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El Peruano Viernes 10 de enero de 2014 514016 SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ampliar la delegación de facultades para evaluar y declarar la viabilidad de proyectos de inversión pública hasta por el monto de S/. 10 000 000.00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles) al Rector de la Universidad Nacional Ucayali, en razón a haber cumplido con las condiciones mínimas establecidas en el artículo 38º de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, Articulo 2°.- Precisar que con la delegación autorizada mediante la presente resolución, se incluye la función de registrar Unidades Formuladoras y de realizar las evaluaciones y registros de los cambios que pudieran producirse durante la fase de inversión, así como aprobar los términos de referencia o plan de trabajo cuando la Unidad Formuladora contrate la elaboración o formule los estudios de preinversión, siempre que se enmarque en la delegación de facultades otorgadas. Articulo 3°.- El Rector de la Universidad Nacional de Ucayali, deberá remitir a la Dirección de Proyectos de Inversión e Infraestructura de la Asamblea Nacional de Rectores y a la Dirección General de Política de Inversiones de Inversión del Ministerio de Economía y Finanzas, copia del proyecto de inversión pública declarado viable en medio magnético, el informe técnico, la respectiva resolución y el formato de declaración de viabilidad. Articulo 4°.- Autorizar a la Dirección de Proyectos de Inversión y de Infraestructura de la Asamblea Nacional de Rectores a realizar evaluaciones anuales de los proyectos de inversión pública declarados viables en aplicación de la delegación autorizada mediante la presente resolución, informando los resultados de la evaluación al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores Articulo 5°.- Precisar que los proyectos de inversión pública que tengan observaciones del Ministerio de Economía y Finanzas o de la Asamblea Nacional de Rectores, que estén pendientes de resolver, continuarán siendo evaluados por la Oficina de Programación de Inversiones de la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo 6°.- Trascribir la presente resolución a la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas y al Rector de la Universidad Nacional de Ucayali. Artículo 7°.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 1035333-1 Declaran que la Universidad Continental ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de programas académicos de pregrado y posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1916-2013-ANR Lima, 20 de diciembre de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nºs. 044, 045 y 074-2013-R/UC, de fechas 03 de junio, 27 de agosto y 23 de setiembre de 2013; informe Nº 213-2013-DGDAC, de fecha 11 de noviembre de 2013; memorando Nº 1280-2013-SE, de fecha 25 de noviembre de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones específi cas e indelegables que están establecidas en los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; asimismo, es atribución de ésta última concordar los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios; Que, por Resoluciones Nº 429-98-CONAFU, de fecha 30 de junio de 1998, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades autorizó el Funcionamiento – CONAFU autorizó el Funcionamiento Provisional de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería con sede en la ciudad de Huancayo, departamento de Junín; y Nº 299-2006-CONAFU, de fecha 07 de setiembre de 2006, le otorga la Autorización Defi nitiva de Funcionamiento a la citada universidad, adecuada al Decreto Legislativo Nº 882, para brindar servicios educativos de nivel universitario en las Carreras Profesionales: Ingeniería Informática, Administración, Marketing y Negocios Internacionales, y Contabilidad; Que, por Resolución Nº 1078-2008-ANR, de fecha 05 de diciembre de 2008, la Asamblea Nacional de Rectores aprobó la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, con sede en la ciudad de Huancayo; Que, mediante Resolución Nº 448-2012-CONAFU, de fecha 05 de setiembre de 2012, el CONAFU, autorizó el cambio de denominación de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería por el de UNIVERSIDAD CONTINENTAL; Que, en cumplimiento del dispositivo legal que se cita en el primer considerando de la presente resolución, el Rector de la Universidad Continental, con sede en la ciudad de Huancayo, eleva los ofi cios de vistos, por los cuales solicita a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y ofi cialización de programas académicos que se han creado en su representada, adjuntando para tal efecto los planes curriculares y actos resolutivos correspondientes: 1. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EMPRESA • Resolución N° 334-2011-CU/UCCI, de fecha 20 de diciembre de 2011, aprueba la creación de las siguientes Escuelas Académico Profesionales: 1.1 Administración y Finanzas 1.2 Administración y Marketing 1.3 Administración y Negocios Internacionales 1.4 Administración y Recursos Humanos • Resolución N° 005-2007-CU/UCCI, de fecha 08 de febrero de 2007, se aprueba la creación de las siguientes Escuelas Académico Profesionales: 1.5 Ciencias y Tecnologías de la Comunicación 1.6 Derecho 1.7 Economía 1.8 Psicología 2. FACULTAD DE INGENIERIA • Resolución N° 005-2007-CU/UCCI, de fecha 08 de febrero de 2007, se aprueba la creación de la siguiente Escuela Académico Profesional: 2.1 Arquitectura 3. ESCUELA DE POSGRADO 3.1 Maestría en Tributación, creada con la Resolución N° 396–2013–CU/UC, de fecha 04 de junio de 2013; Que, mediante el informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación,