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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (17/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Lunes 17 de febrero de 2014 517141 Aprueban modificación de los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 062-2014-EF/43 Lima, 14 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, se reguló la contratación de profesionales altamente calificados para ocupar puestos en las entidades públicas del Poder Ejecutivo. Asimismo, a través del Decreto Supremo 016-2012-EF se aprobó el Reglamento de la citada Ley; Que, conforme al artículo 19 del referido Reglamento la conformidad del servicio que sustente la procedencia del pago correspondiente, se efectúa de acuerdo al Formato F, según indiquen los Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial. Igualmente, el artículo 20 del mismo Reglamento establece que el pago de la contraprestación del personal altamente calificado se efectivizará de acuerdo a los Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial; Que, con Resolución Ministerial Nº 283-2012-EF/43 se aprobaron los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley Nº 29806”; Que, sin embargo, mediante Decreto Supremo Nº 026-2014-EF, se modificó el Reglamento de la Ley Nº 29806, aprobado con Decreto Supremo Nº 016- 2012-EF, por lo que resulta necesario modificar los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley Nº 29806”, aprobados con Resolución Ministerial Nº 283-2012-EF/43, a efectos de su adecuación a las nuevas disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 026-2014-EF; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones; en el Decreto Supremo Nº 016-2012-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29806, y sus modificatorias; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Resolución Ministerial Nº 223-2011- EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modifi cación de los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público”, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, publicar el Anexo aprobado con el artículo 1 de la presente resolución, en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1051359-2 Aprueban normas complementarias para la mejor aplicación del Decreto Supremo N° 023-2014-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 064-2014-EF/43 Lima, 14 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2014- EF, y de conformidad con lo establecido en el artículo 52º de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y la Centésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se establecieron los montos mínimos y máximos correspondientes a la Compensación Económica de los funcionarios públicos a que se refiere el literal c) del artículo 52 de la Ley N° 30057; Que, tal y como se señala en el quinto considerando de dicho Decreto Supremo, el establecimiento de los montos de la Compensación Económica de los funcionarios públicos de libre designación y remoción constituye el inicio de la implementación progresiva de la Ley Nº 30057; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del propio Decreto Supremo establece que corresponde al titular del sector respectivo proponer el monto de la Compensación Económica de los titulares, adjuntos, presidentes y miembros de los órganos colegiados, de libre designación y remoción, secretarios generales que no sean de Ministerios, pero que por ley expresa tengan dicha jerarquía, dentro de los rangos señalados en el Anexo que forma parte de dicho Decreto Supremo; Que, resulta necesario establecer los criterios que, los titulares a los que se refi ere el considerando anterior, deberán tener en consideración al momento de determinar los montos señalados en el mismo; así como que, se requiere regular complementariamente algunos aspectos vinculados a lo establecido en el referido Decreto Supremo, con la fi nalidad de precisar sus alcances o la forma en la que ello debe ejecutarse; Que, para dicho efecto, el artículo 4º del mismo Decreto Supremo dispone que el Ministro de Economía y Finanzas podrá emitir normas complementarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en el mismo; De conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 023-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las normas complementarias para la mejor aplicación del Decreto Supremo Nº 023-2014-EF, que obran en el Anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- El Anexo de la presente Resolución Ministerial se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial y su anexo entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1051360-1 ENERGIA Y MINAS Rectifican error material incurrido en el artículo 2 de la R.M. Nº 365-2013- MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 065-2014-MEM/DM Lima, 13 de febrero de 2014 VISTO: El Informe Nº 065-2014-DGE-DCE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 365- 2013-MEM/DM, publicada el 11 de setiembre de 2013,