TEXTO PAGINA: 97
El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014 517663 establecido en el artículo 14º inciso 3.2) del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, acorde a lo indicado por la Gerencia de Desarrollo Humano, mediante Informe Nº 091-2013-MSB-GDH de fecha 18 de noviembre de 2013, señala que el presente proyecto de Ordenanza, al efectuarse en cumplimiento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, la prepublicación del mismo resulta innecesario toda vez que la propuesta normativa presentada, no implica la creación de tributos u obligaciones para los contribuyentes que necesariamente deben ser prepublicadas; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye emitiendo opinión favorable respecto a la procedencia del proyecto de Ordenanza que formaliza la Creación de la Ofi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad – OMAPED de la Municipalidad de San Borja, formulada por la Gerencia de Desarrollo Humano, recomendando elevar el mismo ante el Concejo Municipal para que conforme a sus atribuciones establecidas en el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, proceda a su aprobación; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE FORMALIZA LA CREACIÓN DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD – OMAPED DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Artículo 1º.- FORMALIZAR la creación del Ofi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad de la Municipalidad de San Borja –OMAPED, siendo su función establecer vínculos entre la Municipalidad de San Borja y los vecinos que sufren algún tipo de discapacidad e integrarlos para tomar acciones de prevención, rehabilitación y protección, mejorando su calidad de vida, y coordinando con los organismos del Estado, instituciones privadas entre otros, tal como lo establece el artículo 84º numeral 2.12 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 2º.- ESTABLECER que la Ofi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad, en adelante OMAPED, es un órgano dependiente de la Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad de San Borja. Artículo 3º.- La OMAPED desarrolla sus actividades en cumplimiento de la Ley y en coordinación con las instituciones públicas que velan los derechos de las personas con discapacidad. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, realizar las acciones administrativas del caso a fi n de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ALVAREZ VARGAS Alcalde 1055080-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Ratifican la Ordenanza N° 002-2013- MDCH que reglamenta el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2013) de la Municipalidad Distrital de Checras ACUERDO DE CONCEJO Nº 103-2013-MPH Huacho, 22 de noviembre del 2013. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 22 de fecha 22.11.2013, los expedientes Nº 24546(Ofi cio Nº 276-2013-ALC/MDCH), de fecha 02.10.2013 y Nº 19848 (Ofi cio Nº 252-2013-ALC/MDCH de fecha 05-09-2013, de la Municipalidad Distrital de Checras, referente a la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 002-2013-ALC/MDCH que reglamenta el Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA-2013, los informes técnico y legal favorables, así como el Dictamen Nº 018- 2013/COEF-MPH emitido por la Comisión de Economía y Finanzas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades, consagra que las municipalidad son órganos de Gobierno Local, con personería de derecho público y gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, mediante los expedientes indicadas en Visto, el Ing. Héctor O. Pizarro Medina –Alcalde de la Municipalidad Distrital de Checras, remite el Acuerdo de Concejo Distrital Nº 016-2013-ALC/MDCH y la Ordenanza Municipal Nº 02-2013-ALC/MDCH que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA 2013, para su ratifi cación por el Concejo Provincial de Huaura; Que, el inciso 36.1 del artículo 36º de la Ley Nº 27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, señala: “Los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, norma de la más alta autoridad regional, de ordenanza municipal o de la decisión del titular de las entidades autónomas conforma a la Constitución, según su naturaleza. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos; aprobado por cada entidad”, Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, en el cual se establecen las acciones que deben efectuar la entidad pública para el fi n señalado; Que, asimismo el Decreto Supremo Nº 064-2010- PCM, aprueba la nueva metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en las entidades públicas, la que es de uso obligatorio en los procesos de elaboración y/o modifi cación de los procedimientos administrativos y servicios prestados; Que, el artículo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las Ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las Municipalidades Distritales, deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su respectiva vigencia; Que, en ese contexto, con Informe Nº 033-2013-ORE/ MPH de fecha 21.10.2013, la Ofi cina de Racionalización y Estadística adscrita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite su pronunciamiento técnico favorable, respecto a los 81 derechos y procedimientos administrativos y servicios en exclusividad que fueran aprobados por el Concejo Distrital de Checras a través de la Ordenanza Nº 002-2013-ALC/MDCH, precisando que lo actuado se encuentra acorde con las normas que defi nen las competencias municipales, los criterios legales establecidos en materia de simplifi cación administrativa y los mecanismo que facilitan el acceso a la información pública que possen las entidades del Estado; Que, con Informe Legal Nº 956-2013-OAJ/MPH de fecha 18.11.2013, el Asesor Jurídico de esta entidad, previo análisis de las normas que motivan el presente tema, manifi esta que el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por el Concejo Distrital de Checras, se encuentra regulado a las disposiciones contenidas en el D.S. Nº 079-2007-PCM, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, D.S. Nº 062-2009-PCM, D.S. Nº 064-2010-PCM entre otros; Que, la Comisión Ordinaria de Economía y Finanzas, se pronuncia en forma favorable respecto a la ratifi cación