Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2014 (14/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014

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MORDAZA PARA TODOS S.A.C., mediante los cuales solicita autorizacion como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la conversion de vehiculos de las categorias M1, M2 y M3 en el local ubicado en la Asoc. de Vivienda Parq. Ind. Las Palmeras Mz. A Lt. 42-43, Sector Carretera a Cieneguilla Km. 11, Distrito de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, mediante Parte Diario Nº 181397 de fecha 07 de diciembre de 2013 la empresa denominada AUTO MORDAZA PARA TODOS S.A.C., con RUC Nº 20477800808, en adelante La Empresa, solicita autorizacion para funcionar como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la conversion de vehiculos de las categorias M1, M2, M3, N1, N2, N3, L3 a L5, en el local ubicado en la Asoc. de Vivienda Parq. Ind. Las Palmeras Mz. A Lt. 42-43, Sector Carretera a Cieneguilla Km. 11, Distrito de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, con la finalidad de realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion; Que, mediante Oficio Nº 8415-2013-MTC/15.03 de fecha 23 de diciembre de 2013 y notificado el 30 de diciembre de 2013, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Partes Diarios Nºs 004707, 004691 y 004897 todos de fecha 08 de enero de 2014, La Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio citado en el parrafo precedente. Asimismo, en el Parte Diario Nº 004897, La Empresa indica que su solicitud esta dirigida a obtener autorizacion como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular - GNV para la conversion de vehiculos de las categorias M1, M2 y M3; Que, de acuerdo al Informe Nº 108-2014-MTC/15.03. AA.vh, elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 del articulo 6º de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa AUTO MORDAZA PARA TODOS S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la conversion de vehiculos de las categorias M1, M2 y M3; De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de

General senala: "El acto administrativo que otorga beneficio al administrado se entiende eficaz desde la fecha de su emision,..."; Que, considerando que la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 2141-2013-MTC/15.03. AA.vh, concluye que al aplicar la citada MORDAZA constitucional al caso de autos, la empresa denominada MORDAZA GAS GNV S.A.C., cumple con los dos supuestos senalados en la Constitucion Politica del Peru, ya que no existe Ley que impida que un taller de conversion a Gas Natural Vehicular - GNV autorizado pueda modificar los terminos de su Resolucion Directoral de autorizacion, en tal sentido, resulta viable atender el requerimiento formulado por la citada empresa; Que, los preceptos contenidos en los numerales 1.2 MORDAZA del debido procedimiento, 1.7 Presuncion de veracidad, 1.9 Celeridad y 1.13 Simplicidad, del articulo IV de La Ley, senala que constituyen los fundamentos procedimentales sobre los cuales se resuelve la solicitud del administrado; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; y, De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - Ley Nº 29370 y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por Resolucion Directoral Nº 7150-2006MTC/15, la cual regula el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a GNV y de los Talleres de Conversion a GNV; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar la autorizacion como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular - GNV de la empresa MORDAZA GAS GNV S.A.C. otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 2913-2010-MTC/15 (modificada por Resolucion Directoral Nº 3733-2012-MTC/15), cambiando el domicilio de su local a una nueva direccion ubicada en: Av. MORDAZA Meiggs Nº 2013 ­ Mz. I1 ­ Lt. 12 PJ. Miraflores Alto, Distrito de Chimbote, Provincia del MORDAZA y Departamento de Ancash. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1037130-1

Autorizan a Auto MORDAZA Para Todos S.A.C. como taller de conversion a gas natural en local ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 319-2014-MTC/15 MORDAZA, 27 de enero de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs 181397, 004707, 004691 y 004897 presentados por la empresa denominada AUTO

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