Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2014 (10/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Viernes 10 de enero de 2014

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EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Oficio Nº 419-2013-UNU-OGPyP, de fecha 24 de MORDAZA de 2013; Informe N° 099-2013-DPIDI, de fecha 02 de diciembre; los memorandum Nº 956-2013-DGPU-ANR, de fecha 06 de diciembre de 2013; Nº 1358-2013-SE, de fecha 10 de diciembre de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27293, que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica modificada mediante leyes Nº 28522 y Nº 28802, determina en su articulo 2º numeral 2.1 que quedan sujetos a lo dispuesto en la referida Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, las entidades y empresas del sector publico no financiero de los tres niveles de gobierno, que ejecuten proyectos de inversion con recursos publicos; Que, el numeral 10.1 del articulo 10º de la precitada Ley, senala que la MORDAZA autoridad ejecutiva en cada sector constituye el Organo Resolutivo y que, en concordancia con la normatividad presupuestal vigente, es el principal responsable por el cumplimiento de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y su reglamento; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 003-2011EF/68.01, se aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, Directiva Nº 001-2011EF/68.01, la misma que en su articulo 7º, numeral 4, senala que el precitado organo Resolutivo puede delegar, previa opinion favorable de su Oficina de Programacion de Inversion, la facultad para evaluar y declarar la viabilidad de los proyectos de inversion publica, que se enmarquen en su responsabilidad funcional, a favor de la MORDAZA autoridad de las entidades bajo el ambito de su sector, delegacion que debera realizarse conforme al articulo 38º de la indicada directiva; Que, el articulo 22º de la citada directiva establece determinados niveles minimos de estudios para la declaratoria de viabilidad de los proyectos de inversion publica, correspondiente al nivel "Perfil" montos de inversion que MORDAZA iguales o menores a S/. 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolucion Nº 0591-2011-ANR, se delego a los Rectores de las Universidades Publicas la facultad de evaluar y declarar la viabilidad de sus proyectos de inversion publica hasta por el monto de S/. 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles), solamente si acrediten cumplir con las condiciones minimas establecidas en el articulo 38º de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01; Que, mediante Oficio de Vistos, la Universidad Nacional Ucayali, comunica a la Asamblea Nacional de Rectores que ha cumplido con las condiciones minimas establecidas en el articulo 38º de la Directiva Nº 0012011-EF/68.01, para su evaluacion; Que, mediante Informe de Vistos, la Direccion de Proyectos de Inversion e Infraestructura de la Asamblea Nacional de Rectores comunica que ha evaluado la documentacion aportada por la referida universidad, pudiendo constatar que las mismas cumplen con los requisitos establecidos en el articulo 38º de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, por lo que considera adecuado ampliar la delegacion de facultad para evaluar y declarar la viabilidad de proyectos de inversion publica de la mencionada universidad hasta por el monto de S/. 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante memorandum Nº 1368-2013-SE, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion por la que delegue facultades para evaluar y declarar la viabilidad de proyectos de inversion publica hasta por S/. 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles) a la Universidad Nacional Ucayali; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, Ley Nº 27293, modificatorias y Directivas aplicables del sector, la Ley Nº 23733, Ley Universitaria y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria;

en el informe de la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, en relacion a la creacion y funcionamiento de los programas academicos presentados por la Universidad Cientifica del Sur; Estando a la autorizacion de la Alta Direccion; y, De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Registrar en la Asamblea Nacional de Rectores, las siguientes facultades y carreras que ha implementado la Universidad Cientifica del Sur, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, al haber cumplido con las disposiciones establecidas en el articulo 23º de la Ley Universitaria Nº 23733, siendo aplicable solamente para los ingresantes de los semestres academicos 2008-I hasta el 2013-II: FACULTAD ECONEGOCIOS DE BIOLOGIA MORDAZA Y

MORDAZA de Biologia MORDAZA y Econegocios FACULTAD AMBIENTAL DE INGENIERIA Y GESTION

MORDAZA de Ingenieria y Gestion Ambiental FACULTAD DE INGENIERIA DE NEGOCIOS AGRO - FORESTALES MORDAZA de Ingenieria de Negocios Agro - Forestales FACULTAD DE ADMINISTRACION DE TURISMO SOSTENIBLE Y HOTELERIA MORDAZA de Administracion de Turismo Sostenible y Hoteleria Articulo 2°.- Recomendar a la Universidad Cientifica del Sur, cumplir con el compromiso asumido mediante los Oficios Nos. 045 y 046-SG-UCSUR-2013. Articulo 3°.- Precisar que la creacion y funcionamiento de nuevos programas academicos de pregrado y posgrado debera ser coordinado previamente con la Asamblea Nacional de Rectores, en cumplimiento del articulo 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733. Articulo 4°.Disponer la difusion de la presente resolucion a la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion y a las Areas del Registro Nacional de MORDAZA y Titulos y Carnes Universitarios de la Secretaria General de la Institucion, para los fines que dispone la Ley. Articulo 5°.- Publicar la presente resolucion en la pagina web de la Institucion y en el diario oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 1035331-1

Amplian delegacion de facultades para evaluar y declarar la viabilidad de proyectos de inversion publica al Rector de la Universidad Nacional Ucayali
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1915-2013-ANR MORDAZA, 20 de diciembre de 2013

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