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El Peruano Sábado 8 de febrero de 2014 516466 se establecen benefi cios para el procedimiento de regularización de edifi cación dentro del distrito de Lurigancho – Chosica. Que, el Gerente de Obras Privadas mediante Informe Nº 015-2014/VVA-GOPRI-MDLCH, solicita se amplíe el plazo de vigencia Ordenanza Nº 195-MDLCH, hasta el 28 de febrero de 2014, en virtud a la Sexta Disposición Final de la misma. Que, teniendo en cuenta que muchos de los vecinos de nuestro distrito, por diversas circunstancias, no han podido acogerse a la Ordenanza Nº 195-MDLCH y atendiendo a una necesidad de garantizar la seguridad de las edifi caciones en la jurisdicción se requiere la ampliación del plazo de vigencia de la citada Ordenanza; y, Estando a mérito de lo expuesto, con aprobación de la Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- AMPLIAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 195-MDLCH, hasta el 28 de febrero de 2014. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Obras Privadas el cumplimiento del presente Decreto. Tercero.- DISPONER la difusión del presente dispositivo a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica para su publicación en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1048025-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Establecen disposiciones para la celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2014-MPC-AL Callao, 31 de enero de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: Vistos: el Informe Nº 099-2013-MPC-GGSSC-GRC de fecha 16 de Diciembre de 2013, de la Gerencia de Registros Civiles y el Memorando Nº 008-2014-MPC- GGSSC de fecha 09 de Enero del 2014, de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de visto la Gerencia de Registros Civiles y la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales proponen la realización del I Matrimonio Civil Comunitario 2014, teniendo en cuenta que debido a la situación económica que atraviesa el país, muchas parejas domiciliadas en la Provincia Constitucional del Callao, no pueden asumir el costo de un matrimonio privado, sin embargo desean formalizar su unión de hecho; Que, es política de esta Comuna fortalecer la institución familiar promoviendo la formalización de las uniones de hecho y otorgando facilidades a las parejas para la celebración del matrimonio civil; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 002-2014 del 14 de enero del 2014, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dispuesto la exoneración del pago de derechos administrativos por concepto de trámite matrimonial, examen prenupcial y dispensa de publicación de Edicto a los contrayentes que participen del I Matrimonio Civil Comunitario 2014, programado para el mes de febrero del presente año; Estando a lo expuesto, con la visación de la Gerencia de Registros Civiles, Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación y Gerencia Municipal, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer, la celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2014, para el día 14 de febrero del 2014, exonerando a los contrayentes del pago de derechos administrativos por concepto de trámite matrimonial, examen prenupcial y dispensa de publicación de Edicto. Artículo Segundo.- Establecer como únicos requisitos para participar en el Matrimonio Civil Comunitario, los siguientes: - Partida de nacimiento original y actualizada de los contrayentes. - D.N.I. vigente de los contrayentes en original y fotocopia. - D.N.I. vigente de dos testigos en original y fotocopia (no familiares). - Declaración jurada del estado civil de los contrayentes. - Declaración jurada del domicilio de los contrayentes. - Examen Médico prenupcial que se realizará en la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales y a la Gerencia de Registros Civiles el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 1047665-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Exoneran el pago por derecho de Licencia de Conducir de Vehículos Menores (motocicletas lineales) establecidos en el TUPA a favor de diversas autoridades, para uso exclusivo del servicio de patrullaje motorizado y seguridad ciudadana de la jurisdicción de la provincia de Cañete ORDENANZA Nº 032-2013-MPC Cañete, 13 de diciembre del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, visto el Dictamen Nº11-2013- CPEA-MPC de fecha 30 de Octubre del 2013 de la Comisión de Planifi cación, Economía y Administración, sobre exoneración de pago por derecho de licencias de conducir de vehículos menores, a favor de los efectivos de la Policía Nacional del Perú de la Provincia de Cañete, así como al Personal de Seguridad Ciudadana, Serenazgo e Inspectores de Transporte, que conducen unidades de sus