Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2014 (29/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Miercoles 29 de enero de 2014

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Que, estando al considerando precedente , se efectuo la inspeccion ocular del predio MORDAZA citado a cargo del Abog MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pinillos e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ambos en representacion de la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal, el primero de los nombrados en calidad de Jefe(e) de la misma, constatandose las coordenadas o vertices del predio, disponiendose la elaboracion de la memoria descriptiva y plano de ubicacionperimetrico en coordenadas UTM PSAD56 por parte de la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal, teniendo como referencia el Certificado de Busqueda Catastral Nº 2013-148808 de fecha 29 de octubre de 2013 que acreditan que este terreno no se encuentra inscrito por no contar con antecedentes e inscripcion registral, otorgado por la Oficina Registral de Chiclayo, concluyendo que el mencionado terreno no esta inscrito en el Registros de predios y no constituye propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas, por lo que es de dominio del Estado, conforme lo establece el art 23 de la Ley Nº 29151, al senalar textualmente " que los predios que no se encuentran inscritos en el Registro de Predios y que no son de propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado", cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdiccion regional al Gobierno Regional MORDAZA, correspondiendo en consecuencia tramitar la primera inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002-SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002-SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004SBN que regula el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado. Estando al Informe Nº 05-2013-GR.LAMB/ORAD-DIATPF de fecha 14/11/2013 emitido por la Abog. MORDAZA MORDAZA Cossio MORDAZA, avalado por el Jefe de la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal, con el visado correspondiente y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº 27783-Ley de Bases de Descentralizacion, el Art. 62º de la Ley Nº 27867-Ley Organica de Gobiernos Regionales; Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion Gerencial General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR y Resolucion Presidencial Nº 2552008-GR.LAMB/PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008 y Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR de fecha 29 de MORDAZA de 2011, que aprueba la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional Lambayeque. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado peruano representado por el Gobierno Regional MORDAZA del predio MORDAZA denominado "Mercado del Pueblo" ubicado entre la Avenida Paseo del Deporte, Avenida Zarumilla, MORDAZA MORDAZA Echenique y Prolongacion Oasis , Sector Pampas El Molino de 15,592,80 m2, constituido por Areas, segun el plano de ubicacion-perimetrico en coordenadas UTM PSAD56 y memoria descriptiva de fecha octubre de 2013 que sustentan la presente Resolucion, teniendo las siguientes medidas perimetricas y colindancias que se detallan a continuacion: "MERCADO DEL PUEBLO" con 15,592,80 m2. POR EL NORTE: Colinda con la prolongacion Av Paseo del Deporte con una longitud entre los vertices 2-3 en linea recta de 109,50 ml POR EL SUR: Colinda con la MORDAZA MORDAZA Echenique con una longitud entre los vertices 1-4 en linea recta de 108,34 ml. POR EL ESTE: Colinda con la Avenida Zarumilla en una longitud entre los vertices 1-2 en linea recta de 142,84 ml. POR EL OESTE: Colinda con Prolongacion Oasis, mediante linea recta conformada por el tramo 3-4 en una longitud de 143,51 ml. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de predio MORDAZA denominado "Mercado del Pueblo"
RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL Nº 785-2013-GR.LAMB/ORAD Chiclayo, 15 de noviembre de 2013 VISTO: El certificado de Busqueda catastral Nº 2013148808 de fecha 29 de octubre de 2013 expedido por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos -SUNARP MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo e Informe Nº 05-2013-GR.LAMB/ORAD-DIATPF; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151-Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-Vivienda; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion con excepcion de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece el Inc. j) del Art. 35º de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralizacion y el Art. 62º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y Art. 18º del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por D.S Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA de 2006, se comunico que el 06 de marzo de 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas y el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion mediante el cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion de este Gobierno Regional, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento al Inc. j) del Art.35º de la Ley 27783-Ley de Bases de Descentralizacion, asi como los Arts. 10º y 62º de la Ley Nº 27867-Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el MORDAZA parrafo del Art. 9º de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales-Ley Nº 29151 establece que los Gobiernos Regionales, respecto a los bienes de propiedad del Estado bajo su administracion en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutaran los actos previstos en el Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº 27783Ley de Bases de Descentralizacion y Art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones; Que, segun el documento del visto, el predio MORDAZA denominado "Mercado del Pueblo" ubicado entre la Avenida del Deporte, Avenida Zarumilla, MORDAZA MORDAZA Echenique y Prolongacion Oasis, Sector Pampas El Molino, distrito y provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA con un area de 15,592,80 m2 no se halla inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble de Chiclayo, siendo necesario iniciar el procedimiento de inscripcion de primera de dominio a nombre del Estado peruano, representado por el Gobierno Regional Lambayeque.

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