Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2014 (09/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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ORDENANZA QUE ESTABLECE AMNISTIA AL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS
Articulo Primero.- Aprobar el descuento del 50% de papeletas de infraccion de vehiculos menores motorizados y no motorizados que se encuentren pendientes de pago a la fecha de vigencia de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza tendra como vigencia a partir de la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transporte, el cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNUI MORDAZA

El Peruano MORDAZA 9 de febrero de 2014

Articulo Segundo.- La presente Ordenanza tendra como vigencia a partir de la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano, con una duracion de 30 dias desde su publicacion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transporte el cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNUI MORDAZA

1048053-1

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Establecen beneficio de descuento en el pago de Arbitrios Municipales 2014 para pensionistas propietarios de predios dedicados a MORDAZA - habitacion
ORDENANZA Nº 402-MDB
Barranco, 30 de enero del 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 012-2014-SGFyAT-MDB de fecha 13 de Enero del 2014 emitido por la Sub Gerencia de Fiscalizacion y Administracion Tributaria; El Informe Nº 012-2014-GAJ-MDB de fecha 15 de enero del 2014, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; El Informe Nº 008-2014-GAT-MDB, de fecha 15 de enero del 2014, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria; El Memorandum Nº 49-2014-GM/MDB, de fecha 21 de enero del 2014, emitido por la Gerencia Municipal; y el DICTAMEN 003-2014-CEAP-MDB, de fecha 23 de Enero del 2014 emitido por la Comision de Economia, Administracion y Planeamiento, respecto del Proyecto de Ordenanza que establece el Beneficio de Descuento del 50% en los Arbitrios Municipales del 2014 para los pensionistas propietarios en el distrito de Barranco; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, segun el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru y desarrollado en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion, y con los limites que senala la ley; Que, el Concejo Municipal, es sensible a la necesidad de consolidar las politicas de gestion tributaria, considerando pertinente apoyar el desarrollo, bienestar y proteccion al grupo de contribuyentes pensionistas propietarios de la jurisdiccion de Barranco; Estando a lo expuesto, y ejerciendo las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME de sus miembros y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, ha emitido la siguiente:

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Aprueban descuentos por derecho de pago al permiso de operacion y derecho de paradero por unidad de transporte de las Asociaciones de Anconeteros reconocidas por la Municipalidad
ORDENANZA Nº 281-2013-MDA
Ancon, 11 de diciembre del 2013 VISTO: El proyecto de ordenanza de servicio en transporte de vehiculos motorizados y no motorizados presentado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transporte, fecha 22 de Noviembre del 2013. CONSIDERANDO Que, el MORDAZA parrafo del articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece que "Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley". Que, mediante informe Nº 267A-2013-EDT/GDU de fecha 15 de Noviembre del 2013, el encargado de transporte refiere que las dos Asociaciones de Anconeteros Cristo Morado y Asociacion de Anconeteros Servicio a Pedal de Ancon, solicitan renovacion de permiso de operacion y de paradero analizando la situacion de MORDAZA asociaciones el servicio que brindan es por la temporada de MORDAZA aprovechando la visita de veraneantes al distrito pero en invierno baja los ingresos debido a que no hay concurrencia de visitantes al Distrito. Es por este motivo que el encargado de transporte sugiere que se haga una amnistia que va a permitir el pago del 50% por concepto de derecho de paradero por unidad de cada asociado de las dos asociaciones que se encuentran formalizadas en la Municipalidad de Ancon. Es politica de esta gestion municipal, otorgar facilidades a las personas juridicas de transporte menor motorizado y no motorizado para que cumplan con los pagos pendientes, para ello, se ha visto conveniente elaborar el presente proyecto de ordenanza, que tiene como finalidad realizar una amnistia que permita cumplir dicho fin. Que contando con el Informe favorable de la oficina de Asesoria Legal, se aprobo por Unanimidad la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE AMNISTIA AL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS Articulo Primero.- Aprobar el descuento del 50% por derecho de pago al Permiso de Operacion por persona juridica y asimismo el descuento del 50% por derecho de paradero por unidad de las Asociaciones de Anconeteros que estan reconocidas por la Municipalidad de Ancon.

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE DESCUENTO DEL 50% EN LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2014 PARA LOS PENSIONISTAS PROPIETARIOS EN EL DISTRITO DE BARRANCO Articulo Primero.- Beneficio para Pensionistas Propietarios Los pensionistas propietarios, a nombre propio o de la sociedad conyugal, ocupantes de un solo predio que este

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