Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2014 (20/02/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

517302
Articulo 15º.- Procedimiento de Notificaciones de Infraccion y sanciones El procedimiento que se seguira para la notificacion de una Notificacion de infraccion y la imposicion de una sancion administrativa se efectuara de acuerdo a lo previsto en el RASCIS, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 253-2012-MDA. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los Partidos, Organizaciones Politicas, Agrupaciones Independientes, Alianzas y/o candidatos que hayan colocado propaganda electoral en espacios publicos, urbanos no autorizados MORDAZA de la vigencia de la presente Ordenanza, se les otorga un plazo de siete (7) dias calendarios para que procedan adecuarse a lo dispuesto en Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTESE al MORDAZA del distrito de Ancon, para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias y reglamentarias de la presente Ordenanza. Segunda.- CONCEDASE un plazo de quince (15) dias calendario a efectos de que las Organizaciones Politicas procedan a regularizar su propaganda instalada conforme a las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza. Tercera.- MODIFIQUESE y/o DEROGUESE toda MORDAZA municipal que se oponga o contravenga la presente Ordenanza. Cuarta.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transporte MORDAZA y a la Oficina de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil.. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNUI MORDAZA 1032900-1

El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Autorizan la realizacion del I Matrimonio Civil Comunitario 2014 y establecen reduccion del pago por derecho de tramite
ORDENANZA Nº 298-2014-MDI Independencia, 31 de enero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha el Informe Nº 006-2014-RC-GSG/MDI, del area de Registro Civil Memorando Nº 59-2014-GAL/MDI, de la Gerencia de Asesoria Legal, Memorando Nº 140-2014-GPPR/ MDI, de la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, sobre Celebracion del "I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL ANO 2014". CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su Articulo 194º reconoce a las Municipalidades Distritales en su calidad de Organos de Gobierno Local autonomia politica, economica y administrativa de los asuntos de su competencia en concordancia con lo senalado en el

Articulo 2º del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972. Que, el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru senala que la comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Tambien protegen a la familia y promueven el matrimonio reconocen a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. Que, la Ley Nº 28542 - Ley de Fortalecimiento de la Familia, cuyo objeto es promover y fortalecer el desarrollo de la familia como fundamento de la sociedad y espacio fundamental para el desarrollo integral del ser humano, basandose en el respeto de los derechos fundamentales, senalandose entre una de sus acciones la de promover medidas para que las uniones de hecho puedan formalizar su situacion legal mediante el matrimonio. Que, de conformidad con el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales a traves de las Ordenanzas crean, modifican suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por la Ley. Que, los derechos de pago de tramite de Matrimonio Civil asi como los requisitos a presentarse se encuentran establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia aprobado mediante Ordenanza Nº 117-MDI, de fecha 22 de Marzo del 2006 y ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 202-MML. Que, el Articulo 9º numeral 9 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos conforme a Ley. Que, es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la poblacion de acuerdo a lo regulado en el articulo 73º numeral 6.2 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, mediante informe de vistos el area de Registro Civil propone la realizacion del "I Matrimonio Civil Comunitario 2014", el cual se llevara a cabo el sabado 10 de MORDAZA del 2014. Que, como parte de la politica del gobierno local es incentivar el matrimonio civil dentro de la comunidad, mediante sorteos de artefactos electricos que favorezcan a los contrayentes que participen en el primer matrimonio comunitario, a realizarse en el presente ano. Que, la Gerencia de Asesoria Legal mediante Memorando Nº 59-2014-GAL/MDI, senala que las Municipalidades tienen la potestad de establecer exoneraciones de las tasas aprobadas mediante sus Textos Unico de Procedimientos Administrativos conforme a las normas pertinentes de nuestro ordenamiento juridico, por tal razon resulta procedente la aprobacion de la reduccion del pago de la tasa por derecho de tramite para la realizacion del matrimonio civil comunitario en la fecha propuesta. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9 numeral 8º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal de Independencia por UNANIMIDAD, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo lo siguiente: ORDENANZA AUTORIZAR LA REALIZACION DEL I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL 2014 Y ESTABLECER LA REDUCCION DEL PAGO POR DERECHO DE TRAMITE Articulo Primero.- AUTORIZAR la realizacion del "I Matrimonio Comunitario" a realizarse el dia SABADO 10 DE MORDAZA DEL 2014, en la Plaza de la Mujer. Articulo Segundo.- ESTABLECER la reduccion del pago por derecho de tramite de Matrimonio Civil, suma de S/. 60.00 (Sesenta Nuevos Soles y 00 /100). Articulo Tercero.- DISPONER que salvo la reduccion del pago establecido en la clausula precedente los contrayentes deberan cumplir los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Independencia.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.