Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2014 (28/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014

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cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion. El Presupuesto Participativo forma parte del sistema de planificacion. La Municipalidades conforme a las atribuciones que les confiere el articulo 197º de la Constitucion, regulan la participacion vecinal en la formulacion de los presupuestos participativos. El Presupuesto Municipal debe sustentar en el equilibrio real de sus ingresos y egresos y estar aprobado por el concejo municipal dentro del plazo que establece la normatividad sobre la materia. Par efectos de su administracion presupuestaria y financiera, las municipalidades provinciales y distritales constituyen pliegos presupuestarios cuyo titular en el MORDAZA respectivo; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", enuncia que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario que no MORDAZA competencias del Concejo Municipal; Que, es necesario convocar a la poblacion debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones publicas y privadas que ejecutan acciones en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, a la cooperacion tecnica, a las autoridades, entre otros para el MORDAZA del Presupuesto Participativo 2015 en el MORDAZA de la Actualizacion del Plan Desarrollo Concertado del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, es necesario para el MORDAZA del Presupuesto Participativo 2015 en el MORDAZA de la Actualizacion del Plan Desarrollo Concertado en el Distrito de San MORDAZA de Lurigancho; sea segmentado para una mejor distribucion de los recursos publicos y para mejorar la coordinacion y concertacion con la poblacion. Que, el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho es una entidad competitiva dentro del ambito del desarrollo local en construccion del desarrollo a traves de la participacion, concertacion y desarrollo planificado para el logro de los objetivos comunes de la poblacion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; a partir de la identificacion de los principales problemas del distrito, los cuales serviran de base para la propuesta y priorizacion de acciones orientadas a dar soluciones integrales a dichos problemas; Que, estando a lo MORDAZA expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Nº27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- CONVOCAR a la poblacion debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones publicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, entre otros, al MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2015 en el MORDAZA de la Actualizacion del Plan Desarrollo Concertado del distrito de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- APROBAR el Cronograma y Propuesta Metodologica que regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2015, en el MORDAZA de la Actualizacion del Plan Desarrollo Concertado del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 01 que se adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- CONFORMAR las comunas para el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2015 en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 02 que se adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion y Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Equipo Tecnico del Presupuesto Participativo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1055029-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan fechas de vencimiento para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fiscal 2014, y aplicacion de descuentos por el pronto pago
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2014-MDS Surquillo, 26 de febrero de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Memorandum Nº 048-2014-GM-MDS de la fecha, a traves del cual el Gerente Municipal (e),remite el Informe Nº 011-2014-GR-MDS de fecha 26 de febrero de 2014, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; Memorandum Nº 157-2014-GPPCI/MDS de fecha 26 de febrero de 2014 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacion Internacional e Informe Nº 93-2014-SGAT-GR-MDS de fecha 25 de febrero de 2014 emitido por la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, mediante los cuales opinan favorablemente sobre la prorroga del vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2014; asi como la prorroga de las fechas de vencimiento establecidas para la aplicacion de descuentos en arbitrios municipales del ejercicio 2014, por el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2014; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el articulo MORDAZA del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia Politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru, establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, en el MORDAZA parrafo del articulo 39º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante la dacion de Decretos de Alcaldia; Que, el articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 1332013/EF, y sus modificatorias establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado con caracter general por la Administracion Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 310-MDS, de fecha 29 de enero de 2014, se aprobo las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial, correspondiente al ejercicio fiscal 2014. Asimismo, mediante Ordenanza Nº 309-MDS de fecha de 29 de diciembre de 2013, ratificada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 2758 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se aprobo las fechas de vencimiento de pago de los Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2014; Que, mediante Ordenanza Nº 312-MDS, de fecha 30 de enero de 2014, se aprobo la aplicacion de descuentos en Arbitrios Municipales 2014, por el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2014, hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2014 en todos los casos;

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