Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2014 (28/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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situacion de MORDAZA con los contribuyentes, por cuanto el pago con la reduccion de recargos provenientes de intereses moratorios propicia un ambiente favorable para dicha regularizacion; asimismo, senala que los beneficios tributarios constituyen un mecanismo en el que confluyen estrategias de recaudacion y el MORDAZA de oportunidad, por lo que su aplicacion dosificada en determinado periodo, resulta un elemento generador no solo de recursos, sino ademas una forma de inducir al cumplimiento tributario voluntario a aquellos contribuyentes que ya fueron notificados de sus obligaciones y vienen posponiendo dicho cumplimiento; Que, la Gerencia de Rentas hace MORDAZA el informe tecnico precedente, por lo que estima procedente la prorroga propuesta; Que, mediante Informe N°174-2014-MSB-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica opina porque se prorrogue la vigencia de la Ordenanza N°516-MSB, al encontrarse sustentada en los fundamentos expuestos por el area tecnica competente, asi como en la normatividad vigente; por lo que senala se proceda a expedir el Decreto de Alcaldia respectivo de acuerdo a las facultades otorgadas en la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza N°516-MSB; Estando a lo expuesto, de acuerdo a la documentacion sustentatoria del visto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; con el visto MORDAZA de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de marzo de 2014, el plazo de vigencia establecido en el articulo 8º de la Ordenanza N°516-MSB sobre Beneficio de Regularizacion Tributaria. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda. Articulo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion su publicacion en el MORDAZA de Transparencia Institucional y el MORDAZA del Servicios al Ciudadano y Empresas, asi como su difusion a la Gerencia de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1055478-1

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014

Que, mediante Informe Nº10-2014/MSB/GR/URT la Unidad de Recaudacion Tributaria, senala que desde que se efectuo la MORDAZA de incentivos para el pronto pago de Arbitrios 2013, se ha visto la necesidad de incorporar algunas modificaciones al Reglamento mencionado, por lo que efectua las sustentaciones del caso; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº170-2014-MSB-GM-GAJ, luego del analisis correspondiente, senala que las propuestas de la Unidad de Recaudacion Tributaria se encuentran dentro de la normatividad para poder tener en MORDAZA aspectos como las condiciones de participacion en el sorteo; el procedimiento; el Comite Ejecutor del Sorteo; cese de sus funciones; el funcionario legitimado para suscribir la transferencia vehicular; y ademas que la Gerencia de Asesoria Juridica sera quien asuma las coordinaciones y diligencias necesarias para la formalizacion e inscripcion de dicha transferencia; por lo que recomienda acoger las modificaciones del Decreto de Alcaldia Nº003-2013, Reglamento de la Ordenanza Nº494-MSB "Programa de Beneficios para Contribuyentes que realizan "Pronto Pago", propuestas por la Unidad de Recaudacion Tributaria de la Gerencia de Rentas; Que, mediante documento del visto la Gerencia Municipal eleva para aprobacion dicha modificacion normativa; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas mediante el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; con las visaciones de la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia Rentas y Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo 1º.- Modificar el articulo 4º que quedara redactado del siguiente modo: "Articulo 4º.- Condiciones para participar en el sorteo Participan en el sorteo, los contribuyentes del distrito de San MORDAZA que hayan cumplido con el pago anual adelantado de los arbitrios municipales hasta el ultimo dia del mes de febrero del ejercicio sin considerar prorroga, excepto las personas senaladas en la Tercera Disposicion Complementaria y Final del Decreto de Alcaldia Nº003-2013-MSB. En los casos que la Municipalidad decida organizar posteriores sorteos, el contribuyente que pago el arbitrio anual dentro del vencimiento del mes de febrero del ejercicio, participara en los mismos, siempre que correspondan a la misma MORDAZA de pago adelantado de arbitrios". Articulo 2º.- Incorporar el articulo 4ºA

Modifican el D.A. Nº 003-2013, que aprobo el Reglamento de la Ordenanza Nº 494-MSB Programa de Beneficios para Contribuyentes que realizan "Pronto Pago"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2014-MSB-A San MORDAZA, 26 de febrero 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS el Informe Nº10-2014/MSB/GR/URT de la Unidad de Recaudacion Tributaria de fecha 15 de enero de 2014, el Informe Nº07-2014-MSB-GR de la Gerencia de Rentas de fecha 16 de enero de 2014, el Informe Nº170-2014-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 17 de febrero de 2014, el Memorandum Nº214-2014-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 17 de febrero de 2014; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº003-2013 de fecha 08 de marzo de 2013 se aprobo el Reglamento de la Ordenanza Nº494-MSB Programa de Beneficios para Contribuyentes que realizan "Pronto Pago";

"Articulo 4º A.- Condiciones para participar en el MORDAZA sorteo De disponerse una MORDAZA fecha de sorteo, en este caso, ademas de los contribuyentes que efectuaron el pago anual de arbitrios hasta el mes de febrero del ejercicio, participaran los contribuyentes que se encuentren al dia en el pago de la primera y MORDAZA cuota de arbitrios y cancelen la tercera y cuarta cuota hasta el vencimiento del mes agosto del ejercicio". Articulo 3º.- Modificar el articulo 8º que quedara redactado del siguiente modo: "Articulo 8º.- Procedimiento del sorteo La Gerencia de Rentas, a traves de la Unidad de Recaudacion Tributaria, elaborara un padron de contribuyentes habiles para el sorteo. Para la elaboracion del padron se tendran en cuenta los siguientes criterios: 1) El numero de participantes esta en funcion a quienes hayan cancelado los Arbitrios municipales en forma adelantada todo el ejercicio anual en el mes de febrero y para la MORDAZA opcion se procedera conforme al articulo 4ºA del presente reglamento. 2) Asignacion a cada contribuyente de una opcion por predio cancelado. 3) La opcion se consignara en orden correlativo, ordenada de menor a mayor, empezando por el codigo de contribuyente de menor digito. 4) Empezara el padron, el codigo de contribuyente de digito menor, y sus opciones se estableceran correlativamente por cada predio cancelado, de tal manera

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