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El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014 517302 Artículo 15º.- Procedimiento de Notifi caciones de Infracción y sanciones El procedimiento que se seguirá para la notifi cación de una Notifi cación de infracción y la imposición de una sanción administrativa se efectuará de acuerdo a lo previsto en el RASCIS, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 253-2012-MDA. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los Partidos, Organizaciones Políticas, Agrupaciones Independientes, Alianzas y/o candidatos que hayan colocado propaganda electoral en espacios públicos, urbanos no autorizados antes de la vigencia de la presente Ordenanza, se les otorga un plazo de siete (7) días calendarios para que procedan adecuarse a lo dispuesto en Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACÚLTESE al Alcalde del distrito de Ancón, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias y reglamentarias de la presente Ordenanza. Segunda.- CONCÉDASE un plazo de quince (15) días calendario a efectos de que las Organizaciones Políticas procedan a regularizar su propaganda instalada conforme a las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza. Tercera.- MODIFÍQUESE y/o DERÓGUESE toda norma municipal que se oponga o contravenga la presente Ordenanza. Cuarta.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte Urbano y a la Ofi cina de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil.. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 1032900-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Autorizan la realización del I Matrimonio Civil Comunitario 2014 y establecen reducción del pago por derecho de trámite ORDENANZA Nº 298-2014-MDI Independencia, 31 de enero del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha el Informe Nº 006-2014-RC-GSG/MDI, del área de Registro Civil Memorando Nº 59-2014-GAL/MDI, de la Gerencia de Asesoría Legal, Memorando Nº 140-2014-GPPR/ MDI, de la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, sobre Celebración del “I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2014”. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º reconoce a las Municipalidades Distritales en su calidad de Órganos de Gobierno Local autonomía política, económica y administrativa de los asuntos de su competencia en concordancia con lo señalado en el Artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. Que, el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú señala que la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. Que, la Ley Nº 28542 - Ley de Fortalecimiento de la Familia, cuyo objeto es promover y fortalecer el desarrollo de la familia como fundamento de la sociedad y espacio fundamental para el desarrollo integral del ser humano, basándose en el respeto de los derechos fundamentales, señalándose entre una de sus acciones la de promover medidas para que las uniones de hecho puedan formalizar su situación legal mediante el matrimonio. Que, de conformidad con el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales a través de las Ordenanzas crean, modifi can suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por la Ley. Que, los derechos de pago de trámite de Matrimonio Civil así como los requisitos a presentarse se encuentran establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia aprobado mediante Ordenanza Nº 117-MDI, de fecha 22 de Marzo del 2006 y ratifi cado con Acuerdo de Concejo Nº 202-MML. Que, el Artículo 9º numeral 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal crear, modifi car, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos conforme a Ley. Que, es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población de acuerdo a lo regulado en el artículo 73º numeral 6.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, mediante informe de vistos el área de Registro Civil propone la realización del “I Matrimonio Civil Comunitario 2014”, el cual se llevará a cabo el sábado 10 de mayo del 2014. Que, como parte de la política del gobierno local es incentivar el matrimonio civil dentro de la comunidad, mediante sorteos de artefactos eléctricos que favorezcan a los contrayentes que participen en el primer matrimonio comunitario, a realizarse en el presente año. Que, la Gerencia de Asesoría Legal mediante Memorando Nº 59-2014-GAL/MDI, señala que las Municipalidades tienen la potestad de establecer exoneraciones de las tasas aprobadas mediante sus Textos Único de Procedimientos Administrativos conforme a las normas pertinentes de nuestro ordenamiento jurídico, por tal razón resulta procedente la aprobación de la reducción del pago de la tasa por derecho de trámite para la realización del matrimonio civil comunitario en la fecha propuesta. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 numeral 8º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal de Independencia por UNANIMIDAD, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA AUTORIZAR LA REALIZACIÓN DEL I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL 2014 Y ESTABLECER LA REDUCCIÓN DEL PAGO POR DERECHO DE TRAMITE Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización del “I Matrimonio Comunitario” a realizarse el día SABADO 10 DE MAYO DEL 2014, en la Plaza de la Mujer. Artículo Segundo.- ESTABLECER la reducción del pago por derecho de trámite de Matrimonio Civil, suma de S/. 60.00 (Sesenta Nuevos Soles y 00 /100). Artículo Tercero.- DISPONER que salvo la reducción del pago establecido en la cláusula precedente los contrayentes deberán cumplir los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Independencia.