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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (28/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 66

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014 517740 de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y sexual. Que mediante Ley de Igualdad de oportunidades- Ley Nº 28983 en su Artículo 6º. Inc. C) establece como lineamiento para los gobiernos locales desarrollar políticas, planes y programas para la prevención, atención y eliminación de la violencia en todas sus formas y en todos sus espacios, en especial la ejercida contra las mujeres. Al respecto señalo que el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar , modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos. Que de la revisión y análisis de los documentos de la referencia se determina que la propuesta de aprobación de la Ordenanza sobre Violencia Familiar y Sexual contra las Mujeres, Niños. Niñas y Adolescentes se encuentra dentro de los parámetros de la Ley y más aún siendo uno de los problemas más severos que padecen en el País y en particular el distrito de Breña constituyéndose en un fl agelo que impide el desarrollo social de la Comunidad, resulta viable la aprobación de la Ordenanza debiendo elevarse los actuados al Concejo Municipal para el trámite previsto en el Artículo 41º de la Ley Nº 27972. Que, el Pleno del Concejo de conformidad con lo establecido en el artículo 9º numeral 8), 9) y 40º, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta aprobó por MAYORÍA, la siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza referido a Violencia Familiar y Sexual contra las Mujeres, Niños y Adolescentes que como Anexo forma parte integrante del presente instrumento. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Sociales su cumplimiento Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y el Anexo será publicado en el portal Institucional de la Municipalidad a cargo de la Sub Gerencia de Estadística e Informática . Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General notifi car el presente a los interesados para su conocimiento y fi nes pertinentes. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 1055051-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Prorrogan el plazo del vencimiento del pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2014 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 302-MDCH Chaclacayo, 20 de febrero del 2014 VISTO: El Dictamen Nº 001-2014-CR-MDCH de la Comisión de Rentas, el Informe Nº 030-2014-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, el Informe Nº 047- 2013/MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº 005-2014-GATYR/MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica, y administrativa en asuntos de competencia; Que, el artículo 15º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, señala que el Impuesto Predial podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, y b) en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, en este caso la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero, que sería para el presente caso el 28 de Febrero del 2014; Que, la Ordenanza Municipal Nº 300-MDCH, ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 2754-MML, aprobando el régimen tributario de Arbitrios Municipales para el ejercicio 2013, señala en su artículo 6º que los arbitrios municipales son de periodicidad mensual y determinación y vencimiento trimestral. Asimismo la Segunda Disposición Transitoria y Final aprueba los descuentos por pago oportuno de Arbitrios Municipales para el ejercicio 2014; Que, con Informe Nº 005-2014-GATYR/MDCH, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas – GATYR, señala que es necesario prorrogar el plazo para el pago del Impuesto Predial a vencerse el 28 de Febrero del 2014 para el 31 de marzo del 2014; así como fi jar el cronograma para el pago de Arbitrios 2014, dentro del cual se establezca para los meses de enero, febrero y marzo el vencimiento sea el 31 de marzo del 2014. Asimismo, señala que para promover e incentivar que los contribuyentes cumplan con el pago de sus obligaciones tributarias se otorgue el benefi cio de pago voluntario hasta el 31 de Marzo del 2014; Que, con Informe Nº 047-2014/MDCH-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que es procedente que el Concejo Municipal apruebe la Prórroga del plazo de vencimiento del pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales – 2014 hasta el 31 de Marzo del 2014; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con el voto unánime del Pleno del Concejo y con la dispensa de lectura y aprobación del acta, se aprobó: ORDENANZA QUE PRORROGA EL PLAZO DEL VENCIMIENTO DEL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2014 Artículo Primero.- PRORROGAR el pago de la primera cuota del Impuesto Predial, para los casos de pago al contado o fraccionado hasta el 31 de Marzo del 2014 ejercicio 2014, quedando el cronograma de pagos según el siguiente cuadro: IMPUESTO PREDIAL FECHA DE VENCIMIENTO PRIMERA CUOTA 31/03/2014 SEGUNDA CUOTA 31/05/2014 TERCERA CUOTA 31/08/2014 CUARTA CUOTA 30/11/2014 Artículo Segundo.- PRORROGAR la fecha del vencimiento para el pago de los meses enero y febrero del 2014 correspondientes a los arbitrios municipales del ejercicio 2014, fi jada por la Ordenanza Nº 300-MDCH, desde el 1º de Marzo hasta el 31 de Marzo de 2014, quedando el cronograma de pagos según el siguiente cuadro: CUOTAS Y MESES FECHA DE VENCIMIENTO PRIMERA CUOTA Enero, Febrero y Marzo 31/03/2014 SEGUNDA CUOTA Abril, Mayo y Junio 31/05/2014 TERCERA CUOTA Julio, Agosto y Setiembre 31/08/2014 CUARTA CUOTA Octubre, Noviembre y Diciembre 30/11/2014