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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2014 (10/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Viernes 10 de enero de 2014 514008 Estas metas son posibles de cumplir institucionalmente siempre que exista un normal desarrollo de labores. Cuarto: Que para el cumplimiento de las metas institucionales que se establezcan para el año en curso, así como para los siguientes ejercicios anuales, resultará imprescindible realizar, en forma inmediata y simultánea, acciones de desarrollo y mejora, o fortalecimiento, del sistema de planeamiento del Poder Judicial, con el propósito de: i) Orientar y articular los esfuerzos a nivel institucional, ii) Priorizar la intervención pública a cargo de este Poder del Estado así como la posterior asignación de recursos; y, iii) Evaluar el accionar institucional e introducir las medidas correctivas pertinentes; resultando necesario efectuar una evaluación integral del actual sistema de planeamiento institucional. Quinto: Que, asimismo, en ese orden de ideas corresponderá a la Gerencia General informar trimestralmente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respecto al avance en el cumplimiento de las metas institucionales; así como deberá elaborar el respectivo informe fi nal de cumplimiento de metas para su evaluación y publicación, en su oportunidad, en el portal electrónico del Poder Judicial. Sexto: Que si bien el Poder Judicial viene realizando un proceso de desconcentración con el objeto de facilitar las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de sus funciones, el cumplimiento de las metas es responsabilidad de la Corte Suprema de Justicia de la República y de todas las Cortes Superiores de Justicia del país, constituyan o no unidades ejecutoras. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 001-2014 de la primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar, en el marco de la Ley N° 30125 - Ley que establece medidas para el fortalecimiento del Poder Judicial, las metas para optimizar la gestión del servicio de justicia correspondiente al año 2014, las que se detallan en documento anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Establecer como prioridad institucional las acciones de desarrollo y mejora, o fortalecimiento, del sistema de planeamiento del Poder Judicial, para cuyo efecto deberá evaluarse en forma integral el actual sistema de planeamiento institucional con miras a su modernización en forma inmediata. Artículo Tercero.- Mediante resolución del Titular del Pliego del Poder Judicial, se realizarán las modifi caciones presupuestarias necesarias que permitan dar cumplimiento a las metas aprobadas. Artículo Cuarto.- La Gerencia General informará trimestralmente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respecto al avance en el cumplimiento de las metas institucionales; así como preparará, en su oportunidad, el respectivo informe fi nal de cumplimiento de metas. Artículo Quinto.- El cumplimiento de las metas es responsabilidad de la Corte Suprema de Justicia de la República y de todas las Cortes Superiores de Justicia del país, constituyan o no unidades ejecutoras. Artículo Sexto.- En cumplimiento del artículo 2° de la Ley N° 30125, Ley que establece medidas para el fortalecimiento del Poder Judicial, el informe de evaluación del cumplimiento de las acciones efectuadas para la optimización del servicio de justicia será publicado en el portal electrónico del Poder Judicial. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente Nota.: El Anexo que forma parte de la presente resolución, está publicado en el Portal Web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe. (Enlace del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, página principal, ícono de Resoluciones Administrativas). 1036146-1 Designan Jueces del Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional y del Tercer Juzgado Penal Nacional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 008-2014-CE-PJ Lima, 7 de enero de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 002-2014-MC-SPN, cursado por la Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales. CONSIDERANDO: Primero. Que la Sala Penal Nacional y los Juzgados Penales Nacionales, en mérito a lo dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 074-2007-CE-PJ, de fecha 4 de abril de 2007, dependen administrativamente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y, por tanto, la designación de los jueces y conclusión de sus funciones; así como la conformación de los colegiados corresponde a este Órgano de Gobierno; teniendo en cuenta sus antecedentes, desempeño en la función jurisdiccional y méritos profesionales. Segundo. Que mediante resolución del 2 de marzo de 2010, se designó al señor Manuel Federico Loyola Florián, Juez Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, como Juez del Tercer Juzgado Penal Supraprovincial. Asimismo, mediante resolución de fecha 26 de enero de 2011, se designó al señor Miguel Armando Quevedo Melgarejo, Juez Especializado Titular del Juzgado Penal Unipersonal de Moyobamba, Corte Superior de Justicia de San Martín, como Juez del Cuarto Juzgado Penal Supraprovincial, el mismo que por Resolución Administrativa N° 150-2012-CE-PJ, de fecha 25 de julio de 2012, se convirtió en Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional. Tercero. Que, al respecto, la Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales solicita a este Órgano de Gobierno la designación del señor Manuel Federico Loyola Florián, actual Juez del Tercer Juzgado Penal Nacional, como Juez del Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional. Cuarto. Que evaluada la petición formulada, y la necesidad del servicio que se presenta a nivel de los Juzgados Penales Nacionales, resulta pertinente disponer la reconformación de los referidos órganos jurisdiccionales. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 009-2014 de la primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; de conformidad con el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Miguel Armando Quevedo Melgarejo, Juez Especializado Penal Titular del Juzgado Penal Unipersonal de Moyobamba, Corte Superior de Justicia de San Martín, como Juez del Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional; debiendo retornar a sus funciones en el mencionado Distrito Judicial. Artículo Segundo.- Designar al doctor Manuel Federico Loyola Florián, Juez Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, y actualmente Juez del Tercer Juzgado Penal Nacional, como Juez del Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional.