Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2014 (27/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Visto: En Sesion Ordinaria de Concejo Nº 22 de fecha 22.11.2013, los expedientes Nº 24546(Oficio Nº 276-2013-ALC/MDCH), de fecha 02.10.2013 y Nº 19848 (Oficio Nº 252-2013-ALC/MDCH de fecha 05-09-2013, de la Municipalidad Distrital de Checras, referente a la solicitud de ratificacion de la Ordenanza Municipal Nº 002-2013-ALC/MDCH que reglamenta el Texto Unico de Procedimientos Administrativos- TUPA-2013, los informes tecnico y legal favorables, asi como el Dictamen Nº 0182013/COEF-MPH emitido por la Comision de Economia y Finanzas; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades, consagra que las municipalidad son organos de Gobierno Local, con personeria de derecho publico y gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, mediante los expedientes indicadas en Visto, el Ing. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA ­Alcalde de la Municipalidad Distrital de Checras, remite el Acuerdo de Concejo Distrital Nº 016-2013-ALC/MDCH y la Ordenanza Municipal Nº 02-2013-ALC/MDCH que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA 2013, para su ratificacion por el Concejo Provincial de Huaura; Que, el inciso 36.1 del articulo 36º de la Ley Nº 27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, senala: "Los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o MORDAZA de mayor jerarquia, MORDAZA de la mas alta autoridad regional, de ordenanza municipal o de la decision del titular de las entidades autonomas conforma a la Constitucion, segun su naturaleza. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos; aprobado por cada entidad", Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, aprueba lineamientos para la elaboracion y aprobacion del MORDAZA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, en el cual se establecen las acciones que deben efectuar la entidad publica para el fin senalado; Que, asimismo el Decreto Supremo Nº 064-2010PCM, aprueba la nueva metodologia de determinacion de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en las entidades publicas, la que es de uso obligatorio en los procesos de elaboracion y/o modificacion de los procedimientos administrativos y servicios prestados; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las Ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las Municipalidades Distritales, deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion, para su respectiva vigencia; Que, en ese contexto, con Informe Nº 033-2013-ORE/ MPH de fecha 21.10.2013, la Oficina de Racionalizacion y Estadistica adscrita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite su pronunciamiento tecnico favorable, respecto a los 81 derechos y procedimientos administrativos y servicios en exclusividad que fueran aprobados por el Concejo Distrital de Checras a traves de la Ordenanza Nº 002-2013-ALC/MDCH, precisando que lo actuado se encuentra acorde con las normas que definen las competencias municipales, los criterios legales establecidos en materia de simplificacion administrativa y los mecanismo que facilitan el acceso a la informacion publica que possen las entidades del Estado; Que, con Informe Legal Nº 956-2013-OAJ/MPH de fecha 18.11.2013, el Asesor Juridico de esta entidad, previo analisis de las normas que motivan el presente tema, manifiesta que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por el Concejo Distrital de Checras, se encuentra regulado a las disposiciones contenidas en el D.S. Nº 079-2007-PCM, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, D.S. Nº 062-2009-PCM, D.S. Nº 064-2010-PCM entre otros; Que, la Comision Ordinaria de Economia y Finanzas, se pronuncia en forma favorable respecto a la ratificacion

establecido en el articulo 14º inciso 3.2) del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general", acorde a lo indicado por la Gerencia de Desarrollo Humano, mediante Informe Nº 091-2013-MSB-GDH de fecha 18 de noviembre de 2013, senala que el presente proyecto de Ordenanza, al efectuarse en cumplimiento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, la prepublicacion del mismo resulta innecesario toda vez que la propuesta normativa presentada, no implica la creacion de tributos u obligaciones para los contribuyentes que necesariamente deben ser prepublicadas; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye emitiendo opinion favorable respecto a la procedencia del proyecto de Ordenanza que formaliza la Creacion de la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad ­ OMAPED de la Municipalidad de San MORDAZA, formulada por la Gerencia de Desarrollo Humano, recomendando elevar el mismo ante el Concejo Municipal para que conforme a sus atribuciones establecidas en el articulo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, proceda a su aprobacion; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE FORMALIZA LA CREACION DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCION A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD ­ OMAPED DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Articulo 1º.- FORMALIZAR la creacion del Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad de la Municipalidad de San MORDAZA ­OMAPED, siendo su funcion establecer vinculos entre la Municipalidad de San MORDAZA y los vecinos que sufren algun MORDAZA de discapacidad e integrarlos para tomar acciones de prevencion, rehabilitacion y proteccion, mejorando su calidad de MORDAZA, y coordinando con los organismos del Estado, instituciones privadas entre otros, tal como lo establece el articulo 84º numeral 2.12 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo 2º.- ESTABLECER que la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad, en adelante OMAPED, es un organo dependiente de la Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad de San Borja. Articulo 3º.- La OMAPED desarrolla sus actividades en cumplimiento de la Ley y en coordinacion con las instituciones publicas que velan los derechos de las personas con discapacidad. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, realizar las acciones administrativas del caso a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1055080-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Ratifican la Ordenanza N° 002-2013MDCH que reglamenta el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA 2013) de la Municipalidad Distrital de Checras
ACUERDO DE CONCEJO Nº 103-2013-MPH MORDAZA, 22 de noviembre del 2013.

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