Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2014 (28/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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los limites establecidos por ley, correspondiendote al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de Ordenanzas las mismas que tienen rango de ley, conforme al Articulo 200º numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru. Que, el TUO del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-13-EF, en su MORDAZA IV MORDAZA de Legalidad - Reserva de la Ley, asi como el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, precisan esta facultad: ademas, el Articulo 41º del primer dispositivo mencionado, sobre Condonacion, dispone que, excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo. Que, mediante Ordenanza Nº 285-MDI-2013, publicada en el Diario Oficial El Peruano 27 de Junio del 2013, se establecieron Beneficios Tributarios y No Tributarios denominados "Paga Facil III", los mismos que fueron prorrogados hasta el 31 de Enero del 2014; mediante Ordenanza Nº 296-2013-MDI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de Diciembre del 2013. Que, el Articulo 3º de la Ordenanza Nº 296-2013MDI, establecio lo siguiente: "Los Beneficios Tributarios y Administrativos considerados en el Titulo II, Articulos 4º al 10º de la Ordenanza Nº 285-2013-MDI, tienen como vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de Enero del 2014; asi como los Beneficios Tributarios y Administrativos considerados en el Titulo III de la presente Ordenanza tendran una vigencia indeterminada. Dicho Plazo podra ser prorrogado con Decreto de Alcaldia. Que, el MORDAZA parrafo del articulo 39º de la referida Ley, senala que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldia y por Resoluciones de Alcaldia resuelve los asuntos administrativos a su cargo; asimismo en este cuerpo normativo en su articulo 42º, senala que los decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, siendo politica de la actual gestion de otorgar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la finalidad de reducir los margenes de morosidad y ampliar la cultura tributaria; a fin de contribuir con el Desarrollo Integral del Distrito, es conveniente prorrogar la vigencia de los Beneficios Tributarios y No Tributarios establecidos en la Ordenanza Nº 285-2013-MDI. Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de los Beneficios Tributarios y No Tributarios en el Titulo II, Articulos 4º al 10º, establecidos en la Ordenanza Nº 285-2013-MDI, hasta el 31 de MORDAZA del 2014; asi como los beneficios denominados "Regularizacion de Procedimientos", del Titulo III : OTROS BENEFICIOS, cuya vigencia es Indeterminada. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Tecnologia de la Informacion y de la Comunicacion, Subgerencia de Autorizaciones, Comercializacion y Anuncios, Gerencia de Gestion MORDAZA y Subgerencias a cargo, Subgerencia de Imagen Institucional y Subgerencia de Tesoreria, de acuerdo al ambito de sus funciones que les corresponde. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1055257-1

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 226 que aprueba "Beneficios Tributarios para la regularizacion y/o actualizacion de la informacion del predio, como resultado de un procedimiento de fiscalizacion tributaria y/o actualizacion catastral"
DECRETO DE ALCALDIA N° 009-2014 La MORDAZA, 25 de febrero de 2014 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: El Informe Nº 007-2014-MDLM-GAT, de fecha 20 de febrero de 2014, de la Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe Nº 036-2014-MDLM-GAT-SGRFT, de fecha 20 de febrero de 2014, de la Subgerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria, mediante los cuales se solicita la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 226, modificada por la Ordenanza N° 252, que aprueba "Beneficios Tributarios para la regularizacion y/o actualizacion de la informacion del predio, como resultado de un procedimiento de fiscalizacion tributaria y/o actualizacion catastral"; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 226, publicada el 10 de febrero del 2012 en el Diario Oficial "El Peruano", se aprobo beneficios tributarios de caracter temporal a favor de los contribuyentes del distrito de La MORDAZA, siempre que estos cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias formales y sustanciales de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, generadas como resultado de acciones de fiscalizacion tributaria y/o procedimiento de actualizacion catastral; sea cual fuere el estado en el que la deuda se encuentre; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la misma Ordenanza, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la MORDAZA en mencion; Que, a traves de la Ordenanza N° 252, publicada el 30 de MORDAZA de 2013 en el Diario Oficial "El Peruano", se modifica la Ordenanza N° 226, prorrogandose la vigencia de la misma hasta el 31 de octubre de 2013; Que, a traves del Decreto de Alcaldia N° 004-2014, publicado el 31 de enero de 2014 en el Diario Oficial "El Peruano", se prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 226, hasta el 28 de febrero de 2014; Que, mediante Informe Nº 036-2014-MDLM-GATSGRFT, de fecha 20 de febrero de 2014, la Subgerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria, informa sobre la necesidad de ampliar la vigencia de la Ordenanza N° 226 modificada por la Ordenanza N° 252, senalando que el referido dispositivo municipal ha tenido un efecto favorable para la Municipalidad de La MORDAZA, permitiendo el incremento de la base tributaria y la reduccion del nivel de morosidad de los contribuyentes del distrito; Que, mediante Informe N° 007-2014-MDLMGAT, de fecha 20 de febrero de 2014, la Gerencia de Administracion Tributaria emite opinion favorable respecto a la procedencia de la prorroga requerida; Que, siendo politica de la presente gestion, brindar el apoyo necesario a la poblacion, asi como tambien, otorgar facilidades para que los contribuyentes regularicen de manera oportuna sus obligaciones tributarias formales y sustanciales, y teniendo en cuenta que la vigencia de la Ordenanza N° 226, modificada por la Ordenanza N° 252, ha tenido un efecto favorable para la Municipalidad, permitiendo el incremento de la base tributaria y la reduccion del nivel de morosidad de los contribuyentes del distrito se hace necesario prorrogar el plazo de

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