Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2014 (09/02/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

516538
Tercera.- Conformar el Comite de Trabajo, que estara presidido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, actuando como miembros las Gerencias de: Rentas, Secretaria General a traves de Sub Gerencia de Comunicacion Institucional, Desarrollo Economico, Participacion Vecinal y Desarrollo Comunal y, de Tecnologia y la Informacion, para que en conjunto den fiel cumplimiento al desarrollo y ejecucion de los alcances de la presente ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Cuarta.- Encargar a Secretaria General a traves Sub Gerencia Comunicacion Institucional, la difusion de la presente Ordenanza en coordinacion con la Gerencia de Rentas. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los cinco dias del mes de febrero del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA

El Peruano MORDAZA 9 de febrero de 2014

1048086-1

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Establecen Incentivos Tributarios por pago de deudas tributarias vencidas, multas y otros
ORDENANZA Nº 390-CDLO
Los MORDAZA, 30 de enero de 2014 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Informe Nº 00009-2014/MDLO/GR/SGATF/ RBENITES de fecha 07 de enero de 2014; El Memorandum Nº 00001-2014-MDLO/GR y el Informe Nº 00002-2014MDLO/GR, el Informe Nº 00005-2014-MDLO/GR/EC/ KGARAY; el Informe Nº 00020-2014/MDLO/GAJ de fecha 13 de enero de 2014, el Proveido Nº 206-2014/GM de Gerencia Municipal y el Informe Nº 0034-2014-MDLO/SG de Secretaria General y el Dictamen Nº 002-2014-MDLO/ CEP de la Comision de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de los Gobiernos Locales otorgandoles potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; por ello el Concejo Municipal cumple una funcion normativa a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 74º, 191º inciso 4 del 195º e inciso 4 del articulo 200º, de la Constitucion Politica del Peru; Que, el tributo constituye la denominacion generica, el mismo que comprende a los Impuestos, las Contribuciones, las Tasas y dentro de estas ultimas tenemos a los Arbitrios, los Derechos y las Licencias; en virtud de la autonomia y facultad delegada en los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas se establece el regimen tributario municipal y se conceden beneficios tributarios, fijandose la Tasa de Interes Moratorio ­ TIM tomando como base la fijada por la SUNAT, sin que exceda de ella; por ello los intereses moratorios se aplican diariamente desde el dia siguiente a la fecha de vencimiento del tributo hasta la fecha de pago inclusive, multiplicando el monto del tributo impago por la TIM diaria vigente. La TIM diaria vigente resulta de dividir la TIM vigente entre treinta (30). Para ello debemos de senalar que la obligacion tributaria es el vinculo entre el acreedor ­ Municipalidad de Los MORDAZA ­ y el deudor tributario ­ los contribuyentes ­, teniendo como objeto el cumplir la prestacion tributaria, caso contrario es exigida

coactivamente. Dentro de dicha facultad tiene la capacidad de aprobar la Tasa de Interes Moratorio TIM aplicable para aquellos tributos que administran, tomando como base la TIM fijada por la Superintendencia de Administracion Tributaria ­ SUNAT. Dicha obligacion nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley como generador de la obligacion de hacer (declarar) o dar (pagar); Que, la condonacion es uno de los medios mediante los cuales se extingue la obligacion tributaria, la deuda tributaria esta constituida por el tributo, las multas y los intereses moratorios por el pago extemporaneo del tributo, el aplicable a las multas y el que se aplica a los aplazamientos o fraccionamientos de pago. Cuyo pago corresponde a los deudores tributarios o a sus representantes. Los pagos se imputan en orden de prelacion en primer lugar al interes moratorio, luego al tributo y luego a la multa, siendo facultad de deudor el indicar el tributo, la multa y el periodo por el cual realiza el pago, por ello facultad excepcional de los Gobiernos Locales el condonar con caracter general el interes moratorio, respecto de los tributos que administramos y en el caso de las tasas alcanza la misma tambien al tributo; de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA II y IV del Titulo Preliminar, en concordancia con lo dispuesto en los articulos 1º, 2º, inciso 3) del 27º, 28º 31º, 33º y 41º, del Decreto Supremo Nº 133-2013-EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que, mediante Ordenanza Nº 386-CDLO, aprobada el 31 de octubre del 2013, se otorgaban los incentivos por cancelar al contado o fraccionado deudas tributarias vencidas hasta el ejercicio 2013, multas tributarias por MORDAZA extemporanea de la declaracion jurada de autoavaluo o por procesos de fiscalizacion por subvaluacion de predios, ordenanza que se encontraba vigente hasta el 31 de diciembre del 2013; Que, es politica de la Municipalidad de Los MORDAZA el otorgar amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion al contado de sus deudas pendientes por concepto de tributos Municipales e incentivar a los contribuyentes a que cumplan con sus obligaciones tributarias; Que, atendiendo al interes publico la Municipalidad de Los MORDAZA conforme a lo dispuesto en la MORDAZA IV del TUO del Codigo Tributario, encuentra conveniente y de manera excepcional otorgar la exoneracion parcial y/o total de las Multas Tributarias que han sido determinadas por el incumplimiento en la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Actualizacion de Datos exigida en los ejercicios del 1997 al 2013, conforme lo preve el articulo 41º del precitado cuerpo legal; Estando a lo expuesto y de conformidad a las atribuciones conferidas por el Inc. 8 y 9 del articulo 9º y el Art. 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobo la siguiente:

ORDENANZA Nº 390-CDLO QUE ESTABLECE INCENTIVOS POR CANCELAR AL CONTADO DEUDAS TRIBUTARIAS VENCIDAS HASTA EL EJERCICIO 2013, MULTAS TRIBUTARIAS POR MORDAZA EXTEMPORANEA DE LA DECLARACION JURADA DE AUTOVALUO O POR PROCESOS DE FISCALIZACION POR SUBVALUACION DE PREDIOS
Articulo Primero.- OTORGAR el incentivo tributario de descuento del 100% de los intereses moratorios, su capitalizacion y de las costas y gastos administrativos de las deudas en cobranza ordinaria y coactiva a partir de la publicacion de la presente MORDAZA hasta el 30 de MORDAZA del 2014, en los siguientes casos: 1. Cuando el contribuyente cancele dentro del plazo de vigencia de la presente Ordenanza al contado como minimo dos (2) anos adeudados consecutivos o aleatorios de acuerdo a la prelacion de la deuda. 2. Cuando el contribuyente cancele al contado los tributos vencidos de un mismo ejercicio o aleatorio. 3. Cuando el contribuyente cancele al contado los tributos vencidos, siempre y cuando estas MORDAZA las unicas deudas pendientes de pago. Los incentivos MORDAZA descritos se aplicaran para las deudas que se encuentren tanto en la cobranza ordinaria como en cobranza coactiva.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.