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El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014 517297 Piérola N° 102-A interior 200, 201 y 203 esquina con la Calle Mercaderes N° 300, 302 y 304, distrito, provincia y departamento de Arequipa; al nuevo local ubicado en la Avenida Cayma N° 617, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1051829-1 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Cajamarca el traslado de agencia ubicada en el departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN SBS Nº 951-2014 Lima, 11 de febrero de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Cajamarca – CRAC Cajamarca, para que se le autorice el traslado de una Agencia ubicada en el Jirón Miguel Grau Nº 212 de la ciudad y distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 6285-2013, y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Cajamarca el traslado de una Agencia ubicada en el Jirón Miguel Grau Nº 212 de la ciudad y distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca, al local ubicado en el Jirón Coronel Arguedas Nº 513 de la ciudad y distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1052756-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Autorizan viaje de profesional a Brasil, en comisión de servicios ACUERDO REGIONAL Nº 007-2014-GR.CAJ-CR Cajamarca, 14 de enero de 2014 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 10 de enero del año 2014; VISTO Y DEBATIDO el Ofi cio N° 009 -2014-GR.CAJ/P, con el voto unánime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa; la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15º, literal a) prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. De otro lado, en su artículo 39º, prescribe que “los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, mediante Ordenanza Regional N° 010-2011- GR.CAJ-CR, se aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en el artículo 47° in fi ne, referido a los Dictámenes, establece que “se exceptúa de dictamen aquellos Acuerdos de Consejo Regional cuyos efectos son intuito persona (permisos debidamente justifi cados por los Consejeros Regionales de asistir a las Sesiones de Consejo Regional) o que estén referidos a saludos que se realizan a otras instituciones o pedidos que por su propia naturaleza y complejidad no ameriten informes técnicos, quedando a criterio de la Mesa Directiva determinarlo”; Que, conforme lo dispuesto por la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, en su artículo 10º, numeral 10.1) en la parte in fi ne señala que en el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolución o acuerdo es publicada en el diario ofi cial El Peruano; Que, la Ley 27619 en el artículo 4° señala los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por países que será aprobado por decreto supremo; así mismo, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su artículo 5° establece “los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas, de la escala siguiente”: ESCALA DE VIÁTICOS POR ZONAS GEOGRÁFICAS – (En US$) África 200 América Central 200 América del Norte 220 América del Sur 200 Asía 260 Caribe 240 Europa 260 Oceanía 240, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentaria sobre autorización de viajes al exterior se servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al tesoro público; Que, mediante Ofi cio N° 009-2014-Gr.CAJ/P, remitido por la Arquitecta Wendy M. Mujica Chávez, informa que en calidad de Arquitecta de la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, ha postulado a la convocatoria de becas del boletín N° 08 publicado en la página ofi cial del Gobierno Regional Cajamarca, convocado por la Sub Gerencia de Planeamiento y Cooperación Técnica, quedando seleccionada dentro de los 12 candidatos. Dicho curso se llevará a cabo en