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El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014 517659 a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 1533 la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba el procedimiento de Ratifi cación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la Provincia de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, dispone en sus artículos 1º y 2º que la ratifi cación por el Concejo Metropolitano de Lima de las Ordenanzas Distritales que dispongan la creación, modifi cación o que regulen tasas o contribuciones, constituye un requisito indispensable para la vigencia de las Ordenanzas en materia tributaria aprobadas por las Municipalidades Distritales y en la Sétima Disposición Final establece que “las Ordenanzas Distritales que aprueben los derechos de emisión mecanizada deberán ser ratifi cadas anualmente...”; Que, el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualización de valores de predio por las Municipalidades, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anualmente; Que, la Cuarta Disposición Final de la precitada norma del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004- EF, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al primero de enero de cada ejercicio; Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes del Distrito de San Borja, por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2014; fi jándose en S/. 2.70 (Dos con 70/100 Nuevos Soles), el monto que deben abonar los contribuyentes por dicho derecho, estableciéndose asimismo que los contribuyentes abonarán S/. 0.40 (Cuarenta Céntimos de Nuevo Sol) por cada predio anexo o adicional que posean; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIOS DE LA DECLARACIÓN JURADA Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2014. Artículo Primero.- Apruébese la Estructura de Costos (Anexo I), el Informe Técnico de Distribución del Costo y la Estimación de Ingresos (Anexo I) que por concepto del Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución a domicilios de la Declaración Jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2014, como parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Fíjese en S/. 2.70 (Dos con 70/100 Nuevos Soles) el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del tributo y Distribución a domicilios de la Declaración Jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2014. Los contribuyentes deberán abonar, adicionalmente la suma de S/. 0.40 (Cuarenta Céntimos de Nuevo Sol) por cada predio anexo o adicional al que tenga por el derecho mencionado. Artículo Tercero.- Derogar la Ordenanza Nº 513- MSB. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y la del Acuerdo de Concejo ratifi catorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asimismo, la información contenida en la presente Ordenanza se encontrará en la página Web de la Municipalidad de San Borja (www.munisanborja.gob.pe) y en la página Web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.sat.gob.pe). Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Tecnologías de la Información el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCOS ÁLVAREZ VARGAS Alcalde INFORME TÉCNICO DE DISTRIBUCION DE LOS COSTOS ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCION A DOMICILIOS DE LA DECLARACION JURADA Y LIQUIDACION DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2014 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA ORDENANZA Nº 519-2013 INFORME TECNICO DE DISTRIBUCION DEL COSTO 1. ANTECEDENTES En aplicación a lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades que establece “que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia”, y la Ordenanza Nº 1533-MML, que regula el Procedimiento de Ratifi cación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Lima. Teniendo en consideración la ratifi cación relacionada con la aprobación del monto por derecho de emisión establecido en la ordenanza, se elaboró la estructura de costos para la emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilios de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2014 siguiendo los lineamientos de la Directiva 0001-006-00000015 y anexos. También debemos mencionar como antecedente la Ordenanza Nº 409-2008-MSB, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2008, la misma que fue ratifi cada con Acuerdo de Concejo Nº 226- MML, Ordenanza Nº 425-2009-MSB, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2009, la misma que fue ratifi cada con Acuerdo de Concejo Nº 047- MML, la Ordenanza Nº 438-2009-MSB, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2010, la misma que fue ratifi cada con Acuerdo de Concejo Nº 040-MML y la Ordenanza Nº 456-MSB, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2011, la misma que fue ratifi cada con Acuerdo de Concejo Nº -MML y la Ordenanza Nº 480-2012-MSB, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2012, la misma que fue ratifi cada con el Acuerdo de Concejo Nº 376- MML., y la Ordenanza Nº 495-2013-MSB, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial