Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2014 (28/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014

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de convenios con organizaciones e instituciones publicas o privadas, que puedan proporcionar en forma desinteresada y voluntaria atencion profesional o humana a los beneficiarios del programa, los cuales seran elevados al Concejo Municipal para su respectiva aprobacion. Articulo 7º: DE LA SOSTENIBILIDAD Para garantizar la sostenibilidad, el CIAM, sera incorporado en la estructura, instrumentos de gestion y partidas presupuestales determinadas por Ley. Articulo 8º: DE LOS INSTRUMENTOS DE TRABAJO El CIAM, elaborara su Plan de Trabajo para garantizar su correcto funcionamiento y asegurar los derechos de los beneficiarios. Articulo 9º: DE LA COMUNIDAD Corresponde a la Gerencia de Desarrollo Humano, de manera directa o a traves del CIAM, la sensibilizacion, informacion y fomento permanente a la ciudadania de la condicion de persona adulta mayor, y la necesidad de brindarle un trato diligente, respetuoso y solidario, fomentando su participacion como miembro activo de la comunidad. Articulo 10º: DE LA VIGENCIA La presente Ordenanza regira a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1055478-4

dependencia, favoreciendo su participacion activa, concertada y organizada asi como su interaccion con otros actores de la jurisdiccion. Articulo 2º: DEFINICION El Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor CIAM reune a todas aquellas personas adultas mayores domiciliadas en el distrito de San MORDAZA, que voluntaria e individualmente o de forma organizada, decidan inscribirse y participar en los programas que organice y ejecute la Municipalidad Distrital de San MORDAZA a traves de este Centro. Articulo 3º: FINALIDAD El Centro Integral de Atencion a la Persona Adulta Mayor - CIAM, tiene como finalidad: 1. Favorecer y facilitar, la participacion activa, concertada y organizada de las personas adultas mayores y otros actores de la jurisdiccion. 2. Promover los lazos de mutuo conocimiento y amistad entre los integrantes. 3. Identificar problemas individuales, familiares y locales. 4. Prevenir y combatir los problemas de salud mas comunes en la poblacion adulta mayor. 5. Realizar actividades de caracter recreativo. 6. Realizar actividades de caracter cultural y turistico. 7. Promover talleres de actividad fisica y de baile. 8. Organizar talleres de autoestima, de prevencion del maltrato, de mantenimiento de las funciones mentales y prevenir enfermedades cronicas. 9. Promover talleres de manufactura y habilidades laborales. 10. Promover acciones de un trato diligente, respetuoso y solidario con las personas adultas mayores. 11. Promover actividades sobre analisis de la problematica local y nacional, y propuestas de solucion. 12. Realizar labores de alfabetizacion. 13. Proponer soluciones a la problematica de las personas adultas mayores. 14. Proponer intercambios con otros grupos de personas adultas mayores. Articulo 4º: FUNCIONES El Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor - CIAM tiene como funciones: a) Proporcionar espacios propios para la socializacion e interaccion, promoviendo la participacion de los integrantes. b) Promover actividades de prevencion de la salud. c) Brindar servicios de atencion medica especializada. d) Fomentar actividades de educacion y capacitacion laboral, para la autogeneracion de recursos propios. e) Implementar servicios de asesoria legal para la defensa de los derechos de las personas adultas mayores en caso de abuso y maltratos entre otros. f) Disenar e implementar campanas permanentes, de promocion de derechos de las personas adultas mayores. g) Promover actividades culturales y turisticas. h) Implementar programas de ayuda social y voluntariado de las personas adultas mayores. i) La participacion en actividades sociales e informaticos sobre analisis de la problematica local, nacional y alternativas de solucion. j) Establecer alianzas estrategicas con los diversos niveles de gobierno e instituciones publicas y privadas, para el cumplimiento de sus objetivos y funciones. Articulo 5º: UNIDAD RESPONSABLE La Gerencia de Desarrollo Humano, como organo de linea dentro de la estructura organica funcional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, sera responsable de conducir, orientar y monitorear el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor - CIAM. Articulo 6º: CELEBRACION DE CONVENIOS El Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor CIAM, a traves de la Gerencia de Desarrollo Humano, en concordancia con la Ley Nº 28803, Ley de las Personas Adultas Mayores y su Reglamento Decreto Supremo Nº 013-2006-MINDES, podra proponer la suscripcion

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 516-MSB sobre Beneficio de Regularizacion Tributaria
DECRETO DE ALCALDIA N° 005-2014-MSB-A San MORDAZA, 26 de febrero de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Informe N°29-2014/MSB/GR/URT de la Unidad de Recaudacion Tributaria de fecha 17 de febrero de 2014, el Informe N°16-2014-MSB-GR de la Gerencia de Rentas de fecha 17 de febrero de 2014, el Informe N°174-2014-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 19 de febrero de 2014, el Memorando N°223-2014-MSB-GM de la Gerencia Municipal; y , CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, establece que los Gobiernos Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, en uso de las facultades otorgadas, el Concejo Municipal aprobo la Ordenanza N°516-MSB publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 03 de diciembre del 2013, sobre Beneficio de Regularizacion Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito, con un plazo de vigencia hasta el 28 de diciembre de 2013; plazo que ha sido prorrogado sucesivamente mediante Decreto de Alcaldia N°022-MSB-A y Decreto de Alcaldia N°004-2014; Que, mediante Informe N°29-2014/MSB/GR/URT la Unidad de Recaudacion Tributaria senala que la administracion tributaria para la consecucion de sus fines considera pertinente se disponga nuevamente la prorroga del plazo de vigencia de la Ordenanza N°516-MSB hasta el 28 de marzo de 2014, a fin de impulsar la MORDAZA tributaria, permitiendo incorporar a mas contribuyentes a la situacion de regularizacion, fomentando a la vez una

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