Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2014 (09/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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La Secretaria Tecnica desempena las siguientes funciones: · Organizar y Dirigir el servicio administrativo del Consejo Regional de Productos Organicos de MORDAZA ­ COREPO MORDAZA en cumplimiento de los acuerdos adoptados, reportando lo actuado al Presidente del referido Consejo. · Convocar al Consejo Regional de Productos Organicos de MORDAZA ­ COREPO MORDAZA, por encargo del Presidente del Consejo, o a pedido de por lo menos un MORDAZA de los miembros que asi lo requieran. El Consejo Regional de Productos Organicos de MORDAZA ­ COREPO MORDAZA sesiona por lo menos cada tres meses. · Ejecutar los acuerdos adoptados por el Consejo Regional de Productos Organicos de MORDAZA ­ COREPO Cajamarca. · Otras que le encargue el Consejo Regional de Productos Organicos de MORDAZA ­ COREPO Cajamarca. Quinto.- ENCARGAR a la Direccion Regional de Agricultura que comunique a la CONAPO que los representantes del Consejo Regional de Productos Organicos MORDAZA ­ COREPO MORDAZA que han sido elegidos, son los que estan indicados en el articulo MORDAZA de la presente ordenanza. Sexto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Setimo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca. gob.pe). Octavo.- La presente ordenanza regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los cinco dias del mes de noviembre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

El Peruano MORDAZA 9 de febrero de 2014

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Incorporan procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo y por el Archivo Regional MORDAZA en el MORDAZA del Gobierno Regional MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2013-GR.CAJ-CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en el articulo 191º concordante con el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal;

Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8º precisa; la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 15º literal a, senala que es una atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en este sentido el articulo 38º senala que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgacion en un plazo de 10 dias naturales; y, el articulo 45º establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de Descentralizacion y demas Leyes de la Republica; el literal a, del articulo acotado senala que es funcion normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboracion y aprobacion de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con el articulo 4º literales a y b de la Ley Nº 27902, Ley que modifica la Ley Organica de Gobiernos Regionales; El MORDAZA, constituye un documento de gestion institucional, que uniformiza, reduce, simplifica y establece el tramite, procedimientos y costos para acceder a los procedimientos y servicios exclusivos que requieran los usuarios de las entidades publicas, la ley dispone que las entidades publicas elaboren, aprueben y publiquen este importante documento de gestion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 104-2008MINCETUR/DM, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprueba la relacion de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales de Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante Ordenanza Regional Nº10-2012GR.CAJ-CR, se incluye en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Gobierno Regional MORDAZA, la Relacion de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo - Cajamarca; Que, con Resolucion Ejecutiva Regional Nº 281-2005GR.CAJ/P, del 30 de setiembre del 2005 se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Archivo Regional MORDAZA el mismo que fue modificado mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 034-2008GR.CAJ/P de fecha 23 de enero de 2008, sobre la base de las acciones de sustentacion tecnica y legal que se efectuo ante la Presidencia de Consejo de Ministros PCM; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el articulo 37º (Contenido del Texto Unico de Procedimientos Administrativos), senala que: "Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobacion, segun el caso, de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, (...). El articulo 38º (Aprobacion y difusion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos), prescribe en el numeral 38.1 El Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la MORDAZA de MORDAZA nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolucion del Titular de organismo constitucionalmente MORDAZA, segun el nivel de gobierno respectivo (...); Que, la Ley 29060, Ley del Silencio Administrativo, en el articulo 9º Inexigibilidad de requisitos no establecidos en el MORDAZA, senala que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 36º parrafo 36.2 de la Ley Nº 27444, solamente podra exigirse a los administrados el cumplimiento de los procedimientos o requisitos administrativos que se encuentren previamente establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, no pudiendo requerirse procedimiento, tramite, requisito u otra informacion, documentacion o pago que no consten en dicho Texto, bajo responsabilidad del funcionario o servidor publico que los exija, aplicandosele las sanciones establecidas en los articulos 4º y 5º; Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, precisa en su articulo 16º los procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales que forman parte de los Gobiernos Regionales

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