Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2014 (08/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Sabado 8 de febrero de 2014

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Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su promulgacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1047739-3

Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- RESTABLEZCASE la vigencia de la Ordenanza Nº 302-MDJM que aprobo el Programa de Vivienda Municipal Mejorando Mi MORDAZA, a partir de la promulgacion del presente Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de la presente MORDAZA, en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusion. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su promulgacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1047739-2

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Aprueban el incentivo denominado "Bono Verde" para los contribuyentes que realizan actividades de segregacion en la fuente de residuos solidos domiciliarios en el distrito
ORDENANZA Nº 391-CDLO Los MORDAZA, 30 de enero de 2014 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Informe Nº 187-2013-MDLO/GSC/SGGA/ JIRARICA encargado de Limpieza Publica; el Informe Nº 1200-2013/MDLO/GSC/SGGA/MCATANO de la Sub Gerencia de Gestion Ambiental, El Informe Nº 583-2013/ MDLO/GSC/SGGA/GCastaneda, el Informe Nº 001952013-MDLO/GR/SGATF/RBENITES de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria y Fiscalizacion, el informe Nº 030-2014-MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; y el Informe Nº 0067-2014-MDLO/SG de Secretaria General y el Dictamen Nº 001-2014-MDLO/CSC de la Comision de Comision de Servicios a la MORDAZA y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, igualmente, el articulo 195º sostiene que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el articulo 1º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece el deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental y de proteger el ambiente asi como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva; Que, el articulo 43º de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, establece que las autoridades sectoriales y municipales estableceran condiciones favorables que directa o indirectamente generan un beneficio economico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimizacion o segregacion de materiales en la fuente para su reaprovechamiento, entre otros; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057 2004-PCM, senala; que la municipalidad tanto provincial como distrital es responsable por la gestion y manejo de los residuos de origen domiciliario comercial y aquellos similares a estos originados por otras actividades, correspondiendo, como municipalidad distrital asumir lo dispuesto en el numeral 2 incisos a), b), c), d), e), f) y g); Que, el articulo 7º de la Ley Nº 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, senala que los gobiernos locales implementan programas de incentivos a la segregacion en la fuente, los cuales pueden incluir compensacion a los contribuyentes a traves de la reduccion del pago de tarifas o la entrega de bienes o servicios a menos costo o de forma gratuita, como parte de programas de certificacion ambiental de empresas o instituciones en general;

Restituyen la vigencia de la Ordenanza Nº 223-MDJM que aprobo el Programa de Fomento de la Conservacion del Ornato de la MORDAZA denominado "Renovemos MORDAZA Maria"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2014-MDJM MORDAZA MORDAZA, 17 de enero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO, el Memorando Nº 045-2014-MDJM-GDU de fecha 16 de enero del 2014, remitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 223-MDJM, modificada por las Ordenanzas Nº 250, 257 y 268-MDJM, se aprobo, y modifico sucesivamente, el Programa de Fomento de la Conservacion del Ornato de la MORDAZA denominado "Renovemos MORDAZA Maria", a traves del cual la corporacion MORDAZA, brinda apoyo con mano de obra para el pintado de fachadas, dirigido a los edificios debidamente registrados ante la Gerencia de Rentas y que tengan una antiguedad de construccion superior a los 20 anos; Que, con Ordenanza Nº 410-MDJM, se suspendio temporalmente la vigencia de la Ordenanza Nº 223MDJM, en tanto no se habiliten mayores recursos para su Ejecucion facultandose a la Alcaldia para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las medidas necesarias para el debido cumplimiento de la presente MORDAZA, asi como el restablecimiento o suspension de la presente Ordenanza, de acuerdo a los informes tecnico, presupuestal y legal correspondientes; Que, mediante Memorandum Nº 032-2014-MDJMGPP, de fecha 10 de enero del 2014 la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, senala que existe disponibilidad presupuestal para la ejecucion del Programa Municipal "Renovemos MORDAZA Maria" por un monto de s/. 300,000.00. Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- RESTITUYASE la vigencia de la Ordenanza Nº 223-MDJM que aprobo el Programa de Fomento de la Conservacion del Ornato de la MORDAZA denominado "Renovemos MORDAZA Maria", a partir de la promulgacion del presente Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de la presente MORDAZA, en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusion.

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