Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2014 (17/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Lunes 17 de febrero de 2014

517141
CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2014EF, y de conformidad con lo establecido en el articulo 52º de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y la Centesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se establecieron los montos minimos y maximos correspondientes a la Compensacion Economica de los funcionarios publicos a que se refiere el literal c) del articulo 52 de la Ley N° 30057; Que, tal y como se senala en el MORDAZA considerando de dicho Decreto Supremo, el establecimiento de los montos de la Compensacion Economica de los funcionarios publicos de libre designacion y remocion constituye el inicio de la implementacion progresiva de la Ley Nº 30057; Que, la Primera Disposicion Complementaria Final del propio Decreto Supremo establece que corresponde al titular del sector respectivo proponer el monto de la Compensacion Economica de los titulares, adjuntos, presidentes y miembros de los organos colegiados, de libre designacion y remocion, secretarios generales que no MORDAZA de Ministerios, pero que por ley expresa tengan dicha jerarquia, dentro de los rangos senalados en el Anexo que forma parte de dicho Decreto Supremo; Que, resulta necesario establecer los criterios que, los titulares a los que se refiere el considerando anterior, deberan tener en consideracion al momento de determinar los montos senalados en el mismo; asi como que, se requiere regular complementariamente algunos aspectos vinculados a lo establecido en el referido Decreto Supremo, con la finalidad de precisar sus alcances o la forma en la que ello debe ejecutarse; Que, para dicho efecto, el articulo 4º del mismo Decreto Supremo dispone que el Ministro de Economia y Finanzas podra emitir normas complementarias para la mejor aplicacion de lo dispuesto en el mismo; De conformidad con lo establecido en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 023-2014-EF; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar las normas complementarias para la mejor aplicacion del Decreto Supremo Nº 023-2014-EF, que obran en el Anexo que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2.- El Anexo de la presente Resolucion Ministerial se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3.- La presente Resolucion Ministerial y su anexo entran en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1051360-1

Aprueban modificacion de los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 062-2014-EF/43 MORDAZA, 14 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29806, Ley que regula la contratacion de personal altamente calificado en el Sector Publico y dicta otras disposiciones, se MORDAZA la contratacion de profesionales altamente calificados para ocupar puestos en las entidades publicas del Poder Ejecutivo. Asimismo, a traves del Decreto Supremo 016-2012-EF se aprobo el Reglamento de la citada Ley; Que, conforme al articulo 19 del referido Reglamento la conformidad del servicio que sustente la procedencia del pago correspondiente, se efectua de acuerdo al Formato F, segun indiquen los Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial. Igualmente, el articulo 20 del mismo Reglamento establece que el pago de la contraprestacion del personal altamente calificado se efectivizara de acuerdo a los Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial; Que, con Resolucion Ministerial Nº 283-2012-EF/43 se aprobaron los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico en el MORDAZA de la Ley Nº 29806"; Que, sin embargo, mediante Decreto Supremo Nº 026-2014-EF, se modifico el Reglamento de la Ley Nº 29806, aprobado con Decreto Supremo Nº 0162012-EF, por lo que resulta necesario modificar los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico en el MORDAZA de la Ley Nº 29806", aprobados con Resolucion Ministerial Nº 283-2012-EF/43, a efectos de su adecuacion a las nuevas disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 026-2014-EF; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29806, Ley que regula la contratacion de personal altamente calificado en el Sector Publico y dicta otras disposiciones; en el Decreto Supremo Nº 016-2012-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29806, y sus modificatorias; y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 223-2011EF/43; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la modificacion de los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico", conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, publicar el Anexo aprobado con el articulo 1 de la presente resolucion, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1051359-2

ENERGIA Y MINAS
Rectifican error material incurrido en el articulo 2 de la R.M. Nº 365-2013MEM/DM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 065-2014-MEM/DM MORDAZA, 13 de febrero de 2014 VISTO: El Informe Nº 065-2014-DGE-DCE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 3652013-MEM/DM, publicada el 11 de setiembre de 2013,

Aprueban normas complementarias para la mejor aplicacion del Decreto Supremo N° 023-2014-EF
RESOLUCION MINISTERIAL N° 064-2014-EF/43 MORDAZA, 14 de febrero de 2014

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