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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (28/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 65

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014 517739 de Lima, aprueba la valorización comercial del área de 1,245.98 m2, correspondiente al aporte reglamentario de Parques Zonales, por la Aprobación de Proyectos de Habilitación Urbana Nueva con construcción simultánea con zonifi cación “I-3” Gran Industria del terreno, ascendente a la suma de S/. 1 298,254.92 y con el Recibo Nº 0086555(fs. 267) de fecha 15 de Marzo del 2013; pagado en la tesorería de dicha institución, los administrados acreditan la cancelación del mencionado aporte reglamentario, Que, mediante Liquidación de Pago del aporte por Renovación Urbana emitida por EMILIMA – Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima, se señala como solicitante a Tejidos San Jacinto con un área de aporte de 747.59 m2, valorizándolo a S/. 771,191.42 y con Recibo de Caja Nº 001418 (fs. 268) de fecha 15 de Marzo del 2013, emitido por MML-FOMUR se acredita la cancelación del aporte reglamentario, Que, mediante Carta SGNCE-12-357 LUZ DEL SUR (Fs, 263 y 264), de fecha 20 de abril de 2012; se otorga la Conformidad de Obra de Utilización en media tensión 22,9 kv, con una potencia conectada de 2500 kw, correspondiente a la Planta Industrial de Tejidos San Jacinto, Que, mediante Carta 1023-2011-EOMR-AV- SEDAPAL (Fs, 265 y 266), de fecha 25 de Noviembre de 2011; se Recepciona las obras de la Red Complementaria de Agua Potable y Alcantarillado con conexiones domiciliarias en Av. Aragón s/n del Local Industrial Tejidos San Jacinto, Que, mediante Declaración Jurada (Fs, 282), suscrito por el Sr. Max Isola de Izcue, como Director Ejecutivo de Tejidos San Jacinto S.A., se comprometen a ejecutar las Obras Públicas de Pavimentación de la Vía Auxiliar de la Av. Huarochirí en virtud a la referida Habilitación Urbana, cuando la entidad competente determine su continuidad y articulación con la Carretera Central, Que, la Ejecución de la Vía de Tránsito Rápido de la Av. Huarochirí (Obras de Carácter Provincial), estará a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de conformidad con el Artículo Sétimo de la Ordenanza Nº 341-MML, Que, mediante Conformidad de Obra Nº 005-2013- MDA/GIP-SGIP, de fecha 30 de Enero del 2013; se resuelve otorgar la Conformidad de Obra, solicitada por la Empresa Tejidos San Jacinto S.A., para los trabajos Zona de Estacionamiento, Sardineles y Tres Martillos en la Av. Aragón, distrito de Ate, el mismo que fue aprobado mediante la Autorización Nº 946-2012-MDA/GIP-SGPIP (Fs, 282), Que, mediante Informe Nº 19-2014-MDA/GDU- SGHUE-RNLS, de fecha 28 de Enero de 2014; emitido por el Área Técnica de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones concluye que se encuentra ejecutado todas las obras básicas y complementarias de habilitación urbana; asimismo la empresa se compromete a dejar libre el retiro correspondiente a la Av. Huarochirí, para ser ejecutado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, de conformidad con el artículo sétimo de la Ordenanza Nº 341-MML; y ejecutar o pagar el derecho de mejora de la vía auxiliar; así también, la empresa ha cumplido con cancelar el défi cit de los aportes reglamentarios correspondiente al predio matriz y con presentar los requisitos según el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente, Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el artículo 79º, inciso 3.6.1 del Capítulo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Artículo 75º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, así como, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, Ley Nº 29090, su reglamento y por el Reglamento Nacional de Edifi caciones. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECEPCIONAR de conformidad con el Plano de Replanteo Nº 011- 2014-MDA/GDU- SGHUE; las Obras de Habilitación Urbana del predio en mención Para la zonifi cación “I-3” Gran Industria del terreno con un área matriz de 29,740.06 m2, constituido por la Sub Parcela 6-H-2, del Fundo Vista Alegre y Anexos, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Del Área Bruta del terreno de 29,740.06 m2, le corresponde un Área Útil total de 19,546.06 m2, un área para Obras de Carácter Provincial de 4,820.40 m2 y un Área de Vías de 5,373.60 m2. Artículo Segundo.- DISPONER, que el retiro respectivo y la ejecución de la vía auxiliar de la Av. Huarochirí, la ejecutará la Empresa Tejidos San Jacinto, en su oportunidad cuando la Municipalidad Metropolitana de Lima, determine su continuidad y Articulación con la Carretera Central, o pagado los derechos de mejora de ejecutarlo dicha Entidad Edilicia. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que la Ejecución de la Vía correspondiente a la denominada Obra de Carácter Provincial con un área de 4,820.40 m2, estará a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima de conformidad con el Artículo Séptimo de la Ordenanza Nº 341 MML. Artículo Cuarto.- INCORPORAR en la jurisdicción del Distrito de Ate, el mencionado predio que se Recepciona como Urbano. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo máximo de 30 días calendario de notifi cados, por cuenta de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Sub Gerencia, al Registro de Propiedad de Inmueble de la Ofi cina Registral de Lima y Callao – SUNARP para los efectos de su Inscripción correspondiente; al SERPAR- LIMA, a EMILIMA, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CELIA VARGAS DE NÚÑEZ Subgerente de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones 1054694-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban Ordenanza referida a Violencia Familiar y Sexual contra las Mujeres, Niños y Adolescentes ORDENANZA Nº 406-2014/MDB-CDB Breña, 24 de enero del 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de Enero del 2014, Correspondencia Nº 126-2014, Informe Nº 038-2014-GAJ/MDB . CONSIDERANDO: Que mediante Correspondencia Nº 126-2014 presentado por la Señora Regidora Rubí Guzmán Ruiz referido al Proyecto de Ordenanza Municipal donde solicita se RECONOZCA como parte de la problemática que merece urgente atención a la problemática atención A LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL contra las mujeres, niños, niñas y adolescentes. Que mediante Informe Nº 038-2014-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Jurídica señala que el Artículo 84º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece que una de sus competencias es planifi car y promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes Nacionales, Regionales y Provinciales aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidad para superar la pobreza. Asimismo especifi ca que organiza, administra y ejecuta programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población de riesgo, niños, adolescentes, mujeres y otros grupos de la población en situación de discriminación. Que mediante Decreto Supremo Nº 027-07-PCM se establecen las políticas nacionales en materia de igualdad de hombres y mujeres entre las cuales se señalan el impulsar en la sociedad en sus acciones y comunicaciones la adopción de valores, practicas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres para garantizar el derecho a la no discriminación