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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (17/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Lunes 17 de febrero de 2014 517143 Que, mediante Ofi cio N° 1157-2012-MEM/DGE del 19 de setiembre de 2012, la DGE comunicó a Luz del Sur S.A.A. que luego de analizar su solicitud consideraba factible encargar la licitación de los proyectos: Subestación 220kV Nueva Lurín, Línea de Transmisión 60 kV Nueva Lurín – Las Praderas y Línea de Transmisión 60 kV Nueva Lurín – Lurín; y, para tal fi n, le solicitó la presentación del expediente técnico correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el acápite VI.2) del literal d) del artículo 139º del RLCE; Que, mediante Ofi cio Nº 1430-2012-MEM/DGE del 20 de noviembre de 2012, la DGE comunicó al COES la solicitud efectuada por Luz del Sur S.A.A. y su respuesta a la misma, señalando que la licitación del proyecto sería encargada a Proinversión, y por su parte el COES, en su informe COES/DP-01-2013: “Informe de Diagnóstico de las Condiciones Operativas del SEIN, Periodo 2015- 2024”; incluyó como parte del programa de obras de transmisión la Subestación Nueva Lurín 220 kV, y sus líneas de enlace asociadas, estimado que su ingreso al sistema se efectuará en el mes de julio del año 2015; Que, mediante comunicación GPO.13.404 del 21 de agosto de 2013 Luz del Sur S.A.A. presentó el Expediente Técnico de la Subestación Nueva Lurín 220/60 kV, del enlace en 220 kV a la línea Chilca - San Juan y de las líneas de enlace en 60 kV a las subestaciones existentes Lurín y Las Praderas; Que, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Decreto ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 2 de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica, el Servicio Público de Electricidad es de utilidad pública, por lo que es de interés público y responsabilidad del Estado asegurar el abastecimiento oportuno y efi ciente del suministro eléctrico para el Servicio Público de Electricidad; En ejercicio de las funciones contenidas en los incisos a), b) y c) del artículo 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y en el inciso h) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION), la conducción del proceso de licitación necesario, hasta la adjudicación de la Buena Pro, del Proyecto “Subestación Nueva Lurín 220/60 kV y Líneas de Enlace en 220 kV y 60 kV”. Artículo 2.- La Dirección General de Electricidad proporcionará a PROINVERSIÓN la información que esta Entidad considere pertinente, a efectos de ejecutar el encargo contenido en el artículo anterior. PROINVERSIÓN efectuará las coordinaciones necesarias con la Dirección General de Electricidad, para el debido cumplimiento de los numerales 21.2 y 21.3 del artículo 21 del Reglamento de Transmisión. Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 1051097-1 Oficializan el “VI Foro de Estaciones de Servicios 2014”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2014-MEM/DM Lima, 13 de febrero de 2014 VISTO: El pedido del GRUPO PERÚ EVENTS, de fecha 17 de diciembre de 2013, suscrito por la Directora, señora Nora Santillán, a efectos que se ofi cialice el “VI FORO DE ESTACIONES DE SERVICIOS 2014”; REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN