Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2014 (09/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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el Contratista solicitara la MORDAZA Ampliacion de Plazo, encontrandose a esa fecha aprobada la primera ampliacion de plazo y en tramite de aprobacion de la MORDAZA ampliacion de plazo, tramite que finalmente determino la Resolucion de Contrato y como consecuencia afrontar un MORDAZA Arbitral mediante el cual el Gobierno Regional MORDAZA se vio economicamente perjudicado. De este modo el precitado procesado ha incumplido con sus obligaciones establecidas en el Manual de Organizacion y Funciones de la Sede Gobierno Regional MORDAZA, aprobado con Resolucion de Gerencia General Regional Nº 068-2013-GR.LAMB/GGR, del 3.3.2003 y modificatorias, Funciones Especificas: e) Dirigir y Supervisar ejecucion de proyectos y obras de inversion"; "h) Evaluar y Supervisar las actos administrativos la Unidades Organicas a su cargo". 2) Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Sub Gerente de Supervision y Liquidaciones (Periodo 03.07.2003 al 27.07.2007), por las deficiencias en sus acciones de supervision de la obra en referencia, al no haber adoptado acciones concretas que hubieran permitido los correctivos necesarios respecto a las variaciones en el perfil litologico encontrado en obra con el establecido en el Expediente Tecnico, limitandose a otorgar ampliaciones de plazo improductivos, sin criterio tecnico y haberse requerido la opinion del Proyectista despues que el contratista solicitara la MORDAZA Ampliacion de Plazo, encontrandose a esa fecha aprobada la primera ampliacion de plazo y en tramite de aprobacion la MORDAZA ampliacion de plazo, tramite que finalmente determino la Resolucion de Contrato y como consecuencia afrontar un MORDAZA Arbitral mediante el cual el Gobierno Regional MORDAZA se vio economicamente perjudicado, incumpliendo, de este modo, con sus obligaciones establecidas en el Manual de Organizacion y Funciones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado con Resolucion de Gerencia General Regional Nº 068-2003-GR.LAMB/GGR, del 3.3.2003 y modificatorias, Funciones Especificas: "c) Inspeccionar y evaluar el desarrollo de las acciones de supervision (...) en la ejecucion de tos proyectos de inversion publica (...)", "f) Evaluar el cumplimiento de tas actividades que desarrollan tos profesionales y tecnicas de la Sub Gerencia". 3) Ing. MORDAZA MORDAZA PINELLA MORDAZA, en su condicion de responsable de la revision del Expediente Tecnico "Perforacion del MORDAZA Tubular El Virrey - Olmos" por haber dado conformidad al referido expediente a pesar de que presentaba imprecisiones en las caracteristicas tecnicas del Equipo de Perforacion a utilizar, como lo es establecer la potencia del mismo; asimismo, en su condicion de ex Inspector de Obra, por no haber velado por la correcta ejecucion de la obra y el cumplimiento del Contrato, al haber permitido la utilizacion de un Equipo de Perforacion inadecuado y no haberse adoptado acciones concretas que permita los correctivos necesarios, debido a las variaciones en el perfil litologico encontrado respecto del establecido en el Expediente Tecnico limitandose a otorgar ampliaciones de plazo improductivos, sin criterio tecnico y haberse requerido la opinion del Proyectista despues que el contratista solicitara la MORDAZA Ampliacion de Plazo, encontrandose a esa fecha aprobada la primera ampliacion de plazo y en tramite de aprobacion la MORDAZA ampliacion de tramite que finalmente determino la Resolucion de Contrato y como consecuencia afrontar un MORDAZA Arbitral mediante el cual el Gobierno Regional MORDAZA se vio economicamente perjudicado, incumpliendo, de este modo, con sus obligaciones establecidas en el Manual de Organizacion y Funciones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado con Resolucion de Gerencia General Regional Nº 063-2008-GR.LAMB/GGR, del 3.3.2003 y modificatorias, Funciones Especificas en lo relacionado a "Supervisar la ejecucion (...) obras de proyectos de inversion publica bajo sus diversas modalidades para el desarrollo de la Infraestructura Regional, teniendo en cuenta los dispositivos legales" y "Otras que se le asigne". Que, ademas los funcionarios/servidores MORDAZA mencionados, han incumplido con lo dispuesto en el Articulo 21º del Capitulo IV de (as Obligaciones, prohibiciones y derechos de los servidores, inc. a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, respecto a cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico y conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno; incurriendo de este modo en presunta falta disciplinaria tipificada en el Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases

El Peruano MORDAZA 9 de febrero de 2014

de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico: "Son faltas de caracter disciplinaria que, segun su gravedad, pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitucion, previo MORDAZA administrativo: a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento; ... d) La negligencia en el desempeno de las funciones...". OBSERVACION Nº 02: INDECISIONES DE SUPERVISOR DE OBRA Y NIVEL GERENCIAL EN LA EJECUCION DE LA OBRA OCASIONARON EL PAGO DE MAYORES GASTOS GENERALES POR SI. 1,638121 NUEVOS SOLES. Durante la ejecucion de la Obra: "Ampliacion y Equipamiento del Centro Salud Morrope" correspondiente al Programa de Inversiones del Ejercicio Fiscal 2006, cuya meta consistia en la construccion de un Centro Obstetrico, desde el inicio de obra se presentaron dificultades para su ejecucion, esto es, se observo la presencia de un cerco perimetrico en mal estado y en peligro de colapsar, el cual se encontraba ubicado adyacente y paralelo al eje A de la edificacion a construirse, debiendose realizar por ello excavaciones para cimentacion en una longitud de 18 metros, cuyo suelo es de textura arenosa, obligando la aprobacion de un Presupuesto Adicional para realizar los trabajos de demolicion del referido cerco perimetrico, situacion que determino disminuir el ritmo de los trabajos y posterior a su demolicion poder ejecutar, los trabajos de excavacion para (a ejecucion de las partidas de instalaciones sanitarias (tendido de tuberias y MORDAZA de registro de desague), motivando por ello otorgar una ampliacion de plazo de 15 dias calendarios a favor del Contratista, originando la obligacion de reconocer mayores gastos generales por el importe de S/. 1,638.21 Nuevos Soles, incluido IGV. Que, de acuerdo con lo expuesto en el parrafo precedente, es evidente que los hechos descritos se originaron por la falta de una adecuada Supervision de Obra, al no haberse tomado en cuenta la necesidad de la ejecucion de una prestacion adicional en forma oportuna. Asimismo, esta situacion motivo que mediante Resolucion de Gerencia Regional Nº397-2006-GR.LAMBIGRIN del 20.12.2006, se aprobara la Ampliacion de Plazo Nº 02 por 15 dias calendarios originando con ello un reconocimiento y pago de Mayores Gastos Generales por el monto de S/. 1,638.21 Nuevos Soles, incluido IGV. Que, de la revision y analisis del Informe del Organo de Control Institucional y el Informe Nº006-2013-GR.LAMB/ CEPADF 02 de fecha 11.12.2013, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Funcionarios Nº 02, se ha identificado, que en este extremo de las observaciones del "Examen Especial a las Obras Publicas ejecutadas durante el Periodo Enero 2004 a Junio 2007", esto es, durante la ejecucion de la obra "Ampliacion y Equipamiento del Centro de Salud Morrope", le asiste presunta responsabilidad administrativa funcional respecto del siguiente personal comprendido en el Regimen Laboral Publico - Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico": 1) Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional MORDAZA (Periodo del 12.03.2003 al 08.01.2007), quien suscribio la Resolucion de Aprobacion de la Ampliacion de Plazo, con reconocimiento de Mayores Gastos Generales, en la ejecucion de la obra "AMPLIACION Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE SALUD MORROPE", no existiendo evidencia que MORDAZA adoptado acciones para determinar las responsabilidades a que hubiere lugar y para el recupero de los mayores gastos generales pagados por la suma de S/.1,638.21 Nuevos Soles, incluido IGV; incumpliendo sus obligaciones establecidas en el Manual de Organizacion y Funciones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado con Resolucion de Gerencia General Regional Nº 068-2003-GR.LAMB/GGR, del 3.11.2003 y modificatorias, Funciones Especificas: "e) Dirigir y Supervisar la ejecucion de proyectos y obras de inversion"; "h) Evaluar y supervisar los actos administrativos de las Unidades Organicas c su cargo". 2) Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S/PION, en su condicion de Sub Gerente de Supervision y Liquidaciones (Periodo 03.07.2003 al 27.07.2007), al no haber tomado en cuenta la necesidad de requerir la aprobacion de la prestacion Adicional de Obra en forma oportuna, que motivo la aprobacion de la Ampliacion de Plazo y el reconocimiento de mayores gastos generales por la suma de S/. 1,638.21 Nuevos Soles, incluido IGV, en la ejecucion de la obra

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