursos internamente generados por EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L., el cual sólo podrá ser utilizado para tal fi n. Si se comprobara un uso distinto, la SUNASS comunicará este hecho al titular de las participaciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República. En el Anexo N° 4 de la presente resolución se establecen los porcentajes que mensualmente y en cada uno de los años del quinquenio regulatorio deberá destinar EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. al referido fondo. Dichos porcentajes se calcularán sobre la base de los ingresos totales facturados por los servicios de agua potable y alcantarillado de la referida empresa, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal. Artículo 5°.- Aprobar los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 5 de la presente resolución. Artículo 6°.- A partir del quinto año del quinquenio regulatorio 2015-2020, EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. deberá reservar mensualmente, para la gestión del riesgo de desastres, el 1.6% de sus ingresos totales facturados por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal. Para tal efecto, EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. deberá abrir una cuenta en el sistema bancario para el depósito de los recursos provenientes de esta reserva, los cuales deberán destinarse exclusivamente a los fines del presente artículo. Si se comprobara un uso distinto, la SUNASS comunicará este hecho al titular de las participaciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República. Artículo 7°.- El inicio del año regulatorio y la aplicación de la estructura tarifaria aprobada se considerarán a partir del inicio del primer ciclo de facturación posterior a la entrada en vigencia de la presente resolución. Artículo 8°.- La presente resolución, su exposición de motivos y los anexos Nos. 2, 3 y 5 deberán publicarse en el diario ofi cial El Peruano. Los Anexos Nos. 1, 4 y el estudio tarifario fi nal se publicarán en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Artículo 9°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS I. SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE GESTIÓN Y COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. El estudio tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. para el quinquenio regulatorio 2015- 2020. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión eficientes de la empresa, que figuran en el citado estudio tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos contemplados en el Anexo Nº 2 del Reglamento General de Tarifas1. Asimismo, se ha evaluado la propuesta fi nal de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicados por EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. Dicha evaluación ha sido elaborada sobre la base de la cantidad y rendimientos de los recursos identifi cados por la EPS, así como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el mercado local y los costos de personal incurridos por la empresa. 1 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. 1 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009- 2007-SUNASS-CD.