Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2014 (17/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Lunes 17 de febrero de 2014

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asi como el registro del Prospecto MORDAZA correspondiente, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, en la misma fecha, se inscribieron de forma automatica los valores denominados "Primer Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru ­ Primera Emision", hasta por un monto MORDAZA de S/. 100´000,000.00 (Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles), asi como el registro del Complemento del Prospecto MORDAZA correspondiente, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, respecto de los valores denominados "Primer Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru ­ Primera Emision", se ha verificado la cancelacion total de las obligaciones derivadas de los mismos; Que, el articulo 37º, inciso b), de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, y los articulos 20º numeral 20.6 y 23º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, aprobado por Resolucion SMV Nº 031-2012-SMV/01 y sus normas modificatorias (en adelante, Reglamento), establecen que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores tiene lugar por resolucion fundamentada de la Superintendencia del MORDAZA de Valores cuando opere la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, de otro lado, el articulo 38º de la Ley del MORDAZA de Valores y el articulo 32º del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 009-2006-EF/94.10, y sus normas modificatorias (en adelante, Reglamento OPA), disponen que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de realizar una oferta publica de compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados "Primer Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru ­ Primera Emision" a que se contrae la presente Resolucion, se encuentra dentro de la causal de excepcion para la realizacion de una Oferta Publica de Compra, de acuerdo a lo establecido por el articulo 23º del Reglamento y por el articulo 37º, inciso a), del Reglamento OPA; Que, el articulo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el articulo 20º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, asi como por el articulo 46º, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la exclusion de los valores denominados "Primer Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru ­ Primera Emision" del Registro Publico del MORDAZA de Valores a cargo de la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV. Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los valores senalados en el articulo anterior del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a Scotiabank Peru S.A.A., en su calidad de emisor; al Banco de Credito del Peru, en su calidad de representante de los

sujecion a lo dispuesto por el articulo 25º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10 y sus normas modificatorias y complementarias, y por el articulo 29º de dicho Reglamento, de ser el caso. Asimismo, se debera cumplir con presentar a la Superintendencia del MORDAZA de Valores la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º del mencionado Reglamento. La colocacion de los valores se podra efectuar en un plazo improrrogable que no excedera de tres (3) anos contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, siempre y cuando los plazos del programa y del tramite anticipado no hayan culminado. Articulo 4º.- La inscripcion y el registro al que se refieren los articulos precedentes no implican que la Superintendencia del MORDAZA de Valores recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 6º.- Transcribir la presente resolucion a Scotiabank Peru S.A.A, en su calidad de emisor y agente estructurador; al Banco de Credito del Peru, en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a Scotia Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a CAVALI S.A. ICLV, y; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas 1048228-1

Disponen exclusion de los valores denominados "Primer Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru Primera Emision" del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 019-2014-SMV/11.1 MORDAZA, 11 de febrero de 2014 El Intendente General de Supervision de Conductas VISTOS: El Expediente Nº 2014002800, asi como el Informe Interno Nº 80-2014-SMV/11.1 de fecha 10 de febrero de 2014, de la Intendencia General de Supervision de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, el 27 de enero de 2014, Scotiabank Peru S.A.A. solicito a la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A., a traves del sistema de Ventanilla Unica, la exclusion de los valores mobiliarios denominados "Primer Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru ­ Primera Emision", del Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, por amortizacion total de las obligaciones derivadas de los mismos; Que, el 23 de enero de 2008, mediante procedimiento de aprobacion automatica, se inscribio el "Primer Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru" hasta por un monto MORDAZA en circulacion de US$ 200´000,000.00 (Doscientos Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en moneda nacional,

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