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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (09/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

El Peruano Domingo 9 de febrero de 2014 516539 Artículo Segundo.- APROBAR los porcentajes de descuento de incentivos tributarios a partir de la fecha de publicación de la presente norma hasta el 30 de Abril 2014, por la suscripción de convenio de fraccionamiento de deudas tributarias que mantengan los contribuyentes en la instancia administrativa, de acuerdo al cronograma que se detalla: FECHA DE SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO DE FRACCIONAMIENTO % DE DESCUENTO Intereses y Ajustes A partir del día siguiente de la Publicación de la Ordenanza hasta el 28/02/2014 80% Del 01/03/2014 al 31/03/2014 70% Del 01/04/2014 al 30/04/2014 60% Artículo Tercero.- OTORGAR el incentivo tributario de descuento de los intereses moratorios, su capitalización, a las costas y gastos administrativos a los contribuyentes que se les ha declarado la pérdida de la opción de pago por medio de Convenio de Fraccionamiento estando estas en la instancia administrativa o cobranza coactiva, para lo cual se aplicará la gradualidad de descuento de la siguiente manera, por el pago al contado de su deuda que se encuentre dentro del convenio de fraccionamiento declarado en perdida: % DE DESCUENTO PAGO AL CONTADO Fecha de Pago Convenios declarados en Pérdida en la Instancia Administrativa Convenios declarados en Pérdida en Cobranza Coactiva Intereses y Ajustes Intereses y Ajustes Costas y Gastos Coactivos A partir del día siguiente de la Publicación de la Ordenanza hasta el 28/02/2014 90% 80% 60% Del 01/03/2014 al 31/03/2014 70% 50% 40% Del 01/04/2014 al 30/04/2014 50% 30% 30% Artículo Cuarto.- OTORGAR la exoneración total por el pago de la Multa Tributaria determinada y/o notifi cada por todo procedimiento de fi scalización tributaria que realice la Gerencia de Rentas a través de las Sub Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización establecidos en el Numeral 3 del artículo 176º del TUO del Código Tributario, siempre y cuando el contribuyente cumpla con los siguientes parámetros de inclusión: - Que el contribuyente no mantenga deudas tributarias por el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el 31 de Diciembre del 2013, a la fecha de la determinación y notifi cación de la carpeta de fi scalización con sus respectivos valores tributarios por sub valuación de predios. - Que el pedido de exoneración de la Multa Tributaria por sub valuación sea solicitado dentro de los 30 días calendarios de haber recepcionado la carpeta de determinación de fi scalización por sub valuación de predios. - La exoneración del pago de la Multa Tributaria por la no presentación de la declaración jurada de autovalúo para aquellos contribuyentes que en forma voluntaria cumplieron con la presentación de la referida declaración hasta el 31 de Diciembre 2013, así como con la cancelación al contado o vía convenio de fraccionamiento de sus deudas tributarias hasta el ejercicio 2013. Siempre y cuando cancelen al contado sus deudas tributarias. Los incentivos no inhiben la obligación del contribuyente de cumplir con la formalidad de la presentación de la declaración jurada de autovalúo para actualización de datos al momento de realizar la cancelación de su deuda o la suscripción del convenio de fraccionamiento tributario de la misma. Artículo Quinto.- ENTIÉNDASE que los benefi cios conferidos en la presente Ordenanza corresponden a la condonación de los intereses, su capitalización, multas tributarias y costas y gastos procesales, ya sea que las deudas se encuentren en cobranza ordinaria o coactiva. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y FISCALIZACIÓN, a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SUB GERENCIA DE DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE SOFTWARE su debida implementación en el Sistema de Información Municipal Integrado – SIMI, a la SECRETARIA GENERAL su publicación y a la GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión y comunicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1048041-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Establecen cuadro de Comisiones Permanentes de Regidores ORDENANZA Nº 258-2014-MDPH Punta Hermosa, 09 de enero del 2014 EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la propuesta presentada por el señor Alcalde, para la aprobación del cuadro de Comisiones Permanentes de Regidores y el Cuadro de sus integrantes para el año fi scal 2014. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, y el artículo 2 del título preliminar de la ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de los límites establecidos por la ley. Que, de conformidad con el numeral 15 del artículo 09 de la ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal constituir Comisiones Ordinarias y Especiales conforme a su reglamento; Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 5 del Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades, indica que es atribución y obligación del Concejo Municipal, Integrar, Concurrir y Participar en las sesiones de Comisiones Ordinarias y Especiales que determine el Reglamento Interno de Concejo y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el Concejo Municipal. Que, en uso de las facultades conferidas por el numeral 15 del artículo 9 de la ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por UNANIMIDAD, de los miembros del Concejo Municipal, ha dado la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN NUEVOS CUADROS DE COMISIONES DE REGIDORES Y CONFORMACIÓN RESPECTIVA Artículo 1º.- ESTABLECER el siguiente cuadro de Comisiones Permanentes de Regidores, la misma que quedará conformada de la siguiente manera: