Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2014 (10/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Viernes 10 de enero de 2014

514003
CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 052-99-EM, dispone que a partir del 01 de enero del ano 2000, el pago del Derecho de Vigencia de petitorios, denuncios, concesiones mineras, concesiones de beneficio, de labor general y de transporte, se efectua sobre la base del Padron Minero actualizado al 31 de diciembre de cada ano, el cual es elaborado por el Instituto Geologico, Minero y Metalurgico- INGEMMET, encontrandose automatizado e integrado con una o mas entidades del sistema financiero nacional; Que, mediante informe Nº 0011-2014-INGEMMETDDV/L, la Direccion de Derecho de Vigencia informa que de conformidad con lo establecido en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 084-2007-EM, el Padron Minero Nacional del ejercicio 2014 se ha elaborado en base al estado de la informacion contenida en el Sistema de Derechos Mineros y Catastro ­ SIDEMCAT al 31 de diciembre de 2013, la cual se encuentra referida a los derechos mineros con obligaciones de pago por Derecho de Vigencia y/o Penalidad de los anos 2013 y 2014, informacion generada y actualizada por la Direccion de Concesiones Mineras, Direccion de Catastro Minero, Oficina de Asesoria Juridica, Unidad de Administracion Documentaria y Archivo del INGEMMET, Direccion General de Mineria y Direccion General de Formalizacion Minera del Ministerio de Energia y Minas, Gobiernos Regionales, Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), Activos Mineros S.A.C. y otros; Que, los pagos por Derecho de Vigencia y/o Penalidad se realizan desde el primer dia habil de mes de enero al 30 de junio de cada ano, en las entidades del sistema financiero debidamente autorizadas por el Instituto Geologico, Minero y Metalurgico - INGEMMET, de conformidad con el articulo 39° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, concordante con el 37º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM; Que, por Resolucion de Presidencia Nº 073-2013INGEMMET/PCD del 17 de junio de 2013, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 20 de junio de 2013, se preciso que para el ano 2013, el ultimo dia habil para efectuar los pagos por Derecho de Vigencia y/o Penalidad, fue el 01 de MORDAZA de 2013; Que, los titulares de derechos mineros, deberan pagar el Derecho de Vigencia y/o Penalidad de acuerdo a la extension que figura en el Padron Minero y a su MORDAZA de Pequeno Productor Minero o Productor Minero Artesanal, vigente a la fecha de pago, conforme a lo establecido por el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 029-2001-EM; Que, adicionalmente para la obligacion de la Penalidad; se considera la situacion de las concesiones mineras al 31 de diciembre de 2013, constituida por las hectareas otorgadas o disponibles segun sea el caso, la antiguedad de sus titulos, su condicion de integrantes de una Unidad Economica Administrativa o de una Acumulacion, asi como al hecho de ser producto de un fraccionamiento o division; Que, las deudas vencidas y no pagadas por Derecho de Vigencia y/o Penalidad registradas en el Sistema de Derechos Mineros y Catastro ­ SIDEMCAT respecto a integrantes de Acumulaciones aprobadas y consentidas al 31 de diciembre de 2013, seran asumidas por los titulares de estas, a cuyo efecto se consideraran en la obligacion del Derecho de Vigencia del ano 2014; Que, el Instituto Geologico Minero y Metalurgico a la fecha no cuenta con toda la documentacion generada y/o administrada por algunas de las entidades externas MORDAZA mencionadas, pese a haberla solicitado con la antelacion debida; Que, es conveniente proceder a la oportuna publicacion del Padron Minero Nacional 2014, con cargo a las actualizaciones que se desprendan de la informacion que reciba el INGEMMET con posterioridad a dicha publicacion, referida a la situacion legal de los derechos mineros al 31 de diciembre de 2013; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 25º del articulo 3º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352007-EM, y; Con el visado de Direccion de Derecho de Vigencia y la Oficina de Asesoria Juridica;

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR
Designan funcionaria responsable de remitir ofertas de empleo del Instituto Peruano de Energia Nuclear al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 001-14-IPEN/PRES MORDAZA, 8 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2004-TR, se establecio la obligacion de los Organismos Publicos y Empresas del Estado de remitir sus ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo que tengan previsto concursar, exonerando de dicha obligacion a los cargos de confianza; Que, el articulo 2° de la referida MORDAZA refiere que los organismos publicos y empresas del Estado designaran al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad; Que, mediante Resolucion de Presidencia N° 25713-IPEN/PRES, de fecha 26 de diciembre de 2013, se encarga las funciones de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos a la Srta. MORDAZA Luz MORDAZA Echevarria; De conformidad con los Art. 9º y 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo No. 062-2005-EM; Con el visto de la Directora de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senorita MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, como funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo del Instituto Peruano de Energia Nuclear al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, conforme lo dispone el Decreto Supremo N° 012-2004-TR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PETRICK CASAGRANDE Presidente 1035911-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Autorizan publicacion del Padron Minero Nacional actualizado al 31 de diciembre de 2013
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 007-2014-INGEMMET/PCD MORDAZA, 7 de enero de 2014 VISTO; el Informe Nº 0011-2014-INGEMMET-DDV/L de fecha 07 de enero de 2014, emitido por la Direccion de Derecho de Vigencia;

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