Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (08/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 70

El Peruano Sábado 8 de febrero de 2014 516460 “Artículo 6.- (…) 6.9 En los predios ubicados con frente a la Avenida Cayetano Heredia cuadra 10 lado impar; se establezca UN (01) estacionamiento por cada unidad de vivienda, complementada obligatoria y adicionalmente de estacionamientos para visitas, en un 15% del total requerido, los cuales deberán formar parte de las áreas comunes del edifi cio.”. Artículo Segundo.- MODIFÍQUESE los Artículos 8 y 9 de la Ordenanza Nº 378-MDJM, los mismos que tendrán el siguiente texto: “Artículo 8.- APRUEBESE el Plano que determina las Vías Expresas, Vías Colectoras, Vías Arteriales y Vías Locales (Avenidas, Jirones, Calles y Pasajes), consideradas en el Anexo 2 que forma parte de la presente Ordenanza”. “Artículo 9.- APRUEBESE el Cuadro Resumen de los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, correspondiente a la altura de edifi cación y a la dotación de estacionamientos para los predios ubicados con frente a Vías Expresas, Vías Colectoras, Vías Arteriales y Vías Locales en el Distrito de Jesús María”. Artículo Tercero.- INCORPÓRESE el Cuadro Resumen (Anexo l), que complementa el Cuadro Resumen aprobado mediante Ordenanza Nº 378-MDJM, correspondiente a la altura de edifi cación y a la dotación de estacionamientos para los predios ubicados con frente a Vías Locales en el Distrito de Jesús María. Artículo Cuarto.- RATIFICASE la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 384-MDJM en donde se establece las normas contenidas en las Ordenanzas Nº 241, 261, 293, 319, 378, 384, 396, 412 y 426; siempre que no se oponga a la presente Ordenanza, son de aplicación obligatoria en todo el ámbito del distrito. Artículo Quinto.- Las normas no contenidas en el presente la Ordenanza se regirán por el Reglamento Nacional de Edifi caciones y las Ordenanzas específi cas vigentes emitidas por la Municipalidad Distrital de Jesús María. Artículo Sexto.- PUBLÍCASE el texto de la presente Ordenanza en el diario ofi cial El Peruano; y, el íntegro del Anexo 2 a que se refi ere el Artículo 8 modifi cado por el Artículo 2 y el Anexo l incorporado por el Artículo 3 de la presente Ordenanza en el Portal Electrónico de la Municipalidad: www.munijesusmaria.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE; www. psce,gob.pe. Artículo Sétimo.- ENCÁRGASE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 1047739-6 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 423-MDJM que aprobó beneficios para el pago de deudas tributarias y administrativas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2014-MDJM Jesús María, 17 de enero del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; VISTO, el Memorando N° 037-2014-MDJM-GR de fecha 16 de enero del 2014; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Ordenanza Nº 423-MDJM, se aprobó la Ordenanza que estableció benefi cios que incentivan el pago de los tributos municipales y las multas tributarias y administrativas; Que, el artículo 10 faculta al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la referida Ordenanza así como para disponer su prórroga; Que, mediante Decretos de Alcaldía N° 30, 32 y 36-2013-MDJM, del 02, 13 y 27 de diciembre del 2013 respectivamente, se amplió sucesivamente la vigencia de la Ordenanza Nº 423-MJM; Que, resulta necesario ampliar el plazo de la Ordenanza, a fi n de que un mayor número de vecinos, pueda dar cumplimiento a la totalidad de sus obligaciones; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el inciso 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGASE, hasta el lunes 31 de marzo del 2014 la vigencia de la Ordenanza Nº 423- MDJM. Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente norma, en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 1047739-1 Restablecen la vigencia de la Ordenanza Nº 302-MDJM que aprobó el Programa de Vivienda Municipal Mejorando Mi Quinta DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2014-MDJM Jesús María, 17 de enero del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTO, el Memorando Nº 029-2014-MDJM-GDU de fecha 13 de enero del 2014, remitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 302-MDJM, se aprobó el Programa de Vivienda Municipal Mejorando Mi Quinta, a través del cual la Municipalidad de Jesús María, brinda apoyo con mano de obra para el pintado de fachadas, mejoramiento de servicios de agua, desagüe y energía eléctrica de las áreas comunes de las Quintas con una construcción no menor a los 40 años; Que, mediante Ordenanza Nº 411-MDJM se dispuso suspender temporalmente hasta el 31 de marzo del 2014 la vigencia de la Ordenanza Nº 302-MDJM, en tanto no se habiliten mayores recursos para su ejecución; facultándose al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas necesarias para el debido cumplimiento de la presente norma, así como el restablecimiento o suspensión de la presente Ordenanza, de acuerdo a los informes técnico, presupuestal y legal correspondientes; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorándum Nº 0032-2014/MDJM-GPP de fecha 10 de enero del 2014; señala que existe disponibilidad presupuestal para la ejecución del Programa de Vivienda Municipal Mejorando Mi Quinta, por un monto de S/. 300,000.00;