Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2014 (09/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA 9 de febrero de 2014

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POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de enero de 2014, Memorandum Nº 068-2014-GM/MDR de fecha 15 de enero de 2014 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 02-2014-GR-MDR de fecha 15 de enero de 2014 de la Gerencia de Rentas, Informe 055-2014-GAJMDR de fecha 17 de enero de 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica, respecto del proyecto de Ordenanza que establece la MORDAZA de Declaracion Jurada para los contribuyentes de Asentamientos Humanos ubicados en la jurisdiccion del distrito del Rimac; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, corresponde al Concejo Municipal la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral a) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna; Que, los Articulos 8º y 9º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 1332013-EF, senala que es contribuyente aquel que realiza o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligacion tributaria y responsable aquel que, sin tener la condicion de contribuyente, debe cumplir la obligacion atribuida a este; Que, asimismo el articulo 41º del citado Codigo Tributario, senala que excepcionalmente, los Gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que de conformidad con el inciso a) del 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo 156-2004EF, los contribuyentes estan obligados a presentar Declaracion Jurada anualmente, el ultimo dia habil del mes de febrero, salvo que el municipio establezca una prorroga, que del mismo cuerpo legal se desprende el inciso c) que senala los contribuyentes estan obligados a presentar Declaracion Jurada cuando asi lo determine la Administracion Tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fin; Que, de otro lado, la Ordenanza Nº 351-2013-MDR publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 29 de noviembre de 2013, establece el procedimiento para la Visacion de Planos para la obtencion de Servicios Basicos y la obtencion de MORDAZA de Posesion Especial para el tramite de suministro de servicios de luz, agua y desague en Asentamientos Humanos, ubicados en el distrito del Rimac; Que, ademas la referida Ordenanza en su articulo tercero, establece las condiciones indispensables para la identificacion de las Ampliaciones de los Asentamientos Humanos consolidados; Que, en ese MORDAZA de ideas la Gerencia de Rentas dentro de su politica fiscal y atendiendo a la realidad socioeconomica de nuestros contribuyentes, que tienen predios en los Asentamientos Humanos ubicados en la jurisdiccion del distrito del MORDAZA, presenta el proyecto de Ordenanza estableciendo que los mencionados contribuyentes efectuen la inscripcion de sus predios ante esta Corporacion Municipal, otorgandoseles MORDAZA de facilidades, a fin de promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, al respecto es necesario precisar que la expedicion de la presente Ordenanza, no se contrapone con lo establecido en la Ordenanza Nº 351-2013-MDR mencionada anteriormente, la cual se regula por su propio procedimiento, condiciones y requisitos establecidos en ella; Que mediante Informe Nº 055-2014-GAJ-MDR de fecha17 de enero de 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, se pronuncia favorablemente respecto de la viabilidad de aprobar la ordenanza que establece la MORDAZA de Declaracion Jurada para los contribuyentes de Asentamientos Humanos ubicados en la jurisdiccion

regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones, estableciendo las escala de multas en funcion a la gravedad de la falta, asi como la imposicion de las sanciones no pecuniarias. Que, mediante Ordenanza Nº 167-2009-MDPH, se aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Punta MORDAZA, el mismo que mediante tecnica remisiva se sujeta a lo regulado en la Ordenanza Nº 984-MML, MORDAZA Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas derivadas de la Funcion Fiscalizadora de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, asi como sus normas complementarias y modificatorias. Que, mediante informe Nº 011-2014-OR-MDPH, la jefa de Rentas manifiesta que a la fecha en el Distrito de Punta MORDAZA existen establecimientos comerciales que carecen del certificado de defensa civil y/o INDECI, en tal sentido y con la finalidad de impulsar y brindar celeridad al procedimiento sancionador propone realizar la modificacion del Cuadro que establece la tipificacion y escala de multas de la Municipalidad de Punta Hermosa. Que, el primer parrafo del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; asimismo el articulo 9º inciso 8) de la misma MORDAZA, senala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos. Que, el presente proyecto de Ordenanza, se rige bajo el MORDAZA de Autonomia Municipal, de acuerdo al Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972.

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 167-2009-MDPH QUE APROBO EL REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA.
Articulo Primero.- Modificar el Cuadro que establece la tipificacion y escala de multas administrativas de la Municipalidad de Punta MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 167-2009, quedando redactado de la siguiente manera:
CODIGO DESCRIPCION Carecer del Certificado 05-0108 expedido por defensa civil y/o INDECI PROCEDIMONTO DE MEDIDA COMPLEMIENTO PREVIO LA MULTA MENTARIA Clausura hasta que regularice la conducta infractora.

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DISPOSICIONES FINALES
Primero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y demas areas en cuanto a su competencia, el Cumplimiento de la presente ordenanza. Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

1048030-3

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Establecen la obligacion de presentar Declaracion Jurada del Impuesto Predial respecto de predios ubicados en Asentamientos Humanos del distrito
ORDENANZA Nº 366-2013-MDR
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA

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