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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (31/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 132

El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543626 7. Lagunas facultativas primaria y secundaria 8. Planta de tratamiento de aguas residuales En el caso en que la puesta en operación del proyecto integral se realice por componentes, el incremento tarifario condicionado se otorgará de manera proporcional a los costos de operación y mantenimiento de cada componente; según la evaluación que realice la SUNASS. La EPS deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos para acceder a los referidos incrementos tarifarios ante la Gerencia de Supervisión y Fiscalización de la SUNASS. ANEXO N° 3 ESTRUCTURA TARIFARIA DEL QUINQUENIO REGULATORIO 2015-2020 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. A. ESTRUCTURA TARIFARIA PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOCALIDAD DE AYAVIRI. a. Cargo fi jo (S/. /Mes): 0.950. Se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. b. Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a 10 0.305 10 a más 0.555 Doméstico 0 a 8 0.305 8 a 20 0.555 20 a más 0.836 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 30 0.836 30 a más 1.645 Industrial 0 a más 1.645 Estatal 0 a 50 0.836 50 a más 1.645 c. Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a 10 0.091 10 a más 0.165 Doméstico 0 a 8 0.091 8 a 20 0.165 20 a más 0.249 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 30 0.249 30 a más 0.490 Industrial 0 a más 0.490 Estatal 0 a 50 0.249 50 a más 0.490 El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la estructura tarifaria. d. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 17 27 154 62 112 En el estudio tarifario se establece la forma en que se aplicarán las asignaciones máximas de consumo y la vigencia para cada una de ellas. Para determinar el importe a facturar por el servicio de agua potable a los usuarios de la categoría Doméstico, se le aplicarán las tarifas establecidas a cada nivel de consumo de acuerdo al procedimiento siguiente: 1. Al volumen consumido comprendido dentro del primer rango (0 a 8m3), se le aplicará la tarifa correspondiente a dicho rango. 2. Al volumen consumido comprendido dentro del segundo rango (encima de 8 hasta 20m3), se le aplicará: i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 8 m3 consumidos y ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen en exceso de 8m3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar. 3. Al volumen comprendido dentro del tercer rango (más de 20m3), se le aplicará: i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 8 m3, ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen por encima de 8 m3 hasta 20 m3 y iii) la tarifa correspondiente al tercer rango por el volumen en exceso de 20m3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar. De manera análoga al cálculo del importe a facturar por el servicio de agua potable para los usuarios de la categoría doméstico, se efectuará el cálculo del importe a facturar por el servicio de alcantarillado. El procedimiento metodológico para determinar el importe a facturar por rangos de consumo para la categoría doméstico establecido en los numerales anteriores, también se aplica a las categorías comercial y estatal, empleando sus respectivos rangos de consumo y tarifas, que se detallan en los cuadros de la estructura tarifaria. La EPS dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de los incrementos previstos en la fórmula tarifaria y los reajustes de tarifa por efecto de la inflación tomando como base el IPM. ANEXO N° 5 Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales a aplicar por EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. Có- digo Actividad Uni- dad Especifi cación Costo Directo Unitario S/. A ROTURA Y REPOSICIÓN DE PAVIMENTO Y VEREDA 1 Corte y reapertura de pavimento fl exible – Conexión domiciliaria de agua potable m Para 1.00 m de longitud x 0.40 m de ancho p/tubería DN 15 mm – 25 mm. Asfalto fl exible e=0.05 m. 4.12 2 Corte y reapertura de pavimento fl exible – Conexión domiciliaria de agua potable m Para 1.00 m de longitud x 0.50 m de ancho p/tubería DN 50 mm. Asfalto fl exible e=0.05 m. 5.15 3 Corte y reapertura de pavimento fl exible – Conexión domiciliaria de alcantarillado m Para 1.00 m de longitud x 0.60 m de ancho p/tubería DN 160 mm. Asfalto fl exible e=0.05 m. 6.18